II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado. (BOE-A-2023-2178)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 11674
a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el
plazo referido.
– La subsanación, en su caso de la solicitud durante el plazo de subsanación.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección:
cau@060.correo.gob.es.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos
y condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen
recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.
La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia
Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá
adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en el anexo IV de esta
convocatoria, si no se da la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en
la plataforma de intermediación.
Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar
inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el
justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis
inscripciones».
El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo establecido
en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril, en la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y demás disposiciones que le sean de aplicación.
b) Exclusivamente en el caso de que concurra una incidencia técnica debidamente
acreditada, o por cualquier otra causa de similar naturaleza, no se pueda presentar la
solicitud por vía electrónica, se podrá presentar en soporte papel, debiendo rellenar
previamente el formulario 790, a través del punto de acceso general http://
administracion.gob.es/PAG/ips.
Para efectuar el pago de la tasa, se presentará el original de la solicitud impresa (los
tres ejemplares), cumplimentado en la forma descrita, en cualquier banco, caja de
ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la
recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación
de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y
firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Una vez efectuado el ingreso de la tasa por derechos de examen, habrá que
presentar el formulario de solicitud en el Registro General del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Plaza de San Juan de la Cruz, 10, 28071 –
Madrid, o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Así mismo, en el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los
aspirantes que la cursen en el extranjero, estos podrán presentar la solicitud en soporte
papel en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A
cve: BOE-A-2023-2178
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 23
Viernes 27 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 11674
a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el
plazo referido.
– La subsanación, en su caso de la solicitud durante el plazo de subsanación.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección:
cau@060.correo.gob.es.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos
y condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen
recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.
La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia
Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá
adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en el anexo IV de esta
convocatoria, si no se da la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en
la plataforma de intermediación.
Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar
inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el
justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis
inscripciones».
El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo establecido
en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril, en la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y demás disposiciones que le sean de aplicación.
b) Exclusivamente en el caso de que concurra una incidencia técnica debidamente
acreditada, o por cualquier otra causa de similar naturaleza, no se pueda presentar la
solicitud por vía electrónica, se podrá presentar en soporte papel, debiendo rellenar
previamente el formulario 790, a través del punto de acceso general http://
administracion.gob.es/PAG/ips.
Para efectuar el pago de la tasa, se presentará el original de la solicitud impresa (los
tres ejemplares), cumplimentado en la forma descrita, en cualquier banco, caja de
ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la
recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación
de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y
firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Una vez efectuado el ingreso de la tasa por derechos de examen, habrá que
presentar el formulario de solicitud en el Registro General del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Plaza de San Juan de la Cruz, 10, 28071 –
Madrid, o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Así mismo, en el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los
aspirantes que la cursen en el extranjero, estos podrán presentar la solicitud en soporte
papel en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A
cve: BOE-A-2023-2178
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 23