I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Presupuestos. (BOE-A-2023-1958)
Ley 16/2022, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20

Martes 24 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 9719

competente en materia de atención a la diversidad, así como el procedimiento para su
solicitud.
6. Los centros concertados seleccionados mediante convocatoria para la
implementación del programa de cooperación territorial para la orientación, el avance y el
enriquecimiento educativo PROA+ tendrán que desarrollar las actividades palanca que
les hayan sido concedidas con la finalidad de mejorar los resultados escolares de todo el
alumnado, especialmente de los más vulnerables, e incrementar el porcentaje de
alumnado que permanece en el sistema educativo.
Para su financiación, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
La dotación económica para la implementación del PROA+ se realizará a través del
apartado de «Otros Gastos» y será, por curso escolar, de hasta un máximo
de 30.000 euros para el desarrollo de las actividades palanca concedidas y de un
máximo de 60.000 para la contratación de personal complementario.
El servicio competente en materia de diversidad emitirá informe en el que se indiquen
las necesidades concretas de cada centro seleccionado conforme a lo descrito en el
párrafo anterior.
Además de lo anterior, excepcionalmente también podrán financiarse posibles
necesidades de personal docente en los centros concertados para atender el programa
PROA+, previo informe favorable del servicio competente en materia de diversidad. En
este caso, la financiación necesaria se realizará a través del pago delegado contemplado
en los conciertos educativos.
Si la necesidad de este personal docente para el curso 2022/2023 se hubiera
producido con anterioridad al 1 de enero de 2023, y previo informe favorable del servicio
competente en materia de diversidad, el coste de personal del periodo que abarque
desde su contratación efectiva por el centro concertado hasta el 31 de diciembre de 2022
se abonará retroactivamente a dicho centro como compensación por los abonos de
nómina realizados por este directamente al trabajador en virtud de un contrato laboral no
incluido en el concierto, al no haber podido acudir en ese momento a la figura jurídica del
pago delegado.
7. Los centros concertados que sean seleccionados para desarrollar acciones para
la promoción de Escuelas Saludables, en el marco de la convocatoria que efectúe la
Dirección General de Innovación Educativa, podrán percibir hasta un máximo
de 2.000 euros en concepto de «Otros gastos», para la compra del material necesario
para el desarrollo de las actividades objeto de dichas convocatorias.
Artículo 23.

Medidas relacionadas con la innovación educativa en centros concertados.

CAPÍTULO V
Otras normas de gestión presupuestaria
Artículo 24.

De otras retenciones de crédito.

1. Los créditos para gastos financiados con recursos afectados, así como los
nuevos límites autorizados en el marco de la regulación de los gastos plurianuales, se
destinarán exclusivamente a la finalidad específica para la que hayan sido autorizados.

cve: BOE-A-2023-1958
Verificable en https://www.boe.es

Los centros concertados que en el curso 2021/2022 hubieran implantado programas,
proyectos u otros instrumentos relacionados con la innovación educativa continuarán
siendo financiados por parte de la Administración educativa para la ejecución de los
mismos durante el curso 2022/2023. Dicha financiación estará condicionada a la
existencia de disponibilidades presupuestarias, así como al informe favorable de la
Dirección General de Innovación Educativa, en el que se compruebe el cumplimiento de
los objetivos de los proyectos implantados en centros concertados, de cara a su posible
continuidad en cursos posteriores.