III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-2021)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se incoa expediente de modificación y ampliación de la delimitación de la declaración de bien de interés cultural, en la categoría de monumento, a favor del edificio de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, en Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20
Martes 24 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 10282
El edificio que corresponde al número 15 de la calle Marqués de Cubas, formaba
parte, como ya se ha explicado, de la Real Casa del Vidrio. En realidad, no es ni fue un
edificio distinto, sino una parte de una única edificación que se vio dividida en dos
portales a principios del siglo XX. Es en esta concepción unitaria de dos inmuebles que
en su origen conformaron un único edificio donde radica el interés de ampliación de la
declaración de Bien de Interés Cultural que ya ostenta el número 13 de la calle Marqués
de Cubas desde 1998.
– Enumeración de partes integrantes.
Integran esta ampliación, además de la parte del edificio histórico a la que se hace
referencia en párrafos anteriores, los bienes muebles de carácter histórico-artístico
asociados a la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, así como su biblioteca y
archivo, cuyo control y supervisión queda encomendada a la propia institución según los
preceptos establecidos por la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico
Español para bienes de esta categoría.
– Criterios de intervención.
Los criterios de intervención, tanto en la parte del edificio histórico declarada Bien de
Interés Cultural por Real Decreto de 27 de febrero de 1998 como en aquella afectada por
la presente ampliación, quedarán supeditados al régimen normativo establecido por la
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español para los bienes de esta
categoría; así a como a los criterios recogidos en la declaración objeto de esta
ampliación.
– Delimitación del bien.
El inmueble objeto de esta ampliación corresponde con la finca número 81781 según
el Registro de la Propiedad número 2 de Madrid, con número de referencia IFIDUR:
28089000248342. La finca, con naturaleza de casa según la ficha del Registro de la
Propiedad, está situada en la calle Marqués de Cubas número 15, con referencia
catastral 1144409VK4714E0001PZ, cuyos linderos son: al frente la calle Marqués de
Cubas, la finca correspondiente a Marqués de Cubas, 13 por la izquierda, la finca
correspondiente a la calle Zorrilla, 25 por la derecha, y la finca de la calle Zorrilla 27 al
fondo; titularidad de la Administración General de Estado.
Los elementos que bajo la figura de Bien de Interés Cultural se considera necesario
proteger están constituidos por el edificio mencionado cuya delimitación viene definida
por las siguientes coordenadas U.T.M. Huso: 30 ETRS89:
441011.43
4474295.66
441015.08
4474296.16
441015.55
4474292.50
441015.67
4474291.53
441016.99
4474281.44
441017.05
4474281.00
441018.17
4474272.62
441014.80
4474272.50
441002.64
4474272.12
440999.71
4474272.03
440997.05
4474292.50
cve: BOE-A-2023-2021
Verificable en https://www.boe.es
Coordenada X Coordenada Y
Núm. 20
Martes 24 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 10282
El edificio que corresponde al número 15 de la calle Marqués de Cubas, formaba
parte, como ya se ha explicado, de la Real Casa del Vidrio. En realidad, no es ni fue un
edificio distinto, sino una parte de una única edificación que se vio dividida en dos
portales a principios del siglo XX. Es en esta concepción unitaria de dos inmuebles que
en su origen conformaron un único edificio donde radica el interés de ampliación de la
declaración de Bien de Interés Cultural que ya ostenta el número 13 de la calle Marqués
de Cubas desde 1998.
– Enumeración de partes integrantes.
Integran esta ampliación, además de la parte del edificio histórico a la que se hace
referencia en párrafos anteriores, los bienes muebles de carácter histórico-artístico
asociados a la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, así como su biblioteca y
archivo, cuyo control y supervisión queda encomendada a la propia institución según los
preceptos establecidos por la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico
Español para bienes de esta categoría.
– Criterios de intervención.
Los criterios de intervención, tanto en la parte del edificio histórico declarada Bien de
Interés Cultural por Real Decreto de 27 de febrero de 1998 como en aquella afectada por
la presente ampliación, quedarán supeditados al régimen normativo establecido por la
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español para los bienes de esta
categoría; así a como a los criterios recogidos en la declaración objeto de esta
ampliación.
– Delimitación del bien.
El inmueble objeto de esta ampliación corresponde con la finca número 81781 según
el Registro de la Propiedad número 2 de Madrid, con número de referencia IFIDUR:
28089000248342. La finca, con naturaleza de casa según la ficha del Registro de la
Propiedad, está situada en la calle Marqués de Cubas número 15, con referencia
catastral 1144409VK4714E0001PZ, cuyos linderos son: al frente la calle Marqués de
Cubas, la finca correspondiente a Marqués de Cubas, 13 por la izquierda, la finca
correspondiente a la calle Zorrilla, 25 por la derecha, y la finca de la calle Zorrilla 27 al
fondo; titularidad de la Administración General de Estado.
Los elementos que bajo la figura de Bien de Interés Cultural se considera necesario
proteger están constituidos por el edificio mencionado cuya delimitación viene definida
por las siguientes coordenadas U.T.M. Huso: 30 ETRS89:
441011.43
4474295.66
441015.08
4474296.16
441015.55
4474292.50
441015.67
4474291.53
441016.99
4474281.44
441017.05
4474281.00
441018.17
4474272.62
441014.80
4474272.50
441002.64
4474272.12
440999.71
4474272.03
440997.05
4474292.50
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