III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1940)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Elawan Ayora IV" en los términos municipales de Carcelén (Albacete) y Jarafuel y Zarra (Valencia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 23 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 9584

En relación a los residuos peligrosos, en la fase de construcción, no se prevén
grandes cantidades. Estos residuos peligrosos serán productos accesorios utilizados en
diversas actuaciones (aceites, pinturas, disolventes, etc.) que serán almacenados,
utilizados y gestionados según las normas técnicas y la normativa vigente. Se indica en
el EsIA que se habilitará una zona de recogida con impermeabilización de la base (uso
de cubetos o celdas confinantes con material impermeable) para evitar el contacto de los
residuos, sobre todo los peligrosos, con el suelo desnudo. Por otro lado, se evitarán
vertidos de hormigón por la limpieza incontrolada de las cubas en zonas no habilitadas
para ello.
No se generan residuos peligrosos durante la operación de la planta, salvo
accidentes en la maquinaria y vehículos utilizados en obra y pueden generarse
pequeñas cantidades de material eléctrico, restos de soldadura y plásticos y cartones
procedentes del desembalaje de equipos.
Durante la vida de la instalación resulta necesario sustituir equipos como inversores,
motores eléctricos de los seguidores o partes de los mimos, de modo que las piezas
serán retiradas por la empresa encargada del mantenimiento.
5.

Afección por utilización de recursos naturales.

Los únicos consumos significativos de agua se producirán en la fase de construcción
y desmantelamiento por el personal. El agua industrial en la construcción será destinada
a humectar los materiales que puedan producir material particulado, previo a su
transporte. El abastecimiento de dicha agua se realizará mediante camiones aljibes, sin
necesidad de instalación auxiliar. Se considera un consumo estimado de agua industrial
de 0,5 m3/día.
Durante la fase de operación, el único consumo significativo de agua se producirá,
como consecuencia de la limpieza de paneles solares, y del uso del agua en el edificio
de control (oficina/aseos). El agua empleada en las tareas de limpieza se suministrará
mediante camión cisterna y se almacenará en un depósito habilitado.
Las parcelas ocupadas perderán su uso agrícola y se podrá afectar a parcelas
próximas y a su producción, por efecto del polvo de las máquinas. La planta en proyecto
supone la ocupación de 24,78 ha de terreno de labor
Afección al patrimonio cultural.

Consta en el expediente, que se ha solicitado autorización al Servicio Patrimonio y
Arqueología, de la Consejería y Educación, Cultura y Deportes de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha y al Servicio Patrimonio y Arqueología, de la
Consejería y Educación, Cultura y Deportes de la Comunidad Valenciana, para la
realización de los trabajos arqueológicos, incluida una prospección arqueológica
superficial, con motivo de la construcción de la PSFV Elawan Ayora IV, y de su sistema
de evacuación asociado. Asimismo, se aporta autorización para la prospección
arqueológica (sin sondeos) de la Consejería de Educación, cultura y Deportes de la
Delegación Provincial de Albacete de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y
un informe de prospección arqueológica del proyecto de instalación de planta solar
fotovoltaica Elawan Ayora III y Elawan Ayora IV en el polígono 506, parcela 5020.
Como conclusiones se señala que sólo se han detectado algunos fragmentos en muy
baja concentración de cerámicas posiblemente de adscripción romana (Hierro II) y de
época moderna-contemporánea, junto con algunas piezas líticas de Prehistoria reciente,
de forma aislada y en muy baja concentración. Por otro lado, en la zona de inclusión del
ámbito de Protección A.2 Casas de Juan Gil, no se ha detectado la presencia de material
arqueológico en superficie ni estructura alguna asociada. Se incluye, para que no se
produzcan afecciones, la necesidad de aplicación de medidas preventivas y correctoras,
como es la supervisión de todos los movimientos de tierra por parte de un técnico
arqueólogo.

cve: BOE-A-2023-1940
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6.