III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-2220)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, para la gestión de ayudas destinadas a estudiantes universitarios, de enseñanzas artísticas superiores, otros estudios superiores y formación profesional de grado superior para participar en cursos de inmersión en lengua inglesa en el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 11898
ANEXO
Al convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP)
y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) para la gestión de ayudas
destinadas a estudiantes universitarios, de enseñanzas artísticas superiores, otros
estudios superiores y formación profesional de grado superior para participar
en cursos de inmersión en lengua inglesa en el año 2023
Acuerdo de encargo para el tratamiento de datos personales derivado de la ejecución
del convenio
La colaboración entre el MEFP y la UIMP para la gestión de un programa de ayudas
para la participación en el año 2023 en un curso de inmersión en lengua inglesa en
España, objeto del convenio al cual se anexa el presente documento, implica tratamiento
de datos personales sujeto a las obligaciones y garantías establecidas en el Reglamento
General de Protección de Datos (RGPD) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de protección de datos y garantías de los derechos digitales. Conforme a la indicada
normativa, la UIMP tendrá la consideración de encargado del tratamiento de los datos
personales a los que tenga acceso con motivo de la prestación de la colaboración
acordada, quedando obligados, responsable y encargado, al cumplimiento de lo
dispuesto en la normativa de protección de datos personales.
El encargado del tratamiento está obligado a presentar una declaración con el
siguiente contenido:
– Si tienen previsto, o no, subcontratar los servidores o los servicios asociados a los
mismos, el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de
solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar
su realización.
El encargado del tratamiento deberá cumplir con:
a) La obligación de mantener la finalidad para la cual se cederán los datos,
declarada más adelante en la descripción del encargo de tratamiento.
b) La obligación de someterse en todo caso a la normativa nacional y de la Unión
Europea en materia de protección de datos de carácter personal, sin perjuicio de lo
establecido en el último párrafo del apartado 1 del artículo 202.
c) La obligación de presentar una declaración en la que ponga de manifiesto dónde
van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios
asociados a los mismos.
d) La obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la
vida del convenio, de la información facilitada en la declaración a que se refiere la letra d)
anterior.
En todo caso, el encargado del tratamiento deberá respetar la normativa vigente en
materia de protección de datos.
Con el fin de describir el tratamiento del que serán objeto de datos personales por
parte del encargado del tratamiento y satisfacer las obligaciones de transparencia y
ejercicio de derechos derivadas, en su caso, hacia los interesados, se relaciona a
continuación la información que describe el tratamiento de datos personales por parte del
encargado del tratamiento:
Finalidad del encargo de tratamiento:
Posibilitar la participación de los 13.000 beneficiarios del programa de inmersión
lingüística en lengua inglesa en 2023, objeto de este convenio.
cve: BOE-A-2023-2220
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 23
Viernes 27 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 11898
ANEXO
Al convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP)
y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) para la gestión de ayudas
destinadas a estudiantes universitarios, de enseñanzas artísticas superiores, otros
estudios superiores y formación profesional de grado superior para participar
en cursos de inmersión en lengua inglesa en el año 2023
Acuerdo de encargo para el tratamiento de datos personales derivado de la ejecución
del convenio
La colaboración entre el MEFP y la UIMP para la gestión de un programa de ayudas
para la participación en el año 2023 en un curso de inmersión en lengua inglesa en
España, objeto del convenio al cual se anexa el presente documento, implica tratamiento
de datos personales sujeto a las obligaciones y garantías establecidas en el Reglamento
General de Protección de Datos (RGPD) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de protección de datos y garantías de los derechos digitales. Conforme a la indicada
normativa, la UIMP tendrá la consideración de encargado del tratamiento de los datos
personales a los que tenga acceso con motivo de la prestación de la colaboración
acordada, quedando obligados, responsable y encargado, al cumplimiento de lo
dispuesto en la normativa de protección de datos personales.
El encargado del tratamiento está obligado a presentar una declaración con el
siguiente contenido:
– Si tienen previsto, o no, subcontratar los servidores o los servicios asociados a los
mismos, el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de
solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar
su realización.
El encargado del tratamiento deberá cumplir con:
a) La obligación de mantener la finalidad para la cual se cederán los datos,
declarada más adelante en la descripción del encargo de tratamiento.
b) La obligación de someterse en todo caso a la normativa nacional y de la Unión
Europea en materia de protección de datos de carácter personal, sin perjuicio de lo
establecido en el último párrafo del apartado 1 del artículo 202.
c) La obligación de presentar una declaración en la que ponga de manifiesto dónde
van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios
asociados a los mismos.
d) La obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la
vida del convenio, de la información facilitada en la declaración a que se refiere la letra d)
anterior.
En todo caso, el encargado del tratamiento deberá respetar la normativa vigente en
materia de protección de datos.
Con el fin de describir el tratamiento del que serán objeto de datos personales por
parte del encargado del tratamiento y satisfacer las obligaciones de transparencia y
ejercicio de derechos derivadas, en su caso, hacia los interesados, se relaciona a
continuación la información que describe el tratamiento de datos personales por parte del
encargado del tratamiento:
Finalidad del encargo de tratamiento:
Posibilitar la participación de los 13.000 beneficiarios del programa de inmersión
lingüística en lengua inglesa en 2023, objeto de este convenio.
cve: BOE-A-2023-2220
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 23