III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (BOE-A-2023-2074)
Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21
Miércoles 25 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 10590
Transformación y Resiliencia, dictada en aplicación de la disposición adicional centésima
décima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2023, y habiendo sido detectada una bandera roja consistente en
(descripción de la bandera roja, con la relación de solicitantes respecto de los cuales se
ha detectado la misma) me reitero en que no existe ninguna situación que pueda
suponer un conflicto de interés que comprometa mi actuación objetiva en el
procedimiento.
ANEXO III
Reglas para la selección de solicitudes a someter al análisis de riesgo de conflicto
de interés en el caso de procedimientos de concesión de subvenciones de
concurrencia masiva
En el caso de subvenciones de concurrencia masiva (más de cien solicitudes) el
análisis de riesgo de conflicto de interés se realizará, a partir de lo que establezcan la
orden de bases reguladora o la convocatoria concreta de concesión de subvenciones, de
la siguiente manera:
A) No existe la posibilidad de que ninguna de las subvenciones finalmente
otorgadas superen los 10.000 euros: en este caso, el órgano responsable de la
operación podrá optar por aplicar el análisis del riesgo de conflicto de interés para todos
los solicitantes, o bien seleccionará un conjunto de cien solicitudes para su
comprobación de la siguiente manera:
1. Se ordenarán todas las solicitudes por orden fecha y hora de entrada.
2. El número total de solicitudes se divide por 100 para obtener el rango de los
intervalos que determinará la selección de las solicitudes a comprobar, redondeando al
número entero inferior en caso de que existan decimales.
3. Se seleccionará la primera solicitud y a continuación, las que ocupen el orden
resultante de sumar sucesivamente el rango de intervalo obtenido, hasta alcanzar las
cien solicitudes. El responsable de la operación deberá mantener la correspondiente
pista de auditoría relativa a los solicitantes seleccionados para la comprobación,
documentando debidamente el proceso seguido para tal selección.
A título enunciativo con el fin de facilitar la aplicación del sistema, se propone un
ejemplo en el que partiendo de un supuesto en que se presentaran 3.532 solicitudes, se
dividirían por cien para obtener 35,32. Al ser un número no entero, se redondearía al
número entero inferior, en este caso 35. De esta forma se seleccionaría la solicitud
número 1, la solicitud número 36, la solicitud número 71, la solicitud número 106, y así
sucesivamente hasta completar 100 solicitudes.
cve: BOE-A-2023-2074
Verificable en https://www.boe.es
B) Existe la posibilidad de que alguna de las subvenciones finalmente otorgadas
con cargo a una determinada convocatoria supere los 10.000 euros: en este caso se
chequearán el 100% de solicitudes, independientemente de la cuantía finalmente
otorgada para cada una de ellas.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 21
Miércoles 25 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 10590
Transformación y Resiliencia, dictada en aplicación de la disposición adicional centésima
décima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2023, y habiendo sido detectada una bandera roja consistente en
(descripción de la bandera roja, con la relación de solicitantes respecto de los cuales se
ha detectado la misma) me reitero en que no existe ninguna situación que pueda
suponer un conflicto de interés que comprometa mi actuación objetiva en el
procedimiento.
ANEXO III
Reglas para la selección de solicitudes a someter al análisis de riesgo de conflicto
de interés en el caso de procedimientos de concesión de subvenciones de
concurrencia masiva
En el caso de subvenciones de concurrencia masiva (más de cien solicitudes) el
análisis de riesgo de conflicto de interés se realizará, a partir de lo que establezcan la
orden de bases reguladora o la convocatoria concreta de concesión de subvenciones, de
la siguiente manera:
A) No existe la posibilidad de que ninguna de las subvenciones finalmente
otorgadas superen los 10.000 euros: en este caso, el órgano responsable de la
operación podrá optar por aplicar el análisis del riesgo de conflicto de interés para todos
los solicitantes, o bien seleccionará un conjunto de cien solicitudes para su
comprobación de la siguiente manera:
1. Se ordenarán todas las solicitudes por orden fecha y hora de entrada.
2. El número total de solicitudes se divide por 100 para obtener el rango de los
intervalos que determinará la selección de las solicitudes a comprobar, redondeando al
número entero inferior en caso de que existan decimales.
3. Se seleccionará la primera solicitud y a continuación, las que ocupen el orden
resultante de sumar sucesivamente el rango de intervalo obtenido, hasta alcanzar las
cien solicitudes. El responsable de la operación deberá mantener la correspondiente
pista de auditoría relativa a los solicitantes seleccionados para la comprobación,
documentando debidamente el proceso seguido para tal selección.
A título enunciativo con el fin de facilitar la aplicación del sistema, se propone un
ejemplo en el que partiendo de un supuesto en que se presentaran 3.532 solicitudes, se
dividirían por cien para obtener 35,32. Al ser un número no entero, se redondearía al
número entero inferior, en este caso 35. De esta forma se seleccionaría la solicitud
número 1, la solicitud número 36, la solicitud número 71, la solicitud número 106, y así
sucesivamente hasta completar 100 solicitudes.
cve: BOE-A-2023-2074
Verificable en https://www.boe.es
B) Existe la posibilidad de que alguna de las subvenciones finalmente otorgadas
con cargo a una determinada convocatoria supere los 10.000 euros: en este caso se
chequearán el 100% de solicitudes, independientemente de la cuantía finalmente
otorgada para cada una de ellas.
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