III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-2206)
Resolución de 25 de enero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Comunidad de Madrid, en materia de atención educativa en centros públicos que imparten primer ciclo de educación infantil a hijos e hijas de internas en centros penitenciarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Viernes 27 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 11776

partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de diez
días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado». Igualmente, el
texto definitivo será publicado en el Portal de Transparencia de la Administración General
del Estado de acuerdo con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso
a la información pública y buen gobierno.
La vigencia de este convenio será de cuatro años, pudiendo prorrogarse hasta un
máximo de cuatro años más, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h.2.º de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, mediante acuerdo
expreso de las partes.
Novena.

Régimen de modificación del convenio.

El convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias y de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y
Universidades. Para ello, habrá de suscribirse la correspondiente adenda, siguiendo los
trámites previstos y la autorización previa establecidos en el artículo 50 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Décima.

Causas de extinción.

1. Son causas de extinción del presente convenio las establecidas en el artículo 51
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo,
el convenio podrá ser denunciado por cualquiera de las partes, denuncia que deberá
expresarse y comunicarse por escrito con una antelación de dos meses a la fecha en
que se hará efectiva la resolución del convenio.
2. El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos en el presente
convenio no generará indemnización entre las partes, al tratarse de un acuerdo que no
genera obligación económica alguna.
3. En el supuesto de extinción anticipada del convenio, la Comisión de Seguimiento
resolverá acerca de la forma de finalización de las actuaciones en curso, en un plazo que
no podrá ser superior a los dos meses de duración.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, ambas partes firman el presente
convenio en Madrid a la fecha de la última firma.–El Ministro del Interior, Fernando
Grande-Marlaska Gómez.–La Presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Natividad
Díaz Ayuso.
ANEXO

Escuela Infantil

DAT

Plazas que
renuevan

Grupo y año
nacimiento

Plazas a
reservar

Grupo y año
nacimiento

Total

El Tren de la Fresa
(Arganzuela).

Cap

0
0
1

0 - 1 (2022)
1 - 2 (2021)
2 - 3 (2020)

3
2
2

0 - 1 (2022)
1 - 2 (2021)
2 - 3 (2020)

3
2
3

Zofio (Usera).

Cap

0
0
1

0 - 1 (2022)
1 - 2 (2021)
2 - 3 (2020)

0
0
0

0 – 1 (2022)
1 - 2 (2021)
2 - 3 (2020)

0
0
1

Jardines de
Aranjuez (Aranjuez).

Sur

0
0
0

0 - 1 (2022)
1 - 2 (2021)
2 - 3 ( 2020)

0
5
3

0 - 1 (2022)
1 - 2 (2021)
2 - 3 (2020)

0
5
3

cve: BOE-A-2023-2206
Verificable en https://www.boe.es

Reserva de plazas curso 2022/2023