III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2428)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico "Ricobayo 1-2" de 100 MW, así como parte de su infraestructura de evacuación asociada, en Muelas del Pan (Zamora)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 30 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 12979

con una potencia pico de 100 MWp y potencia nominal de inversores de 82 MWn. Para
ello, se instalarán 243.900 paneles fotovoltaicos policristalinos de 410 Wp cada uno,
montados sobre estructuras con seguimiento a un eje Este-Oeste. Además, se
instalarán 24 inversores de 3.417 kW, cada uno, distribuidos en 12 centros de
transformación con dos transformadores de 3.650 kVA, cada uno.
El acceso a la planta fotovoltaica se realizará a través de la carretera ZA-P-2326 y de
la red de caminos existente que dan acceso a los diferentes recintos de la planta.
Líneas de evacuación 30 kV.
La energía de la plata se evacuará por una línea soterrada de 30 kV y 1,06 km que
discurrirá por un camino existente hasta finalizar en la futura SET colectora Ricobayo 2.
El resto de la infraestructura de evacuación hasta la Subestación Ricobayo, propiedad de
Red Eléctrica, pertenece a otros proyectos.
2.

Tramitación del procedimiento.

En el «Boletín Oficial del Estado», n.º 130 de 1 de junio de 2021 y en el «Boletín
Oficial de la Provincia de Zamora», n.º 61 de 2 de junio de 2021, se publica el anuncio de
la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zamora por
el que se somete a información pública la solicitud de la autorización administrativa
previa, de la autorización administrativa de construcción y de la declaración de impacto
ambiental del presente proyecto.
Durante la tramitación, esta Dirección General requiere la subsanación del
expediente de evaluación de impacto ambiental, con fecha 3 de marzo de 2022,
conforme al artículo 40.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
al no constar los informes preceptivos del competente en materia de aguas y medio
ambiente según el artículo 37.2 de la cita norma. Además, el 29 de septiembre de 2022,
se solicitó solicita información complementaria del proyecto al promotor, la cual se aporta
el 16 de octubre de 2022.
El anexo I recoge un cuadro resumen de las consultas efectuadas a las
administraciones públicas afectadas y personas interesadas, indicando si se ha recibido
contestación.
3.

Análisis técnico del expediente.

a.

Análisis de alternativas.

– El diseño de la planta de la alternativa 1 se ubicaría en el término municipal de
Zamora, ocupando 293,4 ha, con un perímetro de vallado de 10,91 km, evacuando la
energía mediante una línea soterrada de 8,91 km, contigua a la carretera N-122 hasta la
SET colectora. Las principales desventajas que tiene esta ubicación, con respecto a las
otras ubicaciones, reside en que es la más cercana a un área critica de recuperación de
cigüeña negra y es la que tendría una mayor afección sobre la hidrología y el patrimonio
geológico.
– En la alternativa 2 se plantea la ocupación de un área de 224,1 ha y 10,03 km de
perímetro de vallado en el término municipal de Zamora. La evacuación de la energía se
realizaría mediante una línea soterrada de 4 km, contigua al margen norte de la carretera
N-122 sobre la que habría un cruzamiento.
En las parcelas que ubicarían esta alternativa habría vegetación esclerófila, además
de estar en el interior del vallado la Laguna Muga. Sin embargo, sería la ubicación más
alejada a un área crítica de especies protegidas, espacios Red Natura e IBAS.
– La alternativa 3 se ubicaría en el municipio de Muelas del Pan (Zamora), con una
superficie de 186,71 ha y un perímetro de vallado de 20,24 km dividiendo en 10 recintos.
La evacuación de la energía se realizaría mediante una línea soterrada de 1,06 km que

cve: BOE-A-2023-2428
Verificable en https://www.boe.es

En el EsIA se plantea una alternativa 0 de no realización del proyecto, además de 3
alternativas para la ubicación de la planta fotovoltaica. Estas serían: