II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos y escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2023-2175)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para el ingreso, el acceso y para la estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Viernes 27 de enero de 2023

Sec. II.B. Pág. 11572

Nacional de Administración Pública, por otros institutos de Administración Pública o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018.
Se valorará 1,3 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 7,8 puntos.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de
duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes
a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los
diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
No se valorará ningún curso que no haya sido acreditado por las unidades centrales
de personal en el certificado de requisitos y méritos. Aquellos cursos de formación objeto
de valoración que no estén debidamente anotados en el Registro Central de Personal
deberán ser acreditados por el aspirante ante los servicios centrales de personal o
equivalentes, quienes acreditarán este mérito en el correspondiente certificado de
requisitos y méritos.
5.

Calificación final.

La calificación final vendrá determinada por la suma de la calificación obtenida en la
fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
5.1

Personal funcionario de carrera:

Primero: La mayor puntuación obtenida en la valoración del mérito de antigüedad;
segundo: la mayor calificación obtenida en la fase de oposición; tercero: la mayor
puntuación obtenida en la valoración del grado personal consolidado; cuarto: la mayor
puntuación obtenida en la valoración de los cursos de formación; quinto: el mayor
número de respuestas correctas obtenidas en el ejercicio único; sexto: el menor número
de contestaciones erróneas realizadas en el ejercicio único.
De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en la Administración General
del Estado, y se computarán los años, meses y días de servicio que consten en el
Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria.
5.2

Personal laboral fijo:

Primero: La mayor puntuación obtenida en la valoración del mérito de antigüedad;
segundo: la mayor calificación obtenida en la fase de oposición; tercero: la mayor
puntuación obtenida en la valoración del trabajo desarrollado; cuarto: la mayor
puntuación obtenida en la valoración de los cursos de formación; quinto: el mayor
número de respuestas correctas obtenidas en el ejercicio único; sexto: el menor número
de contestaciones erróneas realizadas en el ejercicio único.
De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en la Administración General
del Estado, y se computarán los años, meses y días de servicio que consten en el
Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria. En el caso de
que no consten estos datos en el citado Registro, serán los servicios centrales de
personal correspondientes o equivalentes los que acreditarán los referidos datos al día
de publicación de la convocatoria.
Personal funcionario y personal laboral fijo:

Se atenderá, primero, a la mayor puntuación obtenida en la valoración del mérito de
antigüedad; segundo, la mayor calificación obtenida en la fase de oposición; tercero: la
mayor puntuación obtenida en la valoración de los cursos de formación; cuarto: el mayor
número de respuestas correctas obtenidas en el ejercicio único; quinto: el menor número
de contestaciones erróneas realizadas en el ejercicio único.
De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en la Administración General
del Estado, y se computarán los años, meses y días de servicio que consten en el
Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria. En el caso de

cve: BOE-A-2023-2175
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5.3