III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Autopistas de peaje. (BOE-A-2023-2209)
Resolución de 5 de enero de 2023, de la Delegación del Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas Nacionales de Peaje, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 27 de diciembre de 2022, por el que se aprueba la Primera resolución para liquidar el contrato y determinar la responsabilidad patrimonial de la Administración (RPA) del contrato de concesión administrativa para la construcción, conservación y explotación de la autopista de peaje circunvalación de Alicante, la variante libre de peaje de El Campello y otras actuaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 11787

Con fecha 16 de julio de 2013 se publicó en el «Boletín Oficial el Estado» un edicto
del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante dando publicidad al auto judicial, de
fecha de 21 de junio de 2013, por el que se declaró en concurso voluntario ordinario a
Ciralsa, SA, Concesionaria del Estado.
El 14 de junio de 2017 el Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid dictó, en el
citado procedimiento judicial, auto de apertura de la fase de liquidación de Ciralsa.
Con fecha de 1 de abril de 2018, la Sociedad Estatal de Infraestructuras del
Transporte Terrestre, SA (SEITT) asumió la explotación de la autopista.
Con fecha 20 de julio de 2018 el Consejo de Ministros acordó resolver el contrato de
concesión administrativa y ordenar al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana (anterior Ministerio de Fomento) que tramitase el expediente de liquidación del
contrato, con la debida cuantificación del valor de la RPA.
Iniciado el procedimiento de liquidación y ante ciertas dificultades derivadas del gran
número de documentos a disponer relacionados con la concesión, especialmente con los
expedientes expropiatorios de la misma, se creyó oportuno, como diligencia previa, y
para una mayor garantía de derechos, conceder a los interesados (administración
concursal y avalistas), con fecha 15 de noviembre de 2018, un primer trámite de
audiencia, con objeto de que pudiesen examinar la documentación existente y aportar
aquella que estimasen necesaria para completar el expediente.
Mediante escrito de fecha 22 de marzo de 2019 se reconoció la condición de
interesados en el expediente a las entidades que son actualmente las titulares de la
deuda financiera de la concesión (acreedores) y se les informó de cómo podían acceder
a la documentación del expediente.
Con fecha 26 de abril de 2019, el Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo de
interpretación de determinados contratos de concesión de autopistas, en cuanto al
método para calcular la «Responsabilidad Patrimonial de la Administración» (RPA).
Mediante escritos de fecha de 12 de abril y 11 de junio de 2019, los acreedores
presentaron documentación adicional para que fuera tenida en cuenta en el cálculo de la
RPA. Asimismo, la administración concursal presentó documentación adicional el 12 de
junio de 2019. Esta documentación ha sido incorporada al expediente.
Con fecha 20 de mayo de 2019, se solicitó a la Dirección General de Carreteras del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, como unidad administrativa
competente, que realizara los cálculos necesarios para determinar la RPA.
El 4 de junio de 2020, Deutsche Bank AG London Branch, solicitó personarse en el
expediente como parte interesada, señalando que tiene una posición acreedora frente a
Ciralsa SACE y aportando documentación al respecto. El 13 de agosto de 2020 se
admitió su personación y con escrito de fecha 15 de octubre de 2020 se puso a su
disposición el expediente.
Con fecha de 19 de octubre de 2021, la Dirección General de Carreteras remite a la
Delegación del Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas Nacionales de
Peaje, una primera valoración de la RPA, a los efectos de dictar la Primera resolución.
Con fecha 28 de octubre de 2021, se comunicó la apertura del plazo para trámite de
audiencia. No obstante, recibidas alegaciones por parte de uno de los interesados, se
consideró oportuno acordar la suspensión del referido plazo, con fecha 17 de noviembre
de 2021, con objeto de atender las referidas alegaciones.
En enero y marzo de 2022, el Tribunal Supremo emitió varias sentencias (Sentencias
números 83/2022 a 93/2022, de 28 de enero de 2022 y número 345/2022 de 16 de
marzo de 2022) resolviendo recursos interpuestos contra el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 26 de abril de 2019, de interpretación de determinados contratos de
concesión de autopistas, en cuanto al método para calcular la «Responsabilidad
Patrimonial de la Administración» (RPA). Las sentencias estiman en parte algunas
pretensiones de los demandantes, lo que ha obligado a la modificación del procedimiento
para el cálculo de la RPA para su adecuación a lo establecido en las sentencias.
Sobre la base del referido Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de abril de 2019,
se adaptó el procedimiento, establecido en el anexo del mismo, para el cálculo de la

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Núm. 23