II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos y escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2023-2175)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para el ingreso, el acceso y para la estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23
Viernes 27 de enero de 2023
b)
Sec. II.B. Pág. 11576
Méritos académicos: hasta un máximo de 6 puntos.
b.1) Se valorará con 3 puntos haber superado algún ejercicio en los cinco años
anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria al Cuerpo General Auxiliar de
la Administración del Estado, ingreso libre.
b.2) Se valorará con un máximo de 3 puntos la realización de cursos de formación
o perfeccionamiento en los diez años anteriores a la fecha de publicación de esta
convocatoria, de acuerdo con lo siguiente:
Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento debidamente acreditados,
siempre que hayan sido desarrollados en el marco del Acuerdo de la formación para el
empleo de las Administraciones Públicas, así como los que estén incluidos en los Planes
o Programas de Formación interna de los distintos Ministerios y Organismos de la
Administración General del Estado, siempre que la duración de los cursos de formación
recibidos sea igual o superior a 15 horas y la de los impartidos igual o superior a 2 horas.
Se valorará una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma
materia.
No serán objeto de valoración las titulaciones o cursos pertenecientes a una carrera
universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas
relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares. No se valorarán los
cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
Se valorarán 0,3 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 3 puntos.
4.3
Calificación del concurso-oposición.
La calificación final de las personas aspirantes vendrá determinada por la suma de la
calificación obtenida en la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de
concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
Primero: mayor puntuación obtenida en el apartado a.1) y en el apartado a.2) de los
méritos profesionales por este orden; segundo: la mayor calificación obtenida en la
segunda parte del ejercicio único y de la primera parte por este orden; tercero: la mayor
puntuación obtenida en los méritos profesionales; cuarto: la mayor puntuación obtenida
en los méritos académicos; quinto: mayor número de respuestas correctas obtenidas en
el ejercicio único; y sexto: menor número de contestaciones erróneas realizadas en el
ejercicio único.
De persistir el empate, se aplicará el orden de actuación de las personas aspirantes
publicado mediante la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de
Función Pública.
Programa.
I.
Organización pública
1. La Constitución Española de 1978. Características. Los principios
constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. El Tribunal
Constitucional. La reforma de la Constitución.
2. La Corona. Las Cortes Generales: composición y atribuciones del Congreso de
los Diputados y Senado. El Defensor del Pueblo.
3. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. La
organización judicial española.
4. El Gobierno y la Administración. El Presidente del Gobierno. El Consejo de
Ministros. Designación, causas de cese y responsabilidad del Gobierno.
5. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno. El Gobierno Abierto: concepto y principios informadores.
cve: BOE-A-2023-2175
Verificable en https://www.boe.es
5.
Núm. 23
Viernes 27 de enero de 2023
b)
Sec. II.B. Pág. 11576
Méritos académicos: hasta un máximo de 6 puntos.
b.1) Se valorará con 3 puntos haber superado algún ejercicio en los cinco años
anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria al Cuerpo General Auxiliar de
la Administración del Estado, ingreso libre.
b.2) Se valorará con un máximo de 3 puntos la realización de cursos de formación
o perfeccionamiento en los diez años anteriores a la fecha de publicación de esta
convocatoria, de acuerdo con lo siguiente:
Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento debidamente acreditados,
siempre que hayan sido desarrollados en el marco del Acuerdo de la formación para el
empleo de las Administraciones Públicas, así como los que estén incluidos en los Planes
o Programas de Formación interna de los distintos Ministerios y Organismos de la
Administración General del Estado, siempre que la duración de los cursos de formación
recibidos sea igual o superior a 15 horas y la de los impartidos igual o superior a 2 horas.
Se valorará una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma
materia.
No serán objeto de valoración las titulaciones o cursos pertenecientes a una carrera
universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas
relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares. No se valorarán los
cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
Se valorarán 0,3 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 3 puntos.
4.3
Calificación del concurso-oposición.
La calificación final de las personas aspirantes vendrá determinada por la suma de la
calificación obtenida en la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de
concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
Primero: mayor puntuación obtenida en el apartado a.1) y en el apartado a.2) de los
méritos profesionales por este orden; segundo: la mayor calificación obtenida en la
segunda parte del ejercicio único y de la primera parte por este orden; tercero: la mayor
puntuación obtenida en los méritos profesionales; cuarto: la mayor puntuación obtenida
en los méritos académicos; quinto: mayor número de respuestas correctas obtenidas en
el ejercicio único; y sexto: menor número de contestaciones erróneas realizadas en el
ejercicio único.
De persistir el empate, se aplicará el orden de actuación de las personas aspirantes
publicado mediante la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de
Función Pública.
Programa.
I.
Organización pública
1. La Constitución Española de 1978. Características. Los principios
constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. El Tribunal
Constitucional. La reforma de la Constitución.
2. La Corona. Las Cortes Generales: composición y atribuciones del Congreso de
los Diputados y Senado. El Defensor del Pueblo.
3. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. La
organización judicial española.
4. El Gobierno y la Administración. El Presidente del Gobierno. El Consejo de
Ministros. Designación, causas de cese y responsabilidad del Gobierno.
5. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno. El Gobierno Abierto: concepto y principios informadores.
cve: BOE-A-2023-2175
Verificable en https://www.boe.es
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