I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Archivos históricos militares de la Armada. (BOE-A-2023-2025)
Real Decreto 33/2023, de 24 de enero, por el que se reordenan orgánicamente los archivos históricos militares de la Armada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21

Miércoles 25 de enero de 2023
b)

Sec. I. Pág. 10324

La sede «Juan Sebastián de Elcano», en la Villa de Madrid.

A partir de la entrada en vigor de este real decreto, el Archivo Histórico de la Armada
será el único archivo nacional de la Armada. Le corresponden, en su totalidad, las
funciones de archivo histórico de la Armada, que desarrollará en las instalaciones de las
sedes indicadas en este apartado.
5. Los fondos documentales del Archivo Histórico de la Armada serán aquellos que,
hasta la entrada en vigor de este real decreto, conformaban:
a) Los fondos documentales del Archivo General de la Marina «Álvaro de Bazán».
b) Los fondos documentales del Archivo del Museo Naval, salvo aquellos referidos
a la gestión de las piezas del Museo Naval y a su devenir histórico, que permanecerán
en dicho museo custodiados por su archivo de gestión. Los fondos documentales
donados expresamente al Museo Naval seguirán asignados a dicho museo conforme
establece la normativa vigente, custodiándose en régimen de depósito por el Archivo
Histórico de la Armada.
c) Los fondos históricos del Archivo General del Cuartel General de la Armada.
Disposición adicional primera.

Relación de puestos de trabajo.

Las unidades administrativas y puestos de trabajo actualmente existentes en los
archivos históricos de la Armada serán reorganizados como unidades y puestos del
Archivo Histórico de la Armada, trasladándose dicha reorganización a la Relación de
puestos de trabajo del Ministerio de Defensa.
Disposición adicional segunda.

No incremento del gasto.

Las medidas incluidas en esta norma no podrán suponer incremento de dotaciones ni
de retribuciones ni de otros gastos de personal.
Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 2598/1998, de 4 de diciembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Archivos Militares.
Se modifica la disposición adicional primera del Real Decreto 2598/1998, de 4 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Archivos Militares, como sigue:
1. El apartado f) queda redactado como «f) Archivo Histórico de la Armada».
2. El apartado g) queda redactado como «g) Archivo Histórico del Ejército del Aire y
del Espacio».
3. El apartado h) queda redactado como «h) Archivo General e Histórico de
Defensa».
Disposición final segunda.

Desarrollo normativo.

cve: BOE-A-2023-2025
Verificable en https://www.boe.es

Se autoriza a la persona titular del Ministerio de Defensa a dictar, en el ámbito de sus
competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de
este real decreto.