III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2429)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Instalación solar fotovoltaica "Morata I" de 60 MWinst y 45,43 MWnom y su infraestructura de evacuación, consistente en Subestación Eléctrica Villarrubia-Elevación 30/220kV; Línea Eléctrica 220kV evacuación (tramo Villarrubia Elevación-Medida Morata); Subestación Medida Morata 220kV; y Línea Eléctrica 220kV enlace (Tramo Medida Morata-Morata REE, entrada/salida en SET Navarredonda EPD y parte común SET Navarredonda), en Villatobas y Villarrubia de Santiago (Toledo) y Colmenar de Oreja, Perales de Tajuña, Valdelaguna, Chinchón y Morata de Tajuña (Madrid)».
39 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
C)
Sec. III. Pág. 13020
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
Los EsIA incluyen un análisis de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de
accidentes graves o catástrofes, en el que concluye que el riesgo de que se produzcan
dichos accidentes o catástrofes es mínimo o casi inexistente, así como sus efectos
adversos sobre el medio ambiente, en caso de ocurrencia de los mismos.
Complementariamente establece una serie de medidas generales de protección, para
evitar o atenuar las consecuencias de posibles accidentes sobre el medio ambiente.
Por otra parte, hay que destacar que los EsIA también incluyen como anexo un Plan
de Autoprotección de Incendios que tiene como fin recoger las medidas necesarias para
la prevención y lucha contra los incendios, en el área de implantación de las
instalaciones fotovoltaicas.
El informe de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la
Comunidad de Madrid destaca que el ámbito de la actuación cuenta con un riesgo de
incendio forestal de alto a muy alto y las infraestructuras proyectadas pueden llegar a
afectar a terreno calificado como forestal, por lo que se deberá tener en cuenta y adoptar
las medidas preventivas contenidas en el Plan de Protección Civil de Emergencias por
Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA). En respuesta a dicho
informe el promotor ha asumido expresamente dichas consideraciones.
El Coordinador de Emergencias de la Delegación Provincial de Toledo de la
Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas indica en su informe que no hay
ninguna cuestión a observar, no obstante, da una serie de recomendaciones (instalación
del cuarto de batería con rejillas de ventilación, extintores protegidos por cajas, etc.) que
el promotor ha asumido cumplir en su respuesta.
En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el propio diseño
del mismo, la vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el promotor)
es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del
órgano sustantivo. Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o
catástrofes naturales la presente propuesta recoge, resume y traslada los
pronunciamientos de las autoridades competentes en la materia y las cuestiones
suscitadas en el procedimiento de participación pública para su valoración por el órgano
sustantivo, como órgano competente en esta materia, previo a la autorización del
proyecto.
D)
Programa de vigilancia ambiental.
Fase de replanteo: se controlará que el emplazamiento final de todas las
infraestructuras proyectadas y del resto de estructuras asociadas sea dentro del área
autorizada administrativamente y, con carácter previo a las obras, se realizará un estudio
de avifauna en primavera y que defina el uso del territorio por parte de las aves del
entorno cercano de la línea a partir de puntos fijos de observación
Fase de construcción y desmantelamiento: control de la calidad del aire, del nivel
sonoro, de la protección del suelo y la geología, de residuos y vertidos, de las medidas
de restauración de la cubierta vegetal, de la protección de la vegetación, de los efectos
sobre la fauna, de la permeabilidad territorial, del movimiento de la maquinaria y del
desmantelamiento de las instalaciones y limpieza de la zona de obras.
cve: BOE-A-2023-2429
Verificable en https://www.boe.es
Los EsIA contienen un programa de vigilancia ambiental (PVA) cuyo objetivo consiste
en el seguimiento y control de los impactos previstos, garantizar el cumplimiento de la
totalidad de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, así como identificar
impactos ambientales no previstos y la adopción de medidas adicionales para la
protección ambiental. En cada una de las fases de dicho programa, se realizará un
seguimiento de la eficacia de las medidas adoptadas y sus criterios de aplicación,
emitiendo los correspondientes informes de vigilancia. Los principales aspectos
considerados en el PVA de los EsIA son los siguientes:
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
C)
Sec. III. Pág. 13020
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
Los EsIA incluyen un análisis de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de
accidentes graves o catástrofes, en el que concluye que el riesgo de que se produzcan
dichos accidentes o catástrofes es mínimo o casi inexistente, así como sus efectos
adversos sobre el medio ambiente, en caso de ocurrencia de los mismos.
Complementariamente establece una serie de medidas generales de protección, para
evitar o atenuar las consecuencias de posibles accidentes sobre el medio ambiente.
Por otra parte, hay que destacar que los EsIA también incluyen como anexo un Plan
de Autoprotección de Incendios que tiene como fin recoger las medidas necesarias para
la prevención y lucha contra los incendios, en el área de implantación de las
instalaciones fotovoltaicas.
El informe de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la
Comunidad de Madrid destaca que el ámbito de la actuación cuenta con un riesgo de
incendio forestal de alto a muy alto y las infraestructuras proyectadas pueden llegar a
afectar a terreno calificado como forestal, por lo que se deberá tener en cuenta y adoptar
las medidas preventivas contenidas en el Plan de Protección Civil de Emergencias por
Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA). En respuesta a dicho
informe el promotor ha asumido expresamente dichas consideraciones.
El Coordinador de Emergencias de la Delegación Provincial de Toledo de la
Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas indica en su informe que no hay
ninguna cuestión a observar, no obstante, da una serie de recomendaciones (instalación
del cuarto de batería con rejillas de ventilación, extintores protegidos por cajas, etc.) que
el promotor ha asumido cumplir en su respuesta.
En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el propio diseño
del mismo, la vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el promotor)
es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del
órgano sustantivo. Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o
catástrofes naturales la presente propuesta recoge, resume y traslada los
pronunciamientos de las autoridades competentes en la materia y las cuestiones
suscitadas en el procedimiento de participación pública para su valoración por el órgano
sustantivo, como órgano competente en esta materia, previo a la autorización del
proyecto.
D)
Programa de vigilancia ambiental.
Fase de replanteo: se controlará que el emplazamiento final de todas las
infraestructuras proyectadas y del resto de estructuras asociadas sea dentro del área
autorizada administrativamente y, con carácter previo a las obras, se realizará un estudio
de avifauna en primavera y que defina el uso del territorio por parte de las aves del
entorno cercano de la línea a partir de puntos fijos de observación
Fase de construcción y desmantelamiento: control de la calidad del aire, del nivel
sonoro, de la protección del suelo y la geología, de residuos y vertidos, de las medidas
de restauración de la cubierta vegetal, de la protección de la vegetación, de los efectos
sobre la fauna, de la permeabilidad territorial, del movimiento de la maquinaria y del
desmantelamiento de las instalaciones y limpieza de la zona de obras.
cve: BOE-A-2023-2429
Verificable en https://www.boe.es
Los EsIA contienen un programa de vigilancia ambiental (PVA) cuyo objetivo consiste
en el seguimiento y control de los impactos previstos, garantizar el cumplimiento de la
totalidad de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, así como identificar
impactos ambientales no previstos y la adopción de medidas adicionales para la
protección ambiental. En cada una de las fases de dicho programa, se realizará un
seguimiento de la eficacia de las medidas adoptadas y sus criterios de aplicación,
emitiendo los correspondientes informes de vigilancia. Los principales aspectos
considerados en el PVA de los EsIA son los siguientes: