III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2427)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Proyecto parque fotovoltaico Peñaflor de 121,8 MWp, y su infraestructura de evacuación en Valladolid, Villanubla, Mudarra, Medina de Rioseco y Peñaflor de Hornija (Valladolid)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 30 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 12961

otros proyectos. Por consiguiente, la viabilidad del presente proyecto queda condicionada
a la viabilidad del resto de la infraestructura de evacuación, no incluida en presente
procedimiento.
2.

Tramitación del procedimiento

Con fecha 13 de diciembre de 2021 tiene entrada en esta Dirección General, solicitud
de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto. En el
análisis formal del expediente se detectaron una serie de carencias en la documentación,
por lo que el 21 de febrero de 2022 se procedió, en aplicación del artículo 40.1 de la
Ley 21/2013 de 9 de diciembre de evaluación ambiental, a requerir al órgano sustantivo
la subsanación del expediente. La respuesta a dicho requerimiento se recibió el 10 de
noviembre de 2022.
En relación al trámite de información pública, consta en el expediente las siguientes
publicaciones:
Anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» del 11 de mayo de 2021.
Anunció en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid» del 12 de mayo de 2021.
Por otro lado, se indica que el promotor, mediante escrito de 28 de abril de 2022,
solicitó incluir el proyecto en el procedimiento de determinación de afección ambiental
recogido en el Capítulo III, artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el
que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las
consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. Procedimiento que se
resolvió mediante el correspondiente informe de determinación de afección ambiental
de 26 de octubre de 2022, en el que se determinó que se debía continuar con la
tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto
en la Ley de evaluación ambiental, que había quedado suspendido hasta dicha
resolución.
Finalmente, analizada la documentación por parte de este órgano ambiental y
considerando que está completa se procede al análisis técnico del expediente.
3. Análisis técnico del expediente
a)

Análisis de alternativas.

Se analizó la alternativa 0 o de no ejecución descartándose porque se estima que
supondría impactos negativos mayores en muchos aspectos frente a la alternativa de
ejecución del proyecto y, dado que las opciones que se plantean para esta última
consisten en determinar una solución cuyo impacto sea asumible, la alternativa cero se
desestima. Respecto a las alternativas de ejecución se plantean las siguientes:
Alternativa 1: Con una superficie de 215 ha en Villalba de los Alcores.
Alternativa 2: Con una superficie de 410 ha en Valladolid y Medina de Rioseco.
Alternativa 3 (seleccionada): Con una superficie de unas 219 ha en Valladolid.

Alternativa 1: 11,6 km en aéreo.
Alternativa 2: 7,28 km en aéreo y 1,19 km en subterráneo.
Alternativa 3: 9,13 km en aéreo.
Alternativa 4 (seleccionada): 7,70 km soterrados.
b)

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

Aire: La clasificación climática del ámbito de estudio se corresponde, según la
clasificación climática de Köppen-Geiger con un clima cálido y templado. Asimismo,
la zona no se encuentra perturbada por ninguna actividad y se encuentra apartada de

cve: BOE-A-2023-2427
Verificable en https://www.boe.es

Respecto a la infraestructura de evacuación, se analizan las siguientes alternativas: