III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2023-2211)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Viernes 27 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 11802

Cuarto.
Por su parte, la cláusula décima permite la modificación del contenido del convenio
por mutuo acuerdo de las partes.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Se modifican para 2023 los anexos I, II, III y IV del Convenio publicado en el BOE
de 21 de julio de 2022, entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado,
el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el
Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón para la prestación en zonas rurales
de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a
entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades. El
resto del Convenio permanecerá con el mismo contenido.
Segunda.
Los anexos I, II, III y IV actualizados para 2023 son los que se anexan a este
documento.
En el anexo I se eliminan las localidades de Caspe, Cuarte de Huerva y Utebo, todas
ellas de la provincia de Zaragoza. Estas localidades pasan a formar parte del Anexo II.
En el anexo II, se incluye la localidad de Calatayud al haber pasado a tener menos
de 20.000 habitantes.
Los anexos III y IV contienen los compromisos económicos para el año 2023,
calculado en base al número de mutualistas y beneficiarios de cada grupo residentes en
cada tipo de municipio a fecha 1 de mayo de 2022.
Tercera.

Y, en prueba de conformidad con el contenido de la presente Adenda, las partes la
firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes,
entendiéndose que el día de su firma es aquel en que la misma sea suscrita por el último
de los firmantes.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado, Myriam Pallarés Cortón.–El Secretario General Gerente del Instituto Social
de las Fuerzas Armadas, José Javier Rodrigo de Azpiazu.–El Gerente de la Mutualidad
General Judicial, José Juan Tomás Porter.–La Consejera de Sanidad del Gobierno de
Aragón, Sira Repollés Lasheras.

cve: BOE-A-2023-2211
Verificable en https://www.boe.es

La presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes, y adquirirá eficacia una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos
e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal de conformidad con lo
establecido en el artículo 48.8 y en la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Estatal, debiendo ser publicada
en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado»
(BOE).