III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-2228)
Resolución de 24 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes, la Fundación del Sector Público Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas Carlos III y la Fundación Banco de Santander, para la realización de actividades culturales conjuntas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Viernes 27 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 11961

Las tres partes, en el concepto en que intervienen, se reconocen recíprocamente la
capacidad legal necesaria para formalizar el presente documento, a cuyo fin
EXPONEN
I. Que los Licenciatarios y la Fundación Banco Santander han firmado un convenio
(en adelante, el «Convenio») cuyo objeto es regular las condiciones entre las Partes para
hacer posible la Exposición en el centro del Instituto Cervantes en Nueva York y, en su
caso, otros centros de la red del Instituto Cervantes en el exterior, de la Exposición
denominada «Excelentes. Diálogos entre arte y ciencia», en el marco de la iniciativa
CNIO Arte; y que, en virtud de dicho Convenio, los Licenciatarios están interesados en
utilizar el logo (en adelante, el «Logo») que se indica a continuación:

II. Que el Licenciante, siendo el titular de la marca
(en adelante, la
«Marca»), autoriza a los licenciatarios el uso de la misma exclusivamente en la forma del
Logo que se muestra en el exponendo I anterior, para los fines y en la forma descrita en
la presente Autorización de uso.
III. Que el Licenciante está conforme en autorizar a los Licenciatario el uso del Logo
y los aceptan esta autorización para los fines y en la forma descrita a continuación,
otorgando las Partes la presente Autorización de uso de marca con arreglo a las
siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.
La presente autorización tiene por objeto la concesión, por parte del Licenciante a los
Lincenciatarios, de una licencia no exclusiva e intransferible, para utilizar el Logo referido
en el Exponendo I del presente anexo, siempre que ello no menoscabe la distintividad
del mismo.
Esta licencia se concede a título gratuito y se otorga sólo en la medida en que el
Logo se emplee para cumplir las obligaciones acordadas entre las Partes en el Acuerdo
mencionado en dicho exponendo I y siempre sujeta a los términos y condiciones que en
el mismo se contemplen, y a lo que se indican en las siguientes estipulaciones.
Segunda.

Tercera.
El ámbito territorial de la presente Autorización se extiende al territorio de España,
Estados Unidos y otros países donde pueda tener lugar la Exposición, objeto del citado
convenio (en adelante, el «Territorio»), teniendo presente que el uso del Logo se amplía
al ámbito de Internet, en lo que se refiere a su visibilidad a través de plataformas o
medios accesibles fuera del Territorio. Sin perjuicio de lo anterior y, a efectos aclaratorios,
los Licenciatarios no podrán usar el Logo de una manera que se dirija específicamente a
cualquier mercado o público fuera del Territorio.

cve: BOE-A-2023-2228
Verificable en https://www.boe.es

El Licenciante se reserva todos los derechos, acciones e intereses sobre el bien
licenciado, incluso su uso.
Por su parte, los Licenciatarios reconocen que el Licenciante continúa siendo
propietario exclusivo de la Marcas, Logo y de todos los derechos de Propiedad Industrial
e Intelectual afectos a los mismos.