III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Premios. (BOE-A-2023-2012)
Orden DEF/52/2023, de 19 de enero, por la que se convoca el Premio "Fidel Pagés Miravé" en su XII edición.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20
Martes 24 de enero de 2023
Artículo 5.
Sec. III. Pág. 10232
Normas generales de la convocatoria.
1. Podrán concurrir a este premio las personas físicas, españolas o extranjeras, a
título individual o integradas en grupos de trabajo que cumplan los requisitos
establecidos en el artículo 2 de la Orden DEF/703/2019, de 19 de junio.
2. Los trabajos que se presenten habrán de ser originales, estar referidos a temas
relacionados con Ciencias de la Salud o en Ciencia Histórica de la Sanidad Militar, con
especial exigencia a la metodología científica de investigación y que se base, en su
mayor parte, en fuentes primarias.
3. El órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento es la Inspección
General de Sanidad de la Defensa dependiente de la Subsecretaría de Defensa.
4. Los trabajos que se presenten habrán de ser originales, en idioma español o
inglés y lo harán atendiendo a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
soporte informático o papel, según se indica en los apartados siguientes.
5. Las personas solicitantes únicamente podrán concurrir con un proyecto, obra o
trabajo al Premio «Fidel Pagés Miravé», aun en el caso de coautoría de la obra.
6. Los trabajos presentados tendrán una extensión máxima, incluidas bibliografía y
referencias, de cien (100) folios DIN A-4, a una (1) cara, en caracteres de letra «Arial» tamaño
doce (12), con márgenes superior/inferior/derecho/izquierdo de dos y medio (2,5) cm.
7. La Inspección General Sanidad de la Defensa podrá requerir a la persona
solicitante copias totales o parciales en papel de los trabajos presentados para la
deliberación del jurado.
8. El texto íntegro de la convocatoria estará disponible a través del Sistema
Nacional de Publicidad de Subvenciones (Base de Datos Nacional de Subvenciones), en
el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa y en la
página web del Portal de Cultura de Defensa.
9. La participación en los premios supone la aceptación de las normas de esta
convocatoria.
Presentación de solicitudes, plazos y lugar de entrega. Causas de exclusión.
1. El modelo de solicitud para concurrir al premio que figura en el anexo I estará
también disponible en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica Central del Ministerio
de Defensa (https://sede.defensa.gob.es) y, adicionalmente, en la página web del Portal
de Cultura de Defensa [http://www.portalcultura.mde.es].
2. Las personas solicitantes podrán presentar sus solicitudes electrónicamente o en
papel según lo dispuesto en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo,
los solicitantes podrán elegir entre presentar sus solicitudes a través de la Sede Electrónica
Central del Ministerio de Defensa (http://sede.defensa.gob.es) o en cualquiera de los
lugares previstos en el artículo 16.4 de la citada ley. En la citada dirección de la Sede
Electrónica Central del Ministerio de Defensa se podrán consultar los sistemas de
identificación y firma electrónica admitidos. En el apartado correspondiente al procedimiento
al Premio «Fidel Pagés Miravé» se podrá cumplimentar electrónicamente la instancia de
solicitud, autorizar la consulta electrónica de documentos por el órgano instructor, así como
adjuntar copias digitalizadas de los documentos requeridos.
3. En el caso de que la solicitud se realice en soporte físico, deberá dirigirse a la
Inspección General de Sanidad de la Defensa («Hospital Central de la Defensa Gómez
Ulla, Centro Sanitario de Vida y Esperanza», glorieta del Ejército, núm. 1, 28047 Madrid).
4. El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días hábiles desde el día
siguiente a la publicación del extracto de esta orden ministerial en el «Boletín Oficial del
Estado».
5. A efectos del cómputo del plazo, para determinar la fecha de presentación de las
solicitudes que se presenten en soporte físico, se contabilizará desde su entrada en la
oficina de registro que figure en la instancia de solicitud. No se admitirán las solicitudes
en soporte físico que no vengan selladas de entrada por un registro público nacional.
cve: BOE-A-2023-2012
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 6.
Núm. 20
Martes 24 de enero de 2023
Artículo 5.
Sec. III. Pág. 10232
Normas generales de la convocatoria.
1. Podrán concurrir a este premio las personas físicas, españolas o extranjeras, a
título individual o integradas en grupos de trabajo que cumplan los requisitos
establecidos en el artículo 2 de la Orden DEF/703/2019, de 19 de junio.
2. Los trabajos que se presenten habrán de ser originales, estar referidos a temas
relacionados con Ciencias de la Salud o en Ciencia Histórica de la Sanidad Militar, con
especial exigencia a la metodología científica de investigación y que se base, en su
mayor parte, en fuentes primarias.
3. El órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento es la Inspección
General de Sanidad de la Defensa dependiente de la Subsecretaría de Defensa.
4. Los trabajos que se presenten habrán de ser originales, en idioma español o
inglés y lo harán atendiendo a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
soporte informático o papel, según se indica en los apartados siguientes.
5. Las personas solicitantes únicamente podrán concurrir con un proyecto, obra o
trabajo al Premio «Fidel Pagés Miravé», aun en el caso de coautoría de la obra.
6. Los trabajos presentados tendrán una extensión máxima, incluidas bibliografía y
referencias, de cien (100) folios DIN A-4, a una (1) cara, en caracteres de letra «Arial» tamaño
doce (12), con márgenes superior/inferior/derecho/izquierdo de dos y medio (2,5) cm.
7. La Inspección General Sanidad de la Defensa podrá requerir a la persona
solicitante copias totales o parciales en papel de los trabajos presentados para la
deliberación del jurado.
8. El texto íntegro de la convocatoria estará disponible a través del Sistema
Nacional de Publicidad de Subvenciones (Base de Datos Nacional de Subvenciones), en
el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa y en la
página web del Portal de Cultura de Defensa.
9. La participación en los premios supone la aceptación de las normas de esta
convocatoria.
Presentación de solicitudes, plazos y lugar de entrega. Causas de exclusión.
1. El modelo de solicitud para concurrir al premio que figura en el anexo I estará
también disponible en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica Central del Ministerio
de Defensa (https://sede.defensa.gob.es) y, adicionalmente, en la página web del Portal
de Cultura de Defensa [http://www.portalcultura.mde.es].
2. Las personas solicitantes podrán presentar sus solicitudes electrónicamente o en
papel según lo dispuesto en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo,
los solicitantes podrán elegir entre presentar sus solicitudes a través de la Sede Electrónica
Central del Ministerio de Defensa (http://sede.defensa.gob.es) o en cualquiera de los
lugares previstos en el artículo 16.4 de la citada ley. En la citada dirección de la Sede
Electrónica Central del Ministerio de Defensa se podrán consultar los sistemas de
identificación y firma electrónica admitidos. En el apartado correspondiente al procedimiento
al Premio «Fidel Pagés Miravé» se podrá cumplimentar electrónicamente la instancia de
solicitud, autorizar la consulta electrónica de documentos por el órgano instructor, así como
adjuntar copias digitalizadas de los documentos requeridos.
3. En el caso de que la solicitud se realice en soporte físico, deberá dirigirse a la
Inspección General de Sanidad de la Defensa («Hospital Central de la Defensa Gómez
Ulla, Centro Sanitario de Vida y Esperanza», glorieta del Ejército, núm. 1, 28047 Madrid).
4. El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días hábiles desde el día
siguiente a la publicación del extracto de esta orden ministerial en el «Boletín Oficial del
Estado».
5. A efectos del cómputo del plazo, para determinar la fecha de presentación de las
solicitudes que se presenten en soporte físico, se contabilizará desde su entrada en la
oficina de registro que figure en la instancia de solicitud. No se admitirán las solicitudes
en soporte físico que no vengan selladas de entrada por un registro público nacional.
cve: BOE-A-2023-2012
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 6.