II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2023-2179)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de enero de 2023

Sec. II.B. Pág. 11688

correspondiente y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la
publicación de la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
4.

Tribunal

El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a
esta Resolución. Se publicará un breve currículum de cada uno de los miembros del
mismo. Además, podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para la prueba de idioma.
Para aquellos ejercicios que requieran su inmediata corrección, la composición diaria
del tribunal podrá ser de tres miembros, designados por el/la presidente. Las
competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la
calificación de los ejercicios. Además, podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
Si en cualquier momento del procedimiento el tribunal tuviera conocimiento de que
alguna persona aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado/a deberá proponer su exclusión al órgano
convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta
circunstancia, para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho las personas
opositoras que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor,
justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán
apreciados por el Tribunal, que podrá disponer en tal circunstancia, la realización de una
convocatoria extraordinaria.
En el caso de que el tribunal acuerde parámetros para la calificación de un ejercicio,
en desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se
difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio. Igualmente, en las actas del
tribunal deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones otorgadas y de su
cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de los ejercicios en esta
convocatoria.
El Tribunal calificador publicará un cronograma orientativo sobre las fechas de
celebración de las pruebas correspondientes al proceso selectivo.
Se habilita al Tribunal Calificados para la adopción de cuantas medidas,
instrucciones o resoluciones sean precisas para procurar la máxima descentralización
posible en la realización de los ejercicios que componen la fase de oposición del proceso
selectivo de referencia.
Asimismo, se habilita al Tribunal Calificador para establecer la forma y
procedimientos a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los
audiovisuales, para el desarrollo descentralizado, en su caso, de las pruebas o de alguna
de sus fases.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Subdirección General de
Recursos Humanos e Inspección de Servicios, Paseo de la Castellana, n.º 63, 28071
Madrid, dirección de correo electrónico procesosselectivos@inclusion.gob.es
5.

Solicitudes

5.1 A las solicitudes de participación en el proceso selectivo y las tasas por
derechos de examen les será de aplicación lo establecido en el apartado Decimocuarto
de la Orden HFP /688/2017, de 20 de julio, así como el Real Decreto 203/2021, de 30
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos.

cve: BOE-A-2023-2179
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 23