II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos y escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2023-2175)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para el ingreso, el acceso y para la estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Viernes 27 de enero de 2023

Sec. II.B. Pág. 11570

La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación directa mínima necesaria
para superar el ejercicio en cada sistema de acceso.
La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se
deriven de los baremos establecidos por la Comisión Permanente de Selección, teniendo
en cuenta lo siguiente:
La puntuación directa mínima que la Comisión Permanente de Selección fije para
superar el ejercicio equivaldrá a la calificación mínima necesaria para superarlo. La
puntuación directa mínima no podrá ser inferior al 30 por ciento de la puntuación directa
máxima obtenible en el ejercicio.
La puntuación directa máxima obtenible equivaldrá a la calificación máxima del
ejercicio.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
4.2

Fase de concurso y certificado de requisitos y méritos.

4.2.1 Finalizada la fase de oposición, las personas aspirantes que la hubieran
superado dispondrán de un plazo de 20 días hábiles para presentar el certificado de
requisitos y méritos cumplimentado conforme a la base específica 7.4 de esta
convocatoria.
4.2.2 Acreditación de requisitos y méritos.
El certificado de requisitos y méritos habrá de contener la acreditación de los
requisitos específicos contenidos en los puntos 2.2 y 2.3 y de los méritos contenidos en
el punto 4.2.3 de estas normas específicas según los siguientes modelos:
‒ Modelo 1 para el personal funcionario de carrera.
‒ Modelo 2 para el personal laboral fijo incluido dentro del ámbito de aplicación del
punto 2.2.2 de este anexo.
‒ Modelo 3 para el personal laboral fijo previsto en el punto 2.2.3 de este anexo.
4.2.3

Fase de concurso.

En esta fase se valorarán, mediante el certificado de requisitos y méritos previsto en
el punto 4.2.1 de este anexo, los siguientes méritos:
4.2.3.1

Antigüedad:

Se valorará la antigüedad del funcionario/a, hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria, en las agrupaciones profesionales incluidas en la norma específica 2.2.1
de este anexo y en los términos indicados en la misma, a razón de 1,3 puntos por año
completo de servicios, hasta un máximo de 23,4 puntos.
Se tendrán en cuenta los servicios reconocidos en los cuerpos y escalas del antiguo
grupo E de la Administración General del Estado hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.
b) Grado personal consolidado y formalizado en la Administración General del
Estado:
Según el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», siempre que esté formalizado en la
Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por

cve: BOE-A-2023-2175
Verificable en https://www.boe.es

a)

Personal funcionario de carrera.