III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1929)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Instalación de generación fotovoltaica denominada "FV Herradura" de 100 MWp, y su infraestructura de evacuación, en Jimena de la Frontera y Castellar de la Frontera (Cádiz)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9410
todo momento, así como los demás usos compatibles y complementarios según la
normativa vigente.
c)
Condiciones al PVA.
En virtud del análisis técnico realizado, el programa de vigilancia previsto en el EsIA,
debe completarse con los aspectos adicionales que se incorporan mediante esta
resolución. El objetivo del citado plan en sus distintas fases es garantizar el cumplimiento
de la totalidad de las medidas preventivas y correctoras descritas, a través de un
seguimiento de la eficacia de dichas medidas y sus criterios de aplicación, que se
consagrará en los correspondientes informes de vigilancia.
29. Antes del inicio de las obras, el promotor designará un coordinador ambiental,
adjuntando el currículum en el que se acredite la cualificación y experiencia en este tipo
de responsabilidades, que deberá realizar visitas periódicas a la obra durante la totalidad
de su duración. Para todos los seguimientos contemplados en el PVA se contará con
técnicos especializados en flora y fauna silvestres.
30. Se completará y presentará ante la Subdirección General de Evaluación
Ambiental del MITECO y el organismo competente de la Junta de Andalucía, además de
ante el órgano sustantivo, el PVA completo. Este PVA establecerá la obligación de emitir,
al menos:
El informe de final de obra y el informe anual de seguimiento serán remitidos a la
Subdirección General de Evaluación Ambiental del MITECO y al organismo competente
de la Junta de Andalucía, además de al órgano sustantivo.
31. Se completará y presentará ante el organismo competente de la Junta de
Andalucía, el programa anual de vigilancia de aves dentro del PVA, en el que se
incorporará la metodología del seguimiento y su cronograma. Para el seguimiento de la
fauna se empleará una metodología análoga a la empleada en los trabajos de campo del
estudio de impacto ambiental y de la prospección previa a la obra, con el objetivo de que
los datos obtenidos en el seguimiento sean comparables con los de las prospecciones
previas a la ejecución del proyecto.
Este programa incluirá, entre otros controles, el seguimiento de las zanjas abiertas
durante las obras para detectar y liberar animales atrapados; el seguimiento del uso de
las parcelas por aves rapaces y necrófagas, y de la presencia y reproducción de otras
aves, como las acuáticas y otros grupos de fauna, como los anfibios; y el seguimiento de
los accidentes de la fauna con el vallado perimetral, o con otros elementos de la planta.
Además, deberá realizarse un plan de seguimiento de las medidas compensatorias,
que permita constatar su eficacia para, en su caso, modificarlas para poder conseguir los
objetivos planteados. Este seguimiento se hará durante toda la vida útil de la instalación.
La autorización del proyecto incluirá el programa de seguimiento y vigilancia
ambiental completado con las prescripciones anteriores.
2.
Conclusión sobre evaluación de repercusiones sobre la Red Natura 2000
La planta solar fotovoltaica, según el EsIA, se ubica fuera del ámbito de las figuras de
protección presentes en el entorno, pero adyacentes a éstas, como son La Reserva de la
Biosfera Intercontinental del Mediterráneo Andalucía (España)-Marruecos (RBIM),
ZEC/ZEPA Los Alcornocales (ES0000049), Parque Natural de Los Alcornocales) y LIC
Ríos Guadiaro y Hozgarganta (ES6120031). Sin embargo, la línea de evacuación
cve: BOE-A-2023-1929
Verificable en https://www.boe.es
– Un informe trimestral de seguimiento durante la fase de obras.
– Un informe al final de la obra con el detalle de todas las medidas ejecutadas y su
resultado.
– Un informe anual de seguimiento de la fase de explotación, que se elaborará
durante toda la vida útil de la instalación y en el que se incluirán los resultados del
seguimiento de, al menos, la fauna, la vegetación, y la efectividad de las medidas
preventivas, correctoras y compensatorias.
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9410
todo momento, así como los demás usos compatibles y complementarios según la
normativa vigente.
c)
Condiciones al PVA.
En virtud del análisis técnico realizado, el programa de vigilancia previsto en el EsIA,
debe completarse con los aspectos adicionales que se incorporan mediante esta
resolución. El objetivo del citado plan en sus distintas fases es garantizar el cumplimiento
de la totalidad de las medidas preventivas y correctoras descritas, a través de un
seguimiento de la eficacia de dichas medidas y sus criterios de aplicación, que se
consagrará en los correspondientes informes de vigilancia.
29. Antes del inicio de las obras, el promotor designará un coordinador ambiental,
adjuntando el currículum en el que se acredite la cualificación y experiencia en este tipo
de responsabilidades, que deberá realizar visitas periódicas a la obra durante la totalidad
de su duración. Para todos los seguimientos contemplados en el PVA se contará con
técnicos especializados en flora y fauna silvestres.
30. Se completará y presentará ante la Subdirección General de Evaluación
Ambiental del MITECO y el organismo competente de la Junta de Andalucía, además de
ante el órgano sustantivo, el PVA completo. Este PVA establecerá la obligación de emitir,
al menos:
El informe de final de obra y el informe anual de seguimiento serán remitidos a la
Subdirección General de Evaluación Ambiental del MITECO y al organismo competente
de la Junta de Andalucía, además de al órgano sustantivo.
31. Se completará y presentará ante el organismo competente de la Junta de
Andalucía, el programa anual de vigilancia de aves dentro del PVA, en el que se
incorporará la metodología del seguimiento y su cronograma. Para el seguimiento de la
fauna se empleará una metodología análoga a la empleada en los trabajos de campo del
estudio de impacto ambiental y de la prospección previa a la obra, con el objetivo de que
los datos obtenidos en el seguimiento sean comparables con los de las prospecciones
previas a la ejecución del proyecto.
Este programa incluirá, entre otros controles, el seguimiento de las zanjas abiertas
durante las obras para detectar y liberar animales atrapados; el seguimiento del uso de
las parcelas por aves rapaces y necrófagas, y de la presencia y reproducción de otras
aves, como las acuáticas y otros grupos de fauna, como los anfibios; y el seguimiento de
los accidentes de la fauna con el vallado perimetral, o con otros elementos de la planta.
Además, deberá realizarse un plan de seguimiento de las medidas compensatorias,
que permita constatar su eficacia para, en su caso, modificarlas para poder conseguir los
objetivos planteados. Este seguimiento se hará durante toda la vida útil de la instalación.
La autorización del proyecto incluirá el programa de seguimiento y vigilancia
ambiental completado con las prescripciones anteriores.
2.
Conclusión sobre evaluación de repercusiones sobre la Red Natura 2000
La planta solar fotovoltaica, según el EsIA, se ubica fuera del ámbito de las figuras de
protección presentes en el entorno, pero adyacentes a éstas, como son La Reserva de la
Biosfera Intercontinental del Mediterráneo Andalucía (España)-Marruecos (RBIM),
ZEC/ZEPA Los Alcornocales (ES0000049), Parque Natural de Los Alcornocales) y LIC
Ríos Guadiaro y Hozgarganta (ES6120031). Sin embargo, la línea de evacuación
cve: BOE-A-2023-1929
Verificable en https://www.boe.es
– Un informe trimestral de seguimiento durante la fase de obras.
– Un informe al final de la obra con el detalle de todas las medidas ejecutadas y su
resultado.
– Un informe anual de seguimiento de la fase de explotación, que se elaborará
durante toda la vida útil de la instalación y en el que se incluirán los resultados del
seguimiento de, al menos, la fauna, la vegetación, y la efectividad de las medidas
preventivas, correctoras y compensatorias.