III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1943)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta híbrida fotovoltaica Dehesilla II", en los términos municipales de Trigueros del Valle (Valladolid) y Ampudia (Palencia).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9625
Las instalaciones en el área de estudio (15 km en torno a la SET Esquileo) son:
– Nueve parques eólicos (PPEE) construidos (188 aerogeneradores): Esquileo I,
Dehesilla I, Dehesilla II, Alconada, La muñeca, Cuesta Mañera, Corralnuevo, Navillas, El
Castre.
– Ocho PPEE autorizados o en tramitación (83 aerogeneradores): Navahonda Norte,
Navabuena Sur, Cerrato VI, Valparaiso, Las Quemadillas, Pinta y Guindalera.
– Una pequeña fotovoltaica construida: Teso Lotero.
– Ocho Plantas fotovoltaicas en tramitación: Navabuena, Andarríos Solar, Peñaflor,
Mudarra, Medina de Rio Seco, Pegaso Solar, MudarraI, Mudarra II.
Las infraestructuras de evacuación (subestaciones y líneas eléctricas) vinculadas a
las instalaciones (parques y plantas solares fotovoltaicas) son:
– Once LAT autorizadas o en tramitación (nueve de ellas subterráneas y una aéro‐
subterráneas): Lat Las Quemadillas‐Hontoria, Lat Valparaíso‐Las Quemadillas, Lat
Cerrato VI, Lat Pinta‐Guindaleda, LSAT 400kV Navabuena, LSAT 132kV Navabuena,
LSAT 30kV Navabuena, LAST 66 KV SET Andarríos‐SET Oliva, LMT 30 PFV Peñaflor,
Mudarra y Medina de Rioseco, LAST Pegaso, LSAT 400kV SET Oliva‐SET La Mudarra.
– Once SET autorizadas o en tramitación: Set Cerrato 6, SETS Navabuena (2), Set
Valparaíso, Set Pinta y Guindalera, Set Entronque Villalba, SET Oliva, SET Andarríos,
SET Pegaso, Set Mudarra Ampliación, SET Quemadillas, Subestación ABEI 30/66 kV.
Otras líneas eléctricas aéreas y subestaciones presentes en el área de estudio de 15
km de radio.
– Ocho LAT existentes (seis de ellas subterráneas) vinculadas a las instalaciones
(parques y plantas solares fotovoltaicas) anteriormente enumeradas: LAT Esquileo-LAT
Ampudia, LAT Ampudia-LAT Grijota, 24 LAT, LAST PE Corralnuevo, LAST pe Navillas,
LAST Mudarra SUR, LAST Navabuena Norte y sur, LAST Cuesta Mañera, La Muñeca y
LE Castre, LAST PE Matilla.
– LAT existentes recogidas en la cartografía IGN 25.000 (27).
– Cinco Subestaciones existentes: Set Esquileo, SET Ampudia, SET La
Mudarra 220kV, SET Navillas, SET Corralnuevo.
El conjunto de las plantas fotovoltaicas incluidas en el ámbito de estudio ocupará una
superficie de terreno superior a las 2.000 ha.
El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y el Plan de Vigilancia contemplados en el estudio de impacto ambiental,
en tanto no contradigan la presente resolución, y las siguientes condiciones:
Al tratarse de parte de un proyecto de hibridación, las medidas y condiciones deben
ir acordes en su conjunto, coordinadas y relacionadas en lo posible con las establecidas
para la parte eólica del proyecto. Además, al estar lindando con el proyecto de
hibridación dehesillas II y compartir infraestructuras, deberán coordinar las medidas
establecidas.
Si se detectase algún impacto no analizado o cuya magnitud fuera superior a la
evaluada, se comunicará al órgano autonómico competente para la determinación de la
forma de proceder.
El trazado de la línea soterrada que se proponga debe aprovechar caminos y otras
vías de comunicación para que la afección sobre los valores naturales se minimice. El
soterramiento de la línea de evacuación en los terrenos afectados por los Montes de
Utilidad Pública (MUP n.º 415 Torozos y n.º 416 Abajo o Montecillo) deberá hacerse
mediante perforación dirigida y adaptándose a los caminos ya existentes que se
encuentran realizados para los parques eólicos Dehesillas I y II, con los que se va a
hibridar. Asimismo, las líneas interiores de las instalaciones fotovoltaicas deberán ser
soterradas.
cve: BOE-A-2023-1943
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9625
Las instalaciones en el área de estudio (15 km en torno a la SET Esquileo) son:
– Nueve parques eólicos (PPEE) construidos (188 aerogeneradores): Esquileo I,
Dehesilla I, Dehesilla II, Alconada, La muñeca, Cuesta Mañera, Corralnuevo, Navillas, El
Castre.
– Ocho PPEE autorizados o en tramitación (83 aerogeneradores): Navahonda Norte,
Navabuena Sur, Cerrato VI, Valparaiso, Las Quemadillas, Pinta y Guindalera.
– Una pequeña fotovoltaica construida: Teso Lotero.
– Ocho Plantas fotovoltaicas en tramitación: Navabuena, Andarríos Solar, Peñaflor,
Mudarra, Medina de Rio Seco, Pegaso Solar, MudarraI, Mudarra II.
Las infraestructuras de evacuación (subestaciones y líneas eléctricas) vinculadas a
las instalaciones (parques y plantas solares fotovoltaicas) son:
– Once LAT autorizadas o en tramitación (nueve de ellas subterráneas y una aéro‐
subterráneas): Lat Las Quemadillas‐Hontoria, Lat Valparaíso‐Las Quemadillas, Lat
Cerrato VI, Lat Pinta‐Guindaleda, LSAT 400kV Navabuena, LSAT 132kV Navabuena,
LSAT 30kV Navabuena, LAST 66 KV SET Andarríos‐SET Oliva, LMT 30 PFV Peñaflor,
Mudarra y Medina de Rioseco, LAST Pegaso, LSAT 400kV SET Oliva‐SET La Mudarra.
– Once SET autorizadas o en tramitación: Set Cerrato 6, SETS Navabuena (2), Set
Valparaíso, Set Pinta y Guindalera, Set Entronque Villalba, SET Oliva, SET Andarríos,
SET Pegaso, Set Mudarra Ampliación, SET Quemadillas, Subestación ABEI 30/66 kV.
Otras líneas eléctricas aéreas y subestaciones presentes en el área de estudio de 15
km de radio.
– Ocho LAT existentes (seis de ellas subterráneas) vinculadas a las instalaciones
(parques y plantas solares fotovoltaicas) anteriormente enumeradas: LAT Esquileo-LAT
Ampudia, LAT Ampudia-LAT Grijota, 24 LAT, LAST PE Corralnuevo, LAST pe Navillas,
LAST Mudarra SUR, LAST Navabuena Norte y sur, LAST Cuesta Mañera, La Muñeca y
LE Castre, LAST PE Matilla.
– LAT existentes recogidas en la cartografía IGN 25.000 (27).
– Cinco Subestaciones existentes: Set Esquileo, SET Ampudia, SET La
Mudarra 220kV, SET Navillas, SET Corralnuevo.
El conjunto de las plantas fotovoltaicas incluidas en el ámbito de estudio ocupará una
superficie de terreno superior a las 2.000 ha.
El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y el Plan de Vigilancia contemplados en el estudio de impacto ambiental,
en tanto no contradigan la presente resolución, y las siguientes condiciones:
Al tratarse de parte de un proyecto de hibridación, las medidas y condiciones deben
ir acordes en su conjunto, coordinadas y relacionadas en lo posible con las establecidas
para la parte eólica del proyecto. Además, al estar lindando con el proyecto de
hibridación dehesillas II y compartir infraestructuras, deberán coordinar las medidas
establecidas.
Si se detectase algún impacto no analizado o cuya magnitud fuera superior a la
evaluada, se comunicará al órgano autonómico competente para la determinación de la
forma de proceder.
El trazado de la línea soterrada que se proponga debe aprovechar caminos y otras
vías de comunicación para que la afección sobre los valores naturales se minimice. El
soterramiento de la línea de evacuación en los terrenos afectados por los Montes de
Utilidad Pública (MUP n.º 415 Torozos y n.º 416 Abajo o Montecillo) deberá hacerse
mediante perforación dirigida y adaptándose a los caminos ya existentes que se
encuentran realizados para los parques eólicos Dehesillas I y II, con los que se va a
hibridar. Asimismo, las líneas interiores de las instalaciones fotovoltaicas deberán ser
soterradas.
cve: BOE-A-2023-1943
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 19