III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-2213)
Resolución de 24 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la gestión de la prestación farmacéutica ambulatoria dispensada en oficina de farmacia del colectivo mutualista adscrito al sistema sanitario público de Castilla-La Mancha a través del sistema de receta electrónica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23
Viernes 27 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 11838
5. En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en este
convenio por alguna de las partes, cualquiera de las otras deberá comunicarlo a la
Comisión Mixta de coordinación y seguimiento prevista en la cláusula tercera, que
decidirá sobre las actuaciones a llevar a cabo. En caso de persistir el incumplimiento se
entenderá resuelto el convenio
6. En caso de resolución del convenio se estará a lo dispuesto en el artículo 52 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta.
Modificación.
El presente convenio podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes mediante
adenda al mismo que se ajustará al procedimiento establecido para su autorización y
suscripción.
Séptima. Financiación.
El presente convenio no genera obligaciones económicas adicionales para ninguna
de las partes firmantes del mismo.
Octava. Naturaleza y régimen jurídico.
Este convenio tiene naturaleza administrativa, siéndole de aplicación lo dispuesto en
el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Las dudas o controversias que surjan entre las partes sobre los efectos,
interpretación, modificación o resolución del mismo que no puedan resolverse por
conciliación en la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento, serán sometidas a los
tribunales competentes de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y, en prueba de conformidad con el contenido del presente convenio, las partes lo
firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes,
entendiéndose que el día de su firma es aquel en que el mismo sea suscrito por el último
de los firmantes.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado, Myriam Pallarés Cortón.–El Secretario General Gerente del Instituto Social
de las Fuerzas Armadas, José Javier Rodrigo de Azpiazu.–El Gerente de la Mutualidad
General Judicial, José Juan Tomás Porter.–El Consejero de Sanidad de la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha, Jesús Fernández Sanz.
ANEXO I
Ficheros de dispensaciones de ayuda para la verificación de la facturación
de recetas electrónicas.
Orden
Atributo
Contenido de los ficheros
Tipo de Dato Extensión
Descripción
1
Código de receta electrónica.
Alfanumérico
10
Código único de receta electrónica dispensada.
2
Código Autonómico del paciente.
Alfanumérico
16
CIP Autonómico usado en la dispensación electrónica.
3
Código SNS del paciente.
Alfanumérico
16
Código SNS del asegurado.
4
CN del producto dispensado.
Numérico
6
Código Nacional del medicamento o producto dispensado.
5
Número de envases dispensados.
numérico
1
Siempre valor 1.
6
Fecha de dispensación.
Numérico
8
Fecha de dispensación (formato AAAAMMDD).
7
Hora de dispensación.
Numérico
6
Hora de dispensación (formato HH24MMSS).
cve: BOE-A-2023-2213
Verificable en https://www.boe.es
1.
Núm. 23
Viernes 27 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 11838
5. En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en este
convenio por alguna de las partes, cualquiera de las otras deberá comunicarlo a la
Comisión Mixta de coordinación y seguimiento prevista en la cláusula tercera, que
decidirá sobre las actuaciones a llevar a cabo. En caso de persistir el incumplimiento se
entenderá resuelto el convenio
6. En caso de resolución del convenio se estará a lo dispuesto en el artículo 52 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta.
Modificación.
El presente convenio podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes mediante
adenda al mismo que se ajustará al procedimiento establecido para su autorización y
suscripción.
Séptima. Financiación.
El presente convenio no genera obligaciones económicas adicionales para ninguna
de las partes firmantes del mismo.
Octava. Naturaleza y régimen jurídico.
Este convenio tiene naturaleza administrativa, siéndole de aplicación lo dispuesto en
el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Las dudas o controversias que surjan entre las partes sobre los efectos,
interpretación, modificación o resolución del mismo que no puedan resolverse por
conciliación en la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento, serán sometidas a los
tribunales competentes de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y, en prueba de conformidad con el contenido del presente convenio, las partes lo
firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes,
entendiéndose que el día de su firma es aquel en que el mismo sea suscrito por el último
de los firmantes.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado, Myriam Pallarés Cortón.–El Secretario General Gerente del Instituto Social
de las Fuerzas Armadas, José Javier Rodrigo de Azpiazu.–El Gerente de la Mutualidad
General Judicial, José Juan Tomás Porter.–El Consejero de Sanidad de la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha, Jesús Fernández Sanz.
ANEXO I
Ficheros de dispensaciones de ayuda para la verificación de la facturación
de recetas electrónicas.
Orden
Atributo
Contenido de los ficheros
Tipo de Dato Extensión
Descripción
1
Código de receta electrónica.
Alfanumérico
10
Código único de receta electrónica dispensada.
2
Código Autonómico del paciente.
Alfanumérico
16
CIP Autonómico usado en la dispensación electrónica.
3
Código SNS del paciente.
Alfanumérico
16
Código SNS del asegurado.
4
CN del producto dispensado.
Numérico
6
Código Nacional del medicamento o producto dispensado.
5
Número de envases dispensados.
numérico
1
Siempre valor 1.
6
Fecha de dispensación.
Numérico
8
Fecha de dispensación (formato AAAAMMDD).
7
Hora de dispensación.
Numérico
6
Hora de dispensación (formato HH24MMSS).
cve: BOE-A-2023-2213
Verificable en https://www.boe.es
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