III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-2234)
Resolución de 24 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para la prestación del servicio compartido de gestión de notificaciones y comunicaciones a través del centro de impresión y ensobrado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria mediante la plataforma electrónica Notific@.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Viernes 27 de enero de 2023
2.

Sec. III. Pág. 12014

Determinación de la compensación económica para el mantenimiento del
servicio

Cada parte realizará las actuaciones previstas en el presente Convenio con
sus propios medios.
El organismo emisor realizará la contraprestación económica a la Agencia
Tributaria por los costes derivados de la impresión y ensobrado de sus
comunicaciones/notificaciones en soporte papel, (costes del CIE), de acuerdo con
el volumen de notificaciones estimado en el documento de "Estimación de uso"
(anexo IV), conforme a lo establecido en la disposición adicional vigésimo segunda
de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Dicha contraprestación económica se realizará según lo establecido en la
cláusula sexta del Convenio.
Para la cuantificación de la citada compensación económica, se multiplicará el
número de hojas que deben ser impresas por 0,036 euros si la impresión se
realiza en blanco y negro, o bien de 0,038 euros si es en color; se añadirá el valor
del sobre elegido y, si fuera una notificación, el valor de impresión y digitalización
del acuse de recibo en papel o los costes asociados al acuse de recibo
electrónico.
– Valor de una hoja A4 impresa a doble cara:
● En blanco y negro: 0,036 euros.
● En color: 0,038 euros.
– Valor del sobre:
● Sobre de comunicaciones formato apaisado/americano: 0,019 euros.
● Sobre de comunicaciones formato cuartilla C5: 0,021 euros.
● Sobre de comunicaciones formato bolsa con capacidad de hasta 80 hojas:
0,068 euros.
● Sobre de notificaciones con acuse de recibo formato cuartilla C5: 0,046
euros.
● Sobre de notificaciones con acuse de recibo formato bolsa con capacidad
de hasta 80 hojas: 0,138 euros.

Los datos recogidos en este anexo se han calculado con la información
disponible en el momento actual.
En el caso de que sea necesaria una actualización de este anexo se
modificará según lo dispuesto en la cláusula sexta.
No obstante, si la Agencia Tributaria hubiera otorgado previamente su
conformidad a través del anexo IV en relación con unos servicios determinados, se
respetará lo acordado en el formulario, de forma que no se modificarán los precios
recogidos para los servicios contemplados y para la anualidad concreta a la que
se refieran.
Por otro lado, la contribución económica a abonar por el organismo emisor
deberá contemplar los aspectos siguientes, según su régimen económico
determinado en la cláusula sexta:
– Un ajuste por regularización de desviación entre estimación y uso efectivo
del periodo inmediato anterior (si la contraprestación económica se realiza
mediante transferencia de crédito).
– Un ajuste por regularización del uso efectivo del periodo inmediato anterior y
el ingreso realizado por el organismo emisor en concepto de anticipo por las
operaciones preparatorias.»

cve: BOE-A-2023-2234
Verificable en https://www.boe.es

– Valor de impresión y digitalización de un acuse de recibo en papel (sólo para
notificaciones): 0,023 euros, IVA incluido.