III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-2458)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se delegan competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13383
c) La firma de Diplomas acreditativos de los estudios de UNED Senior
d) El nombramiento de los equipos docentes de los cursos de Formación
Permanente
e) La autorización de las órdenes de Comisiones de Servicio derivadas de la
actividad de los cursos de Formación Permanente, así como la autorización para el
incremento de la dieta de alojamiento fijada en el Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo,
sobre indemnizaciones por razón del servicio que se devengue en dichas órdenes.
f) Las competencias atribuidas al rector o rectora en materia de calidad respecto a
la formación permanente.
g) La firma de Diplomas acreditativos de los estudios de Extensión Universitaria.
11.
Delegar en la persona titular del vicerrectorado de Estudiantes e Inclusión:
a) La ejecución, incluida la autorización, del gasto de las transferencias a Centros
Asociados y departamentos universitarios en las materias de estudiantes y desarrollo
profesional, cualquiera que sea su cuantía, acordadas por los órganos de gobierno
competentes de la Universidad.
b) La ejecución, incluida la autorización del gasto, de las transferencias a Centros
Asociados y departamentos universitarios en materia de deportes, cualquiera que sea su
cuantía, acordadas por los órganos de gobierno competentes de la Universidad.
c) Las resoluciones sobre el acceso de estudiantes a la Universidad española en
sus diversas modalidades, incluida las relativas a la expedición de acreditaciones para
estudiantes internacionales que deseen acceder a estudios de grado en la Universidad,
según los procedimientos de admisión fijados por las propias universidades.
d) Las competencias en materia de discapacidad que afecten a estudiantes
(UNIDIS), con excepción de las relativas a las resoluciones de las solicitudes de
adaptación de los exámenes.
e) Las competencias en materia de información, orientación y empleo relativas a
estudiantes, incluyendo las correspondientes a su atención en Centros Penitenciarios.
f) La firma de acuerdos de colaboración entre la UNED y centros/entidades con
estudiantes internacionales para el acceso a la Universidad española.
g) La resolución de las becas del Fondo Social de la UNED a propuesta de la
comisión del Fondo social.
Delegar en la persona titular del vicerrectorado de Innovación Educativa:
a) La firma de contratos derivados de la propiedad intelectual, así como aquellos
necesarios para la gestión editorial.
b) La firma de contratos relacionados con la prestación de los servicios de asesoría,
consultoría y formación a entidades y organismos externos en el ámbito de la modalidad
educativa a distancia.
c) La firma de Diplomas acreditativos de los estudios de UNED Abierta.
d) La publicación y resolución de convocatorias vinculadas con la metodología y la
innovación docente.
e) Las transferencias y subvenciones a los Centros Asociados por actividades
vinculadas al Instituto Universitario de Educación a Distancia (IUED), cualquiera que sea
su cuantía.
f) La publicación y resolución de convocatorias relacionadas con la Innovación
Educativa.
13.
Delegar en la persona titular de la secretaría general:
a) La resolución de recursos administrativos competencia del rector o rectora en
materia de estudiantes, con excepción de los disciplinarios.
b) La solicitud y toma de representación ante la Oficina de Patentes y Marcas, de
las patentes y marcas de la Universidad, excepto las que se refieran al ámbito de
investigación.
cve: BOE-A-2023-2458
Verificable en https://www.boe.es
12.
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13383
c) La firma de Diplomas acreditativos de los estudios de UNED Senior
d) El nombramiento de los equipos docentes de los cursos de Formación
Permanente
e) La autorización de las órdenes de Comisiones de Servicio derivadas de la
actividad de los cursos de Formación Permanente, así como la autorización para el
incremento de la dieta de alojamiento fijada en el Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo,
sobre indemnizaciones por razón del servicio que se devengue en dichas órdenes.
f) Las competencias atribuidas al rector o rectora en materia de calidad respecto a
la formación permanente.
g) La firma de Diplomas acreditativos de los estudios de Extensión Universitaria.
11.
Delegar en la persona titular del vicerrectorado de Estudiantes e Inclusión:
a) La ejecución, incluida la autorización, del gasto de las transferencias a Centros
Asociados y departamentos universitarios en las materias de estudiantes y desarrollo
profesional, cualquiera que sea su cuantía, acordadas por los órganos de gobierno
competentes de la Universidad.
b) La ejecución, incluida la autorización del gasto, de las transferencias a Centros
Asociados y departamentos universitarios en materia de deportes, cualquiera que sea su
cuantía, acordadas por los órganos de gobierno competentes de la Universidad.
c) Las resoluciones sobre el acceso de estudiantes a la Universidad española en
sus diversas modalidades, incluida las relativas a la expedición de acreditaciones para
estudiantes internacionales que deseen acceder a estudios de grado en la Universidad,
según los procedimientos de admisión fijados por las propias universidades.
d) Las competencias en materia de discapacidad que afecten a estudiantes
(UNIDIS), con excepción de las relativas a las resoluciones de las solicitudes de
adaptación de los exámenes.
e) Las competencias en materia de información, orientación y empleo relativas a
estudiantes, incluyendo las correspondientes a su atención en Centros Penitenciarios.
f) La firma de acuerdos de colaboración entre la UNED y centros/entidades con
estudiantes internacionales para el acceso a la Universidad española.
g) La resolución de las becas del Fondo Social de la UNED a propuesta de la
comisión del Fondo social.
Delegar en la persona titular del vicerrectorado de Innovación Educativa:
a) La firma de contratos derivados de la propiedad intelectual, así como aquellos
necesarios para la gestión editorial.
b) La firma de contratos relacionados con la prestación de los servicios de asesoría,
consultoría y formación a entidades y organismos externos en el ámbito de la modalidad
educativa a distancia.
c) La firma de Diplomas acreditativos de los estudios de UNED Abierta.
d) La publicación y resolución de convocatorias vinculadas con la metodología y la
innovación docente.
e) Las transferencias y subvenciones a los Centros Asociados por actividades
vinculadas al Instituto Universitario de Educación a Distancia (IUED), cualquiera que sea
su cuantía.
f) La publicación y resolución de convocatorias relacionadas con la Innovación
Educativa.
13.
Delegar en la persona titular de la secretaría general:
a) La resolución de recursos administrativos competencia del rector o rectora en
materia de estudiantes, con excepción de los disciplinarios.
b) La solicitud y toma de representación ante la Oficina de Patentes y Marcas, de
las patentes y marcas de la Universidad, excepto las que se refieran al ámbito de
investigación.
cve: BOE-A-2023-2458
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