I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-2097)
Acuerdo entre el Reino de España y la República Argentina sobre un programa de movilidad de jóvenes, hecho "Ad Referendum" en Buenos Aires el 10 de abril de 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22

Jueves 26 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 10703

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
2097

Acuerdo entre el Reino de España y la República Argentina sobre un
programa de movilidad de jóvenes, hecho «Ad Referendum» en Buenos Aires
el 10 de abril de 2018.

ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA ARGENTINA
SOBRE UN PROGRAMA DE MOVILIDAD DE JÓVENES
El Reino de España y la República Argentina, en adelante «las Partes»;
Interesadas en promover relaciones de estrecha cooperación entre ambos países;
Deseosas de proporcionar mayores oportunidades a sus nacionales, especialmente
a los jóvenes, para que puedan apreciar la cultura y la forma de vida cotidiana del otro
país y promover así el entendimiento mutuo entre ambas naciones;
Manifiestan su intención de crear las condiciones necesarias para que jóvenes del
Reino de España o de la República Argentina puedan viajar al Reino de España o a la
República Argentina por un tiempo prolongado y desempeñar empleos ocasionales o
ejercer actividades de voluntariado en el otro país para perfeccionar su formación
profesional y mejorar sus conocimientos de la cultura y la sociedad del país de acogida;
Convencidas de la importancia de facilitar la movilidad de los jóvenes;
Han llegado al siguiente Acuerdo sobre un Programa de Movilidad de Jóvenes, en
adelante «el Programa»:
Artículo 1.
1. El objeto del presente Acuerdo es establecer un Programa de Movilidad de
Jóvenes («el Programa») entre las Partes.
2. La finalidad del viaje de los participantes en el Programa podrá ser turística o de
adquisición de una experiencia personal, profesional, de voluntariado o de
profundización del conocimiento de la cultura y sociedad del otro país.
Artículo 2.

a. Ser nacionales españoles con residencia habitual en el Reino de España o
nacionales argentinos con residencia habitual en la República Argentina.
b. Estar en posesión de un pasaporte ordinario válido.
c. Tener entre dieciocho (18) y treinta y cinco (35) años de edad, ambos inclusive.
d. Estar en posesión de un título universitario, haber cursado al menos dos (2) años
de estudios universitarios o contar con un título equivalente de educación superior.
e. En ningún caso los beneficiarios podrán viajar acompañados por familiares a su
cargo.
f. Poseer un billete de vuelta o demostrar poseer los recursos materiales suficientes
para adquirirlo.

cve: BOE-A-2023-2097
Verificable en https://www.boe.es

El Reino de España otorgará a los nacionales argentinos el visado que corresponda
con una validez de doce (12) meses. La República Argentina otorgará a los nacionales
españoles, visados de Vacaciones y Trabajo con un plazo de permanencia de doce (12)
meses, a contar desde la primera entrada en el país. Para ser beneficiario de este tipo
de visados es necesario cumplir los siguientes requisitos en el momento de la
presentación de la solicitud: