III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-2220)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, para la gestión de ayudas destinadas a estudiantes universitarios, de enseñanzas artísticas superiores, otros estudios superiores y formación profesional de grado superior para participar en cursos de inmersión en lengua inglesa en el año 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23
Viernes 27 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 11892
Octava.
El alojamiento en habitaciones compartidas y la manutención en régimen de pensión
completa de los estudiantes se gestionarán por parte de la UIMP a través de cada una
de las sedes citadas en el anexo.
Novena.
La UIMP gestionará la asignación de los candidatos seleccionados a cada una de las
semanas y sedes, de acuerdo con la disponibilidad de plazas en cada momento.
Décima.
Cada estudiante abonará a la UIMP 100 euros en concepto de reserva de plaza. Las
renuncias a participar en el programa comunicadas tal y como establezca la normativa
de la UIMP, y con 20 días naturales de antelación, como mínimo, al inicio del curso
asignado al becario, darán lugar a la devolución del cincuenta por ciento de los 100
euros abonados en concepto de reserva de plaza. En el caso de los beneficiarios de
ayuda que tengan adjudicada plaza en los meses de noviembre y diciembre únicamente
procederá la devolución del cincuenta por ciento de los 100 euros abonados si la
comunicación de la renuncia se efectúa, asimismo, según lo establecido en la normativa
de la UIMP y antes del 15 de octubre de 2023.
El importe de las ayudas ascenderá a un máximo de 7.633.080,00 euros, que se
financiará con cargo al crédito 33.101.323M.488 del presupuesto de gastos de la UIMP.
Undécima.
El Ministerio de Educación y Formación profesional efectuará las transferencias
desde el crédito 18.08.000X 441 «A la Universidad Internacional Menéndez Pelayo
(UIMP) para financiación de cursos de inmersión en inglés» a la referida Universidad, de
acuerdo con el siguiente calendario:
El importe a abonar por alumno será el indicado en la cláusula tercera.
En el caso de que alguna o algunas de las plazas previstas en el anexo o sus
modificaciones no pudieran ser cubiertas por falta de candidatos, el Ministerio de
Educación y Formación Profesional abonará a la UIMP 293,58 euros por plaza que no
haya podido ser cubierta por esta exclusiva causa, en compensación de los gastos
ocasionados por la organización de los cursos.
Con anterioridad al libramiento de la transferencia correspondiente al mes de
diciembre, la gerencia de la UIMP, con el visto bueno del rector, justificará los gastos que
haya tenido que satisfacer en caso de se produzca alguna de las circunstancias
anteriormente expuestas.
cve: BOE-A-2023-2220
Verificable en https://www.boe.es
1. Durante el mes de julio de 2023 se efectuará la transferencia del importe
correspondiente al número de alumnos asistentes a los cursos desde el comienzo hasta
la última semana de junio.
2. Durante el mes de septiembre de 2023 se efectuará la transferencia del importe
correspondiente al número de alumnos asistentes a los cursos en julio y agosto.
3. Durante el mes de diciembre de 2023 se efectuará la transferencia del importe
correspondiente al número de alumnos asistentes a los cursos durante los meses de
septiembre, octubre y noviembre y alumnos cuya asistencia esté prevista durante el mes
de diciembre, esto último, según el calendario que figura como anexo o sus
modificaciones.
Núm. 23
Viernes 27 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 11892
Octava.
El alojamiento en habitaciones compartidas y la manutención en régimen de pensión
completa de los estudiantes se gestionarán por parte de la UIMP a través de cada una
de las sedes citadas en el anexo.
Novena.
La UIMP gestionará la asignación de los candidatos seleccionados a cada una de las
semanas y sedes, de acuerdo con la disponibilidad de plazas en cada momento.
Décima.
Cada estudiante abonará a la UIMP 100 euros en concepto de reserva de plaza. Las
renuncias a participar en el programa comunicadas tal y como establezca la normativa
de la UIMP, y con 20 días naturales de antelación, como mínimo, al inicio del curso
asignado al becario, darán lugar a la devolución del cincuenta por ciento de los 100
euros abonados en concepto de reserva de plaza. En el caso de los beneficiarios de
ayuda que tengan adjudicada plaza en los meses de noviembre y diciembre únicamente
procederá la devolución del cincuenta por ciento de los 100 euros abonados si la
comunicación de la renuncia se efectúa, asimismo, según lo establecido en la normativa
de la UIMP y antes del 15 de octubre de 2023.
El importe de las ayudas ascenderá a un máximo de 7.633.080,00 euros, que se
financiará con cargo al crédito 33.101.323M.488 del presupuesto de gastos de la UIMP.
Undécima.
El Ministerio de Educación y Formación profesional efectuará las transferencias
desde el crédito 18.08.000X 441 «A la Universidad Internacional Menéndez Pelayo
(UIMP) para financiación de cursos de inmersión en inglés» a la referida Universidad, de
acuerdo con el siguiente calendario:
El importe a abonar por alumno será el indicado en la cláusula tercera.
En el caso de que alguna o algunas de las plazas previstas en el anexo o sus
modificaciones no pudieran ser cubiertas por falta de candidatos, el Ministerio de
Educación y Formación Profesional abonará a la UIMP 293,58 euros por plaza que no
haya podido ser cubierta por esta exclusiva causa, en compensación de los gastos
ocasionados por la organización de los cursos.
Con anterioridad al libramiento de la transferencia correspondiente al mes de
diciembre, la gerencia de la UIMP, con el visto bueno del rector, justificará los gastos que
haya tenido que satisfacer en caso de se produzca alguna de las circunstancias
anteriormente expuestas.
cve: BOE-A-2023-2220
Verificable en https://www.boe.es
1. Durante el mes de julio de 2023 se efectuará la transferencia del importe
correspondiente al número de alumnos asistentes a los cursos desde el comienzo hasta
la última semana de junio.
2. Durante el mes de septiembre de 2023 se efectuará la transferencia del importe
correspondiente al número de alumnos asistentes a los cursos en julio y agosto.
3. Durante el mes de diciembre de 2023 se efectuará la transferencia del importe
correspondiente al número de alumnos asistentes a los cursos durante los meses de
septiembre, octubre y noviembre y alumnos cuya asistencia esté prevista durante el mes
de diciembre, esto último, según el calendario que figura como anexo o sus
modificaciones.