I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2023-2296)
Orden PCM/71/2023, de 25 de enero, por la que se modifica la Orden PRE/1874/2005, de 17 de junio, por la que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión Nacional del Chopo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 30 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 12401

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Orden PCM/71/2023, de 25 de enero, por la que se modifica la Orden
PRE/1874/2005, de 17 de junio, por la que se regula la composición y
funcionamiento de la Comisión Nacional del Chopo.

La Orden PRE/1874/2005, de 17 de junio, por la que se regula la composición y
funcionamiento de la Comisión Nacional del Chopo, fue modificada por la Orden
PRE/845/2013, de 9 de mayo, que a su vez ha quedado desfasada debido a las
sucesivas reestructuraciones de Departamentos ministeriales con competencias que
afectan a esta Comisión. De una parte, por el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por
el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y por el Real Decreto 139/2020,
de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los
departamentos ministeriales, las competencias en materia de medio ambiente se han
integrado en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y de otra,
las competencias en materia de investigación forestal se integran en el Ministerio de
Ciencia e Innovación.
Por ello, conviene adecuar su composición para adaptarla a la actual realidad
administrativa, al tiempo que, realizar una nueva distribución de responsabilidades entre
las unidades dependientes del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico que tienen competencia en la materia, con el objetivo de mejorar su
funcionamiento de acuerdo con el Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
La norma proyectada se adecúa a los principios de buena regulación, conforme a los
cuales deben actuar las administraciones públicas en el ejercicio de la iniciativa
legislativa y la potestad reglamentaria, según establece el artículo 129.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
La presente orden se aprueba de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia recogidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En este sentido, esta norma es
necesaria y eficaz para poder desarrollar las referidas competencias en materia de
medio ambiente por razones de interés público y con el fin de adaptar la situación actual
de la Comisión a la realidad administrativa vigente. Asimismo, resulta proporcional
puesto que es el instrumento necesario para regular la composición y funcionamiento de
este órgano colegiado y se garantiza el principio de seguridad jurídica siendo coherente
con el resto del ordenamiento jurídico.
Por último, en aplicación del principio de transparencia, se ha definido claramente el
alcance y el objetivo de esta norma y atiende al principio de eficiencia, pues no supone
cargas administrativas accesorias y contribuye a la gestión racional de estos recursos
públicos existentes.
La tramitación de esta orden se ha realizado de conformidad con lo previsto en el
artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
En su virtud, a propuesta de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, de la Ministra de Ciencia e Innovación y del Ministro de Agricultura, Pesca

cve: BOE-A-2023-2296
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