III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2424)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Foque Solar de 134,75 MWp/103,65 MWn y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 12912
ambiental, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como
la documentación complementaria aportada por el promotor.
En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la
Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto
ambiental desfavorable al proyecto «Planta fotovoltaica Foque Solar de 134,75
MWp/103,65 MWn y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Madrid»,
concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará impactos adversos
significativos sobre el medio ambiente, sin que las medidas de prevención, corrección y
compensación previstas por el promotor constituyan una garantía suficiente para la
adecuada protección del medio ambiente.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo
previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su
comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de
autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid, 12 de enero de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
ANEXO I
Organismos consultados
Contestaciones
recibidas
Administración estatal
Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
NO
Confederación Hidrográfica del Tajo.
SÍ
Dirección General de Infraestructuras. Secretaría de Estado de Defensa. Ministerio de Defensa.
SÍ
Dirección General de Protección Civil y Emergencias. Ministerio del Interior.
NO
Dirección General del Agua. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
SÍ
Oficina Española de Cambio Climático. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
SÍ
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina. Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
NO
Dirección General de Carreteras. Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid.
SÍ
Dirección General de Descarbonización y Transición Energética. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la
Comunidad de Madrid.
SÍ
Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid.
SÍ
Dirección General de Promoción Económica e Industrial. Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de
Madrid.
SÍ
Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
SÍ
Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación Consejería de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de
Madrid.
SÍ
Dirección General de Suelo. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid.
NO
Dirección General de Transportes y Movilidad. Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid.
SÍ
cve: BOE-A-2023-2424
Verificable en https://www.boe.es
Administración autonómica
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 12912
ambiental, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como
la documentación complementaria aportada por el promotor.
En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la
Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto
ambiental desfavorable al proyecto «Planta fotovoltaica Foque Solar de 134,75
MWp/103,65 MWn y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Madrid»,
concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará impactos adversos
significativos sobre el medio ambiente, sin que las medidas de prevención, corrección y
compensación previstas por el promotor constituyan una garantía suficiente para la
adecuada protección del medio ambiente.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo
previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su
comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de
autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid, 12 de enero de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
ANEXO I
Organismos consultados
Contestaciones
recibidas
Administración estatal
Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
NO
Confederación Hidrográfica del Tajo.
SÍ
Dirección General de Infraestructuras. Secretaría de Estado de Defensa. Ministerio de Defensa.
SÍ
Dirección General de Protección Civil y Emergencias. Ministerio del Interior.
NO
Dirección General del Agua. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
SÍ
Oficina Española de Cambio Climático. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
SÍ
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina. Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
NO
Dirección General de Carreteras. Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid.
SÍ
Dirección General de Descarbonización y Transición Energética. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la
Comunidad de Madrid.
SÍ
Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid.
SÍ
Dirección General de Promoción Económica e Industrial. Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de
Madrid.
SÍ
Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
SÍ
Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación Consejería de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de
Madrid.
SÍ
Dirección General de Suelo. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid.
NO
Dirección General de Transportes y Movilidad. Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid.
SÍ
cve: BOE-A-2023-2424
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Administración autonómica