I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Presupuestos. (BOE-A-2023-1960)
Ley 8/2022, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20
Martes 24 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 9979
Disposición adicional cuadragésima primera. Pago de cotizaciones de seguros
sociales.
Disposición adicional cuadragésima segunda. Procedimiento especial de provisión
de trabajo de cobertura perentoria.
Disposición adicional cuadragésima tercera. Modificación del texto refundido de la
Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón,
aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, del Gobierno de Aragón.
Disposición adicional cuadragésima cuarta. Ayuda directa a personas en situación
de vulnerabilidad económica.
Disposición adicional cuadragésima quinta. Autorización de incremento
extraordinario en la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital.
Disposición transitoria primera. Indemnizaciones por razón de servicio.
Disposición transitoria segunda. Subvenciones a cámaras agrarias de Aragón.
Disposición transitoria Tercera. Medidas temporales en materia de vivienda
protegida.
Disposición transitoria cuarta. Comisiones de servicios.
Disposición transitoria quinta. Efectos.
Disposición transitoria sexta. Medidas en materia de movilidad.
Disposición derogatoria.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
PREÁMBULO
El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2023 marca
el inicio de un nuevo ciclo presupuestario que se desarrollará en un contexto de
incertidumbre en la economía internacional, impuesto por el conflicto bélico entre Rusia y
Ucrania, la evolución de la situación geopolítica y sus efectos sobre los precios de la
energía y de las materias primas, y, ya en menor medida, por los últimos coletazos de la
crisis sanitaria del SARS-CoV-2.
Este presupuesto, que, al igual que el del ejercicio 2022, incorpora los créditos
necesarios para recoger el conjunto de actuaciones que, dentro del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, están previstas para este ejercicio, está
orientado a mantener el proceso de reactivación económica de la Comunidad Autónoma
de Aragón.
Fundamenta su marco normativo básico en nuestra Carta Magna, la Constitución
Española de 27 de diciembre de 1978, así como en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de
abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. De acuerdo con la
normativa autonómica, el presupuesto de la Comunidad Autónoma encuentra su
fundamento normativo en el Estatuto de Autonomía de Aragón, cuya reforma fue
aprobada mediante Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, y el texto refundido de la Ley de
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado mediante Decreto
Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, así como en la Ley 5/2012,
de 7 de junio, de Estabilidad Presupuestaria de Aragón.
En el ámbito de las reglas fiscales, la Comisión Europea (CE) y el Consejo Europeo
acordaron la extensión de la cláusula general de salvaguarda existente en el Pacto de
Estabilidad y Crecimiento (PEC) hasta 2023 por las excepcionales circunstancias
derivadas de la guerra de Ucrania.
Siguiendo la línea de actuación que mantiene la Unión Europea, España debe
mantener activa en 2023 la citada cláusula y así lo ha aprobado el Pleno del Congreso
de los Diputados el pasado 22 de septiembre, conforme a los artículos 135.4 de la
Constitución Española y 11.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.
cve: BOE-A-2023-1960
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 20
Martes 24 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 9979
Disposición adicional cuadragésima primera. Pago de cotizaciones de seguros
sociales.
Disposición adicional cuadragésima segunda. Procedimiento especial de provisión
de trabajo de cobertura perentoria.
Disposición adicional cuadragésima tercera. Modificación del texto refundido de la
Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón,
aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, del Gobierno de Aragón.
Disposición adicional cuadragésima cuarta. Ayuda directa a personas en situación
de vulnerabilidad económica.
Disposición adicional cuadragésima quinta. Autorización de incremento
extraordinario en la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital.
Disposición transitoria primera. Indemnizaciones por razón de servicio.
Disposición transitoria segunda. Subvenciones a cámaras agrarias de Aragón.
Disposición transitoria Tercera. Medidas temporales en materia de vivienda
protegida.
Disposición transitoria cuarta. Comisiones de servicios.
Disposición transitoria quinta. Efectos.
Disposición transitoria sexta. Medidas en materia de movilidad.
Disposición derogatoria.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
PREÁMBULO
El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2023 marca
el inicio de un nuevo ciclo presupuestario que se desarrollará en un contexto de
incertidumbre en la economía internacional, impuesto por el conflicto bélico entre Rusia y
Ucrania, la evolución de la situación geopolítica y sus efectos sobre los precios de la
energía y de las materias primas, y, ya en menor medida, por los últimos coletazos de la
crisis sanitaria del SARS-CoV-2.
Este presupuesto, que, al igual que el del ejercicio 2022, incorpora los créditos
necesarios para recoger el conjunto de actuaciones que, dentro del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, están previstas para este ejercicio, está
orientado a mantener el proceso de reactivación económica de la Comunidad Autónoma
de Aragón.
Fundamenta su marco normativo básico en nuestra Carta Magna, la Constitución
Española de 27 de diciembre de 1978, así como en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de
abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. De acuerdo con la
normativa autonómica, el presupuesto de la Comunidad Autónoma encuentra su
fundamento normativo en el Estatuto de Autonomía de Aragón, cuya reforma fue
aprobada mediante Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, y el texto refundido de la Ley de
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado mediante Decreto
Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, así como en la Ley 5/2012,
de 7 de junio, de Estabilidad Presupuestaria de Aragón.
En el ámbito de las reglas fiscales, la Comisión Europea (CE) y el Consejo Europeo
acordaron la extensión de la cláusula general de salvaguarda existente en el Pacto de
Estabilidad y Crecimiento (PEC) hasta 2023 por las excepcionales circunstancias
derivadas de la guerra de Ucrania.
Siguiendo la línea de actuación que mantiene la Unión Europea, España debe
mantener activa en 2023 la citada cláusula y así lo ha aprobado el Pleno del Congreso
de los Diputados el pasado 22 de septiembre, conforme a los artículos 135.4 de la
Constitución Española y 11.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.
cve: BOE-A-2023-1960
Verificable en https://www.boe.es
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