III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2440)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques Eólicos Valentuña de 100 MW, Lorbes de 50 MW, Salto El Lobo de 100 MW, Sangorrín de 100 MW y Miramón de 72 MW, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en las provincias de Zaragoza y Navarra".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13258
(ES0000125), la ZEC Sierra de Illón y Foz de Burgui (ES0000124), ZEPA Sierras de
Santo Domingo y Caballera y río Onsella (ES0000287) y ZEPA Lagunas y carrizales de
Cinco Villas (ES0000289), al situarse los PE sobre zonas de campeo, nidificación y/o
dispersión de las especies de aves reconocidas como elementos clave de las citadas
ZEC y ZEPAs.
En lo referente a la línea de evacuación del proyecto, al tener una longitud tan
elevada, se prevén afecciones sobre un extenso territorio en la proximidad de varios
espacios protegidos, dentro del área de distribución de varias especies amenazadas de
fauna, además de afectar a los flujos migratorios y a zonas de paso de interconexión de
puntos de interés para la avifauna. A pesar de diseñarse gran parte de su trazado
subterráneo, siguen produciéndose impactos significativos sobre especies que
conforman elementos clave de la ZEC «Río Ebro» (ES2200040) que no han sido
resueltos en el tramo aéreo desde el norte del río Ebro hasta su finalización, identificado
por la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra.
Por último, este órgano ambiental considera de interés el recordatorio de la Dirección
General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra respecto a expedientes anteriores
de parques eólicos proyectados, tanto en Navarra como en Aragón, próximos y a escasa
distancia de este proyecto, que cuentan con declaración de impacto ambiental
desfavorable. Adicionalmente, conviene destacar la resolución de 17 de enero de 2022,
de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, en la que se formuló
declaración de impacto ambiental desfavorable del proyecto «Parque Eólico Biota
de 58,7 MW, en Uncastillo y Biota, en la provincia de Zaragoza, y su infraestructura de
evacuación, en las provincias de Zaragoza y Navarra», coincidente su poligonal con
parte de las poligonales de los PE Sangorrín, PE Salto del Lobo y PE Miramón.
De todo lo anterior, se puede concluir que el proyecto previsiblemente causará
impactos ambientales significativos, ya que las medidas previstas en el estudio de
impacto ambiental y documentación adicional presentada por el promotor no son una
garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección y/o compensación. En
consecuencia, este órgano ambiental considera inadecuadas las ubicaciones elegidas
para los PE e infraestructuras de evacuación, sobre las cuales debería profundizarse en
el análisis de alternativas con un cambio de ubicación total o parcial.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el
apartado i del grupo 3 del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
de impacto ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de
impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad
con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la
evaluación practicada: los documentos técnicos del proyecto, los estudios de impacto
ambiental, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como
de las adendas presentadas por el promotor.
En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la
Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto
ambiental desfavorable a la realización del proyecto «Parques Eólicos Valentuña de 100
MW, Lorbes de 50 MW, Salto El Lobo de 100 MW, Sangorrín de 100 MW y Miramón
cve: BOE-A-2023-2440
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13258
(ES0000125), la ZEC Sierra de Illón y Foz de Burgui (ES0000124), ZEPA Sierras de
Santo Domingo y Caballera y río Onsella (ES0000287) y ZEPA Lagunas y carrizales de
Cinco Villas (ES0000289), al situarse los PE sobre zonas de campeo, nidificación y/o
dispersión de las especies de aves reconocidas como elementos clave de las citadas
ZEC y ZEPAs.
En lo referente a la línea de evacuación del proyecto, al tener una longitud tan
elevada, se prevén afecciones sobre un extenso territorio en la proximidad de varios
espacios protegidos, dentro del área de distribución de varias especies amenazadas de
fauna, además de afectar a los flujos migratorios y a zonas de paso de interconexión de
puntos de interés para la avifauna. A pesar de diseñarse gran parte de su trazado
subterráneo, siguen produciéndose impactos significativos sobre especies que
conforman elementos clave de la ZEC «Río Ebro» (ES2200040) que no han sido
resueltos en el tramo aéreo desde el norte del río Ebro hasta su finalización, identificado
por la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra.
Por último, este órgano ambiental considera de interés el recordatorio de la Dirección
General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra respecto a expedientes anteriores
de parques eólicos proyectados, tanto en Navarra como en Aragón, próximos y a escasa
distancia de este proyecto, que cuentan con declaración de impacto ambiental
desfavorable. Adicionalmente, conviene destacar la resolución de 17 de enero de 2022,
de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, en la que se formuló
declaración de impacto ambiental desfavorable del proyecto «Parque Eólico Biota
de 58,7 MW, en Uncastillo y Biota, en la provincia de Zaragoza, y su infraestructura de
evacuación, en las provincias de Zaragoza y Navarra», coincidente su poligonal con
parte de las poligonales de los PE Sangorrín, PE Salto del Lobo y PE Miramón.
De todo lo anterior, se puede concluir que el proyecto previsiblemente causará
impactos ambientales significativos, ya que las medidas previstas en el estudio de
impacto ambiental y documentación adicional presentada por el promotor no son una
garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección y/o compensación. En
consecuencia, este órgano ambiental considera inadecuadas las ubicaciones elegidas
para los PE e infraestructuras de evacuación, sobre las cuales debería profundizarse en
el análisis de alternativas con un cambio de ubicación total o parcial.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el
apartado i del grupo 3 del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
de impacto ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de
impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad
con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la
evaluación practicada: los documentos técnicos del proyecto, los estudios de impacto
ambiental, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como
de las adendas presentadas por el promotor.
En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la
Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto
ambiental desfavorable a la realización del proyecto «Parques Eólicos Valentuña de 100
MW, Lorbes de 50 MW, Salto El Lobo de 100 MW, Sangorrín de 100 MW y Miramón
cve: BOE-A-2023-2440
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 25