III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2436)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Isar-Yudego de 90 MW y su infraestructura de evacuación en Sasamón, Isar, Iglesias, Hornillos del Camino, Las Quintanillas, Pedrosa del Río Urbel, Tardajos, Rabé de Las Calzadas, San Mamés de Burgos y Buniel (Burgos)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 13177

Durante la fase de funcionamiento, se controlarán mensualmente los niveles de
erosión mediante inspección de pendientes, taludes, vaguadas y riberas, así como el
seguimiento de la eficacia de las medidas anti-erosión adoptadas.
Igualmente, se controlará la calidad de las aguas en la fase de construcción y
durante la explotación.
Plan de Vigilancia Ambiental de la vegetación.
Durante las fases de obra y funcionamiento, se realizará un control trimestral de las
revegetaciones mediante una ejecución e implementación adecuada de las
restauraciones vegetales, el cual durará al menos 2 años desde el momento de la
plantación. Además, se controlará, de forma anual y durante un periodo de al menos 2
años, la flora de interés y la evolución de las formaciones vegetales del entorno del
parque eólico, y durante toda la vida útil del parque se tendrá un control de los equipos
de extinción de incendios existentes en las instalaciones del parque.
Plan de Vigilancia Ambiental de la fauna.
Desde el inicio de las obras y hasta, al menos, los tres primeros años de
funcionamiento del parque, se realizarán seguimientos de mortalidad por colisión de
avifauna y quirópteros en el parque eólico y en el trazado de la línea de evacuación con
una periodicidad mensual, con un esfuerzo que se duplicará en las épocas migratorias,
pre y post-nupciales (meses de marzo, abril, mayo, agosto, septiembre y octubre), de
forma que en esos periodos las visitas serán quincenales. Además, se realizará un
seguimiento de la evolución, tras la construcción y la puesta en funcionamiento del
parque eólico, de las poblaciones de fauna.
Con respecto a la avifauna, se efectuarán observaciones desde puntos prominentes
para controlar los movimientos de las aves y su utilización del espacio aéreo en el
entorno de las instalaciones, con un esfuerzo de muestreo de 1 jornada mensual a lo
largo de todo el ciclo anual, que será quincenal en las épocas migratorias, pre y postnupciales (meses de marzo, abril, mayo, agosto, septiembre y octubre), con un total
de 18 muestreos al año.
En cuanto a las poblaciones de quirópteros, se realizarán transectos en vehículo con
detector de ultrasonidos, cuya periodicidad será mensual durante el periodo de actividad
de los quirópteros en la zona de estudio, en principio, entre los meses de abril y octubre.
Adicionalmente, se registrarán todos los avistamientos de ejemplares de otros grupos
de vertebrados (anfibios, reptiles y mamíferos) y los indicios detectados (huellas,
excrementos, restos, etc.). Especialmente se registrarán los ejemplares muertos por
atropello en los caminos del parque.
Plan de Vigilancia Ambiental del patrimonio arqueológico.
Durante la fase de obra, se delimitarán los perímetros de las zonas de trabajo y se
evitará estrictamente la circulación o estacionamiento de vehículos y maquinaria fuera de
los viales ya existentes o de estas zonas de obra señalizadas. Asimismo, se señalizarán
aquellas zonas que deben quedar protegidas de afecciones durante las obras por
albergar valores culturales de interés (yacimientos arqueológicos y elementos del
patrimonio etnológico) detectados en el inventario ambiental. Esta señalización se irá
actualizando a lo largo del periodo de obras si los trabajos de seguimiento incluidos en el
Plan de Vigilancia detectan la presencia de nuevas zonas de interés. Se prohibirá
estrictamente cualquier actuación (desbroces, movimientos de tierra, circulación de
vehículos, maquinaria o personal, acopio de materiales, etc.) en estas zonas
señalizadas.

cve: BOE-A-2023-2436
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Núm. 25