III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-1949)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Valenciana, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9663
TR50600-99-1 "Instalaciones e infraestructuras de centros de datos - Parte 99-1:
Prácticas recomendadas para la gestión energética».
Los equipos no contendrán las sustancias restringidas enumeradas en el anexo II de
la Directiva 2011/65/UE, excepto cuando los valores de concentración en peso en
materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo. Al final de su vida
útil, el equipo se someterá a una preparación para operaciones de reutilización,
recuperación o reciclaje, o un tratamiento adecuado, incluida la eliminación de todos los
fluidos y un tratamiento selectivo de acuerdo con el Anexo VII de la
Directiva 2012/19/UE.
g) Gastos de arrendamiento de bienes inmuebles y muebles para la realización de
las actividades del proyecto, siempre que exista una relación clara y directa entre dicho
alquiler y los objetivos del proyecto, y se motive debidamente su necesidad. Comprende
los gastos de arrendamiento de aulas, talleres y otras superficies utilizadas en la
ejecución del programa, correspondientes única y exclusivamente al periodo
subvencionable.
II. Podrán imputarse a las actuaciones subvencionadas costes indirectos según lo
establecido en el artículo 31.9 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el artículo 83.3 de
su reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, el
Reglamento (UE) número 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y
cualquier otra normativa que resulte aplicable en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia. Los gastos indirectos subvencionables no podrán superar,
en conjunto, el límite máximo del diez por ciento de los gastos directos justificados, sin
que sea precisa su justificación documental. No obstante, estos gastos se acreditarán
mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad, en la
que se describirán los tipos de gastos incluidos y los importes destinados a cada uno de
ellos. Podrán imputarse como gastos indirectos los gastos de gestión y administración
vinculados con la ejecución del proyecto.
III. Otros costes no contemplados en los anteriores apartados que de forma
indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten
estrictamente necesarios y se realicen en el plazo de ejecución de la actividad.
3. Será de aplicación lo establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia respecto a la elegibilidad de los gastos
correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de cualesquiera de las
actuaciones relacionadas en el apartado anterior.
4. Serán financiables las actuaciones vinculadas al objeto del correspondiente
convenio que articule las subvenciones y que sean desarrolladas a partir del 1 de febrero
de 2020 hasta el 30 de noviembre de 2023 para la ejecución del itinerario objeto de la
subvención y hasta el 31 de marzo de 2024 para su evaluación, siempre y cuando
cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia.
Quinta. Cumplimiento de hitos y objetivos y otras obligaciones.
1. Estas ayudas estarán incluidas en la inversión C23.I7 «Fomento del crecimiento
inclusivo mediante la vinculación de las políticas de inclusión social al Ingreso Mínimo
Vital» dentro del Componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo
dinámico, resiliente e inclusivo» correspondiente al Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones. Las ayudas contribuirán al cumplimiento, ejecución y realización
del objetivo y los hitos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se
prevé que el objetivo a alcanzar para el período del Plan sea la suscripción de, al menos,
18 convenios para la realización y evaluación de proyectos piloto de inclusión social (el
cve: BOE-A-2023-1949
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9663
TR50600-99-1 "Instalaciones e infraestructuras de centros de datos - Parte 99-1:
Prácticas recomendadas para la gestión energética».
Los equipos no contendrán las sustancias restringidas enumeradas en el anexo II de
la Directiva 2011/65/UE, excepto cuando los valores de concentración en peso en
materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo. Al final de su vida
útil, el equipo se someterá a una preparación para operaciones de reutilización,
recuperación o reciclaje, o un tratamiento adecuado, incluida la eliminación de todos los
fluidos y un tratamiento selectivo de acuerdo con el Anexo VII de la
Directiva 2012/19/UE.
g) Gastos de arrendamiento de bienes inmuebles y muebles para la realización de
las actividades del proyecto, siempre que exista una relación clara y directa entre dicho
alquiler y los objetivos del proyecto, y se motive debidamente su necesidad. Comprende
los gastos de arrendamiento de aulas, talleres y otras superficies utilizadas en la
ejecución del programa, correspondientes única y exclusivamente al periodo
subvencionable.
II. Podrán imputarse a las actuaciones subvencionadas costes indirectos según lo
establecido en el artículo 31.9 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el artículo 83.3 de
su reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, el
Reglamento (UE) número 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y
cualquier otra normativa que resulte aplicable en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia. Los gastos indirectos subvencionables no podrán superar,
en conjunto, el límite máximo del diez por ciento de los gastos directos justificados, sin
que sea precisa su justificación documental. No obstante, estos gastos se acreditarán
mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad, en la
que se describirán los tipos de gastos incluidos y los importes destinados a cada uno de
ellos. Podrán imputarse como gastos indirectos los gastos de gestión y administración
vinculados con la ejecución del proyecto.
III. Otros costes no contemplados en los anteriores apartados que de forma
indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten
estrictamente necesarios y se realicen en el plazo de ejecución de la actividad.
3. Será de aplicación lo establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia respecto a la elegibilidad de los gastos
correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de cualesquiera de las
actuaciones relacionadas en el apartado anterior.
4. Serán financiables las actuaciones vinculadas al objeto del correspondiente
convenio que articule las subvenciones y que sean desarrolladas a partir del 1 de febrero
de 2020 hasta el 30 de noviembre de 2023 para la ejecución del itinerario objeto de la
subvención y hasta el 31 de marzo de 2024 para su evaluación, siempre y cuando
cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia.
Quinta. Cumplimiento de hitos y objetivos y otras obligaciones.
1. Estas ayudas estarán incluidas en la inversión C23.I7 «Fomento del crecimiento
inclusivo mediante la vinculación de las políticas de inclusión social al Ingreso Mínimo
Vital» dentro del Componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo
dinámico, resiliente e inclusivo» correspondiente al Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones. Las ayudas contribuirán al cumplimiento, ejecución y realización
del objetivo y los hitos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se
prevé que el objetivo a alcanzar para el período del Plan sea la suscripción de, al menos,
18 convenios para la realización y evaluación de proyectos piloto de inclusión social (el
cve: BOE-A-2023-1949
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 19