III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2429)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Instalación solar fotovoltaica "Morata I" de 60 MWinst y 45,43 MWnom y su infraestructura de evacuación, consistente en Subestación Eléctrica Villarrubia-Elevación 30/220kV; Línea Eléctrica 220kV evacuación (tramo Villarrubia Elevación-Medida Morata); Subestación Medida Morata 220kV; y Línea Eléctrica 220kV enlace (Tramo Medida Morata-Morata REE, entrada/salida en SET Navarredonda EPD y parte común SET Navarredonda), en Villatobas y Villarrubia de Santiago (Toledo) y Colmenar de Oreja, Perales de Tajuña, Valdelaguna, Chinchón y Morata de Tajuña (Madrid)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13027
características provoquen perturbaciones en los sistemas vitales de la fauna silvestre
que potencialmente utilice este entorno como zona de alimentación, en particular la
avifauna insectívora y granívora, los pequeños roedores o las especies que precisen el
consumo de insectos en determinadas etapas de su vida (periodo de cría de pollo en las
aves, etapas iniciales del crecimiento, entre otras).
10. Las medidas compensatorias por la afección de la PSFV que se indican a
continuación, serán acordadas y aprobadas, antes del comienzo de los trabajos, y su
ejecución será supervisada por el Servicio Provincial de Toledo de la Consejería de
Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Estas
medidas se extenderán durante toda la vida útil de la planta y se irán adaptando en
función de los resultados obtenidos en el seguimiento ambiental:
a. Se implementarán medidas agroambientales para la compatibilización de cultivos
herbáceos de secano con la conservación de aves esteparias, durante toda la vida útil de
la planta en, al menos, una superficie igual a la ocupada. Las actuaciones se centrarán
prioritariamente en el «conector» ecológico entre los dos bloques de la ZEPA. Estas
medidas se aplicarán sobre terrenos potenciales de hábitat estepario.
b. Construcción de 4 charcas de agua para aves esteparias con una cubeta de 4x4
metros. La pendiente de los taludes debe ser suave de tal forma que permita el acceso a
estas especies de una forma segura. Deben tener agua durante todo el año y estar libre
de agroquímicos. Estas charcas se instalarán en el «conector» ecológico entre los dos
bloques de la ZEPA y en un radio de 4 km alrededor de esta zona.
c. Adquisición de 10 cajas nidos de cernícalo primilla para que el Servicio Territorial
de Toledo las instale en colonias necesitadas de refugio. El tipo de caja nido debe ser de
calidad, duradera y probada en proyectos de recuperación del cernícalo primilla. Se
ejecutará en un plazo no superior a 6 meses desde la aprobación del proyecto por parte
del órgano sustantivo.
d. Se realizarán campañas de salvamento de aguiluchos en la ZEPA «Área
Esteparia de la Mancha Norte» durante un periodo de 10 años.
e. Se dispondrán 9 «hoteles de insectos» en el interior de la PSF (1 cada 10 ha).
11. Para compensar la pérdida de hábitat estepario por la línea eléctrica de
evacuación, se acordarán las medidas compensatorias establecidas en el informe
específico de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid de 27 de abril de 2022 «Medidas compensatorias para la mejora
del hábitat estepario como consecuencia de la instalación de proyectos fotovoltaicos y
sus infraestructuras de evacuación». Esta medida se aplicará de manera análoga en el
tramo de línea eléctrica que atraviesa la provincia de Toledo.
(3)
(3)
El contenido de dicho informe puede consultarse en el expediente de código 20210497 del enlace:
https://sede.miteco.gob.es//portal/site/seMITECO/navServicioContenido.
12. El cruce con ríos con la línea eléctrica de evacuación se hará siempre mediante
entubado rígido sin apertura de zanja y sin afectar a la vegetación de ribera.
13. Se crearán refugios de fauna mediante la revegetación del interior de todos los
apoyos. Además, dentro de los límites de los apoyos se podrán colocar montículos de
piedras.
14. En cuanto al establecimiento de medidas para evitar la colisión y electrocución
de avifauna se atenderá a lo establecido en la normativa sectorial vigente (Real
Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la
protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta
tensión), y normativa regional de desarrollo, y se seguirán las «Recomendaciones
técnicas para la corrección de los apoyos eléctricos del riesgo de electrocución de aves»
publicada en la web del MITECO . Se tendrán en cuenta aspectos como la utilización
prioritaria de la cruceta cabeza de gato en aquellos tramos de línea dónde resulte viable
(o cabeza prismática) y la obligatoriedad de instalación de elementos visuales que eviten
(4)
cve: BOE-A-2023-2429
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13027
características provoquen perturbaciones en los sistemas vitales de la fauna silvestre
que potencialmente utilice este entorno como zona de alimentación, en particular la
avifauna insectívora y granívora, los pequeños roedores o las especies que precisen el
consumo de insectos en determinadas etapas de su vida (periodo de cría de pollo en las
aves, etapas iniciales del crecimiento, entre otras).
10. Las medidas compensatorias por la afección de la PSFV que se indican a
continuación, serán acordadas y aprobadas, antes del comienzo de los trabajos, y su
ejecución será supervisada por el Servicio Provincial de Toledo de la Consejería de
Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Estas
medidas se extenderán durante toda la vida útil de la planta y se irán adaptando en
función de los resultados obtenidos en el seguimiento ambiental:
a. Se implementarán medidas agroambientales para la compatibilización de cultivos
herbáceos de secano con la conservación de aves esteparias, durante toda la vida útil de
la planta en, al menos, una superficie igual a la ocupada. Las actuaciones se centrarán
prioritariamente en el «conector» ecológico entre los dos bloques de la ZEPA. Estas
medidas se aplicarán sobre terrenos potenciales de hábitat estepario.
b. Construcción de 4 charcas de agua para aves esteparias con una cubeta de 4x4
metros. La pendiente de los taludes debe ser suave de tal forma que permita el acceso a
estas especies de una forma segura. Deben tener agua durante todo el año y estar libre
de agroquímicos. Estas charcas se instalarán en el «conector» ecológico entre los dos
bloques de la ZEPA y en un radio de 4 km alrededor de esta zona.
c. Adquisición de 10 cajas nidos de cernícalo primilla para que el Servicio Territorial
de Toledo las instale en colonias necesitadas de refugio. El tipo de caja nido debe ser de
calidad, duradera y probada en proyectos de recuperación del cernícalo primilla. Se
ejecutará en un plazo no superior a 6 meses desde la aprobación del proyecto por parte
del órgano sustantivo.
d. Se realizarán campañas de salvamento de aguiluchos en la ZEPA «Área
Esteparia de la Mancha Norte» durante un periodo de 10 años.
e. Se dispondrán 9 «hoteles de insectos» en el interior de la PSF (1 cada 10 ha).
11. Para compensar la pérdida de hábitat estepario por la línea eléctrica de
evacuación, se acordarán las medidas compensatorias establecidas en el informe
específico de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid de 27 de abril de 2022 «Medidas compensatorias para la mejora
del hábitat estepario como consecuencia de la instalación de proyectos fotovoltaicos y
sus infraestructuras de evacuación». Esta medida se aplicará de manera análoga en el
tramo de línea eléctrica que atraviesa la provincia de Toledo.
(3)
(3)
El contenido de dicho informe puede consultarse en el expediente de código 20210497 del enlace:
https://sede.miteco.gob.es//portal/site/seMITECO/navServicioContenido.
12. El cruce con ríos con la línea eléctrica de evacuación se hará siempre mediante
entubado rígido sin apertura de zanja y sin afectar a la vegetación de ribera.
13. Se crearán refugios de fauna mediante la revegetación del interior de todos los
apoyos. Además, dentro de los límites de los apoyos se podrán colocar montículos de
piedras.
14. En cuanto al establecimiento de medidas para evitar la colisión y electrocución
de avifauna se atenderá a lo establecido en la normativa sectorial vigente (Real
Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la
protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta
tensión), y normativa regional de desarrollo, y se seguirán las «Recomendaciones
técnicas para la corrección de los apoyos eléctricos del riesgo de electrocución de aves»
publicada en la web del MITECO . Se tendrán en cuenta aspectos como la utilización
prioritaria de la cruceta cabeza de gato en aquellos tramos de línea dónde resulte viable
(o cabeza prismática) y la obligatoriedad de instalación de elementos visuales que eviten
(4)
cve: BOE-A-2023-2429
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 25