III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-2227)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, para la gestión de ayudas para participar en cursos de inmersión en lengua inglesa destinadas a maestros y a titulados en Máster en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, durante el año 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 11952
El encargado del tratamiento deberá cumplir con:
a) La obligación de mantener la finalidad para la cual se cederán los datos,
declarada más adelante en la descripción del encargo de tratamiento.
b) La obligación de someterse en todo caso a la normativa nacional y de la Unión
Europea en materia de protección de datos de carácter personal, sin perjuicio de lo
establecido en el último párrafo del apartado 1 del artículo 202.
c) La obligación de presentar una declaración en la que ponga de manifiesto dónde
van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios
asociados a los mismos.
d) La obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la
vida del convenio, de la información facilitada en la declaración a que se refiere la letra d)
anterior.
En todo caso, el encargado del tratamiento deberá respetar la normativa vigente en
materia de protección de datos.
Con el fin de describir el tratamiento del que serán objeto de datos personales por
parte del encargado del tratamiento y satisfacer las obligaciones de transparencia y
ejercicio de derechos derivadas, en su caso, hacia los interesados, se relaciona a
continuación la información que describe el tratamiento de datos personales por parte del
encargado del tratamiento:
Finalidad del encargo de tratamiento: Posibilitar la participación de los 1.005
beneficiarios del programa de inmersión lingüística en lengua inglesa en 2023, objeto de
este convenio.
Responsable del tratamiento: Ministerio de Educación y Formación Profesional-Dirección
General de Planificación y Gestión Educativa, calle Los Madrazo, 15-17, 28004 Madrid.
No obstante, la UIMP será responsable para los datos personales que deba recabar
él mismo.
Encargado del tratamiento: La UIMP.
Categorías de actividades de tratamiento a realizar por el encargado: Las necesarias
para hacer efectiva la incorporación de los beneficiarios a las actividades del citado
programa de inmersión lingüística.
Categorías de datos a tratar: Datos identificativos.
Categorías de interesados: Los estudiantes que han sido beneficiarios para participar
en el programa.
Destinatarios de los datos: No hay prevista comunicación de datos por parte del
encargado.
Transferencias de datos: No hay prevista transferencia internacional de datos por
parte del encargado.
Decisiones automatizadas: No hay prevista aplicación de decisiones automatizadas.
Derechos del interesado: El interesado ejercerá sus derechos de protección de datos
en lo que respecta a las actividades de tratamiento realizadas por del encargado, cuando
procedan, dirigiéndose al encargado del tratamiento (artículo 12.3 de la LOPDGDD).
Condiciones del encargo de tratamientos de datos personales: El tratamiento de
datos personales se llevará a cabo por parte del encargado del tratamiento siguiendo las
siguientes indicaciones:
– Tratará los datos personales incluidos en el ámbito del presente convenio, de
acuerdo con las instrucciones del responsable establecidas en el presente documento.
– Garantizará que las personas autorizadas a tratar los datos personales tienen
contraído compromiso de confidencialidad, guarden secreto profesional sobre los
mismos y no los comuniquen a terceros, salvo en aquellos casos en que deba hacerse
en estricto cumplimiento de la ley. Esta obligación continuará vigente, sin límite de
tiempo, tras la finalización del convenio.
cve: BOE-A-2023-2227
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 23
Viernes 27 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 11952
El encargado del tratamiento deberá cumplir con:
a) La obligación de mantener la finalidad para la cual se cederán los datos,
declarada más adelante en la descripción del encargo de tratamiento.
b) La obligación de someterse en todo caso a la normativa nacional y de la Unión
Europea en materia de protección de datos de carácter personal, sin perjuicio de lo
establecido en el último párrafo del apartado 1 del artículo 202.
c) La obligación de presentar una declaración en la que ponga de manifiesto dónde
van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios
asociados a los mismos.
d) La obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la
vida del convenio, de la información facilitada en la declaración a que se refiere la letra d)
anterior.
En todo caso, el encargado del tratamiento deberá respetar la normativa vigente en
materia de protección de datos.
Con el fin de describir el tratamiento del que serán objeto de datos personales por
parte del encargado del tratamiento y satisfacer las obligaciones de transparencia y
ejercicio de derechos derivadas, en su caso, hacia los interesados, se relaciona a
continuación la información que describe el tratamiento de datos personales por parte del
encargado del tratamiento:
Finalidad del encargo de tratamiento: Posibilitar la participación de los 1.005
beneficiarios del programa de inmersión lingüística en lengua inglesa en 2023, objeto de
este convenio.
Responsable del tratamiento: Ministerio de Educación y Formación Profesional-Dirección
General de Planificación y Gestión Educativa, calle Los Madrazo, 15-17, 28004 Madrid.
No obstante, la UIMP será responsable para los datos personales que deba recabar
él mismo.
Encargado del tratamiento: La UIMP.
Categorías de actividades de tratamiento a realizar por el encargado: Las necesarias
para hacer efectiva la incorporación de los beneficiarios a las actividades del citado
programa de inmersión lingüística.
Categorías de datos a tratar: Datos identificativos.
Categorías de interesados: Los estudiantes que han sido beneficiarios para participar
en el programa.
Destinatarios de los datos: No hay prevista comunicación de datos por parte del
encargado.
Transferencias de datos: No hay prevista transferencia internacional de datos por
parte del encargado.
Decisiones automatizadas: No hay prevista aplicación de decisiones automatizadas.
Derechos del interesado: El interesado ejercerá sus derechos de protección de datos
en lo que respecta a las actividades de tratamiento realizadas por del encargado, cuando
procedan, dirigiéndose al encargado del tratamiento (artículo 12.3 de la LOPDGDD).
Condiciones del encargo de tratamientos de datos personales: El tratamiento de
datos personales se llevará a cabo por parte del encargado del tratamiento siguiendo las
siguientes indicaciones:
– Tratará los datos personales incluidos en el ámbito del presente convenio, de
acuerdo con las instrucciones del responsable establecidas en el presente documento.
– Garantizará que las personas autorizadas a tratar los datos personales tienen
contraído compromiso de confidencialidad, guarden secreto profesional sobre los
mismos y no los comuniquen a terceros, salvo en aquellos casos en que deba hacerse
en estricto cumplimiento de la ley. Esta obligación continuará vigente, sin límite de
tiempo, tras la finalización del convenio.
cve: BOE-A-2023-2227
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 23