III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2438)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Rueda Solar de 292 MWp/260 MWn, en Pedrola, Plasencia de Jalón y Rueda de Jalón (Zaragoza) y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13214
El promotor selecciona la alternativa B, al considerar ambientalmente más favorable
su ubicación sobre parcelas agrícolas de cultivo de herbáceas y alejada de núcleos
urbanos.
Alternativas para el trazado de la línea eléctrica de Evacuación.
Características generales
1
8.257
Descartada por cruzar una colonia reproductora de cernícalo primilla.
2
8.261
27 apoyos, prácticamente paralela a una línea existente por su margen derecha (al este) hasta SET Pre-Rueda.
3
8.445
28 apoyos, discurre prácticamente paralela a una línea existente, por su margen izquierda (al oeste) en la mayor parte de su
recorrido hasta SET Pre-Rueda.
El promotor selecciona la alternativa 3 por su menor afección a la vegetación y a la
fauna.
Alternativas para las SET FV Rueda: El EsIA plantea dos alternativas, encontrándose
ambas dentro del ámbito de áreas críticas para primilla decantándose por la uno por
tener una línea eléctrica de menor longitud y en consecuencia generar un menor
impacto. El promotor, no presenta alternativas para la línea aérea de 400 kV y la «SET
Pre-Rueda» por estimar que su emplazamiento lo marca la entrada a la SET «Rueda de
Jalón (REE)» existente. Se considera que esta subestación carece de evaluación
ambiental ya que no se evalúan en el proyecto presentado alternativas ni impactos para
la misma.
De acuerdo con el INAGA el análisis de alternativas del EsIA y la elección de las
soluciones finalmente adoptadas no están suficientemente justificadas en cuanto a los
impactos ambientales que provocan. Respecto a las alternativas de la planta, indica que
para la Alternativa 0 no se tiene en cuenta que Aragón está próximo a alcanzar una
producción de energía a partir de fuentes renovables para cubrir con las necesidades de
la Comunidad Autónoma. En relación con el emplazamiento de la planta las
alternativas D y E se descartan sin una suficiente justificación, aun estando en unas
zonas con un índice de sensibilidad ambiental mucho más favorable a los efectos de la
implantación de este tipo de proyectos de energía renovable de acuerdo con la
herramienta de zonificación ambiental para energías renovables elaborada por el
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). Tampoco se
han considerado otras zonas con menos valores ambientales, sin afectar a zonas con
avifauna esteparia o ubicadas fuera del ámbito del Plan de Conservación del cernícalo
primilla. Respecto a las alternativas de la línea de evacuación no se valoran otras
alternativas diferentes a las aéreas de nueva construcción planteadas tales como el
soterramiento.
El promotor en su contestación se ratifica en la no viabilidad de la alternativa 0
principalmente por 3 razones: la generación de energía eléctrica por fuentes renovables,
la consecución de los objetivos recogidos en el PNIEC y las repercusiones que tiene
para la economía la ejecución del proyecto. Asimismo, añade que «El Sistema Eléctrico
Español 2020» menciona el déficit de generación eléctrica de comunidades como
Madrid, Cataluña o Murcia, que podrían satisfacerse desde Aragón, excediendo las
necesidades de la propia autonomía, e indica la contribución del proyecto a la diversidad
tecnológica dado el mayor peso en la actualidad de la energía eólica. Además, recalca
su contribución a la generación de empleos y riqueza, aludiendo para ello al «Estudio del
Impacto Macroeconómico de las Energías Renovables en España 2019».
Asimismo, sigue justificando como las alternativas más favorables las seleccionadas,
sin realizar modificación alguna en cuanto a la ubicación de la planta ni de las
características, trazado o longitud de las líneas de evacuación. En este sentido, el
promotor incide en la elección de la alternativa B para la ubicación de la planta dado el
grado de antropización que posee la zona y las poblaciones de fauna silvestre
catalogada en descenso y que atendiendo a los proyectos actualmente autorizados o en
tramitación, no es previsible que evolucionen favorablemente. Además, indica que esta
cve: BOE-A-2023-2438
Verificable en https://www.boe.es
Alt. Longitud (m)
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13214
El promotor selecciona la alternativa B, al considerar ambientalmente más favorable
su ubicación sobre parcelas agrícolas de cultivo de herbáceas y alejada de núcleos
urbanos.
Alternativas para el trazado de la línea eléctrica de Evacuación.
Características generales
1
8.257
Descartada por cruzar una colonia reproductora de cernícalo primilla.
2
8.261
27 apoyos, prácticamente paralela a una línea existente por su margen derecha (al este) hasta SET Pre-Rueda.
3
8.445
28 apoyos, discurre prácticamente paralela a una línea existente, por su margen izquierda (al oeste) en la mayor parte de su
recorrido hasta SET Pre-Rueda.
El promotor selecciona la alternativa 3 por su menor afección a la vegetación y a la
fauna.
Alternativas para las SET FV Rueda: El EsIA plantea dos alternativas, encontrándose
ambas dentro del ámbito de áreas críticas para primilla decantándose por la uno por
tener una línea eléctrica de menor longitud y en consecuencia generar un menor
impacto. El promotor, no presenta alternativas para la línea aérea de 400 kV y la «SET
Pre-Rueda» por estimar que su emplazamiento lo marca la entrada a la SET «Rueda de
Jalón (REE)» existente. Se considera que esta subestación carece de evaluación
ambiental ya que no se evalúan en el proyecto presentado alternativas ni impactos para
la misma.
De acuerdo con el INAGA el análisis de alternativas del EsIA y la elección de las
soluciones finalmente adoptadas no están suficientemente justificadas en cuanto a los
impactos ambientales que provocan. Respecto a las alternativas de la planta, indica que
para la Alternativa 0 no se tiene en cuenta que Aragón está próximo a alcanzar una
producción de energía a partir de fuentes renovables para cubrir con las necesidades de
la Comunidad Autónoma. En relación con el emplazamiento de la planta las
alternativas D y E se descartan sin una suficiente justificación, aun estando en unas
zonas con un índice de sensibilidad ambiental mucho más favorable a los efectos de la
implantación de este tipo de proyectos de energía renovable de acuerdo con la
herramienta de zonificación ambiental para energías renovables elaborada por el
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). Tampoco se
han considerado otras zonas con menos valores ambientales, sin afectar a zonas con
avifauna esteparia o ubicadas fuera del ámbito del Plan de Conservación del cernícalo
primilla. Respecto a las alternativas de la línea de evacuación no se valoran otras
alternativas diferentes a las aéreas de nueva construcción planteadas tales como el
soterramiento.
El promotor en su contestación se ratifica en la no viabilidad de la alternativa 0
principalmente por 3 razones: la generación de energía eléctrica por fuentes renovables,
la consecución de los objetivos recogidos en el PNIEC y las repercusiones que tiene
para la economía la ejecución del proyecto. Asimismo, añade que «El Sistema Eléctrico
Español 2020» menciona el déficit de generación eléctrica de comunidades como
Madrid, Cataluña o Murcia, que podrían satisfacerse desde Aragón, excediendo las
necesidades de la propia autonomía, e indica la contribución del proyecto a la diversidad
tecnológica dado el mayor peso en la actualidad de la energía eólica. Además, recalca
su contribución a la generación de empleos y riqueza, aludiendo para ello al «Estudio del
Impacto Macroeconómico de las Energías Renovables en España 2019».
Asimismo, sigue justificando como las alternativas más favorables las seleccionadas,
sin realizar modificación alguna en cuanto a la ubicación de la planta ni de las
características, trazado o longitud de las líneas de evacuación. En este sentido, el
promotor incide en la elección de la alternativa B para la ubicación de la planta dado el
grado de antropización que posee la zona y las poblaciones de fauna silvestre
catalogada en descenso y que atendiendo a los proyectos actualmente autorizados o en
tramitación, no es previsible que evolucionen favorablemente. Además, indica que esta
cve: BOE-A-2023-2438
Verificable en https://www.boe.es
Alt. Longitud (m)