III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-1949)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Valenciana, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9658
la cooperación y colaboración con los departamentos ministeriales, las comunidades
autónomas, las entidades locales, las organizaciones empresariales y sindicales más
representativas, empresas colaboradoras, incluidas las empresas distinguidas con el
Sello de Inclusión Social, así como entidades del Tercer Sector de Acción Social.
Cuarto.
La Generalitat Valenciana tiene competencia exclusiva en virtud del artículo 49 de la
Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad
Valenciana, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149 de la Constitución Española,
en materia educativa, de asistencia y servicios sociales. Asimismo, al amparo del
artículo 7 del Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat, por el que
se determinan el número y la denominación de las consellerias y sus atribuciones, la
Conselleria de Educación, Cultura y Deporte tiene asignadas las competencias en
formación profesional reglada, cultura y promoción cultural, política lingüística y deporte.
Competencias que, de acuerdo con el Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell,
por el cual se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo
valenciano, la han de establecer y regular los principios y las actuaciones encaminadas
al desarrollo de un modelo inclusivo en el sistema educativo valenciano para hacer
efectivos los principios de equidad e igualdad de oportunidades en el acceso,
participación, permanencia y progreso de todo el alumnado, de manera que los centros
docentes se constituyan en elementos dinamizadores de la transformación social hacia
la igualdad y la plena inclusión de todas las personas, en especial de aquellas que se
encuentran en situación de mayor vulnerabilidad y en riesgo de exclusión.
Quinto.
Que al objeto de paliar el impacto económico y social provocado por la irrupción del
COVID-19 y apoyar la recuperación económica, el Consejo Europeo del 21 de julio
de 2020, consciente de la necesidad en este momento histórico de un esfuerzo sin
precedentes y de un planteamiento innovador que impulsen la convergencia, la
resiliencia y la transformación en la Unión Europea, acordó un paquete de medidas de
gran alcance.
Estas medidas aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 reforzado
y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation
EU»). Este Instrumento Europeo de Recuperación, implicará para España unos 140.000
millones de euros en forma de transferencias y préstamos para el periodo 2021-2023. La
instrumentación de la ejecución de los recursos financieros del Fondo Europeo de
Recuperación se realizará a través del Plan de Recuperación Transformación y
Resiliencia. Los proyectos que constituyen dicho Plan permitirán la realización de
reformas estructurales los próximos años, mediante cambios normativos e inversiones, y,
por lo tanto, permitirán un cambio del modelo productivo para la recuperación de la
economía tras la pandemia causada por el COVID 19 y además una transformación
hacia una estructura más resiliente que permita que nuestro modelo sepa enfrentar con
éxito otras posibles crisis o desafíos en el futuro.
Que, en el marco del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social del
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones participa en el Componente 23
«Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo»,
encuadrado en el área política VII «Nueva economía de los cuidados y políticas de
empleo».
Entre las reformas e inversiones propuestas en este Componente 23 se incluye la
inversión C23.I7 Fomento del Crecimiento Inclusivo mediante la vinculación de las
cve: BOE-A-2023-1949
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9658
la cooperación y colaboración con los departamentos ministeriales, las comunidades
autónomas, las entidades locales, las organizaciones empresariales y sindicales más
representativas, empresas colaboradoras, incluidas las empresas distinguidas con el
Sello de Inclusión Social, así como entidades del Tercer Sector de Acción Social.
Cuarto.
La Generalitat Valenciana tiene competencia exclusiva en virtud del artículo 49 de la
Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad
Valenciana, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149 de la Constitución Española,
en materia educativa, de asistencia y servicios sociales. Asimismo, al amparo del
artículo 7 del Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat, por el que
se determinan el número y la denominación de las consellerias y sus atribuciones, la
Conselleria de Educación, Cultura y Deporte tiene asignadas las competencias en
formación profesional reglada, cultura y promoción cultural, política lingüística y deporte.
Competencias que, de acuerdo con el Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell,
por el cual se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo
valenciano, la han de establecer y regular los principios y las actuaciones encaminadas
al desarrollo de un modelo inclusivo en el sistema educativo valenciano para hacer
efectivos los principios de equidad e igualdad de oportunidades en el acceso,
participación, permanencia y progreso de todo el alumnado, de manera que los centros
docentes se constituyan en elementos dinamizadores de la transformación social hacia
la igualdad y la plena inclusión de todas las personas, en especial de aquellas que se
encuentran en situación de mayor vulnerabilidad y en riesgo de exclusión.
Quinto.
Que al objeto de paliar el impacto económico y social provocado por la irrupción del
COVID-19 y apoyar la recuperación económica, el Consejo Europeo del 21 de julio
de 2020, consciente de la necesidad en este momento histórico de un esfuerzo sin
precedentes y de un planteamiento innovador que impulsen la convergencia, la
resiliencia y la transformación en la Unión Europea, acordó un paquete de medidas de
gran alcance.
Estas medidas aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 reforzado
y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation
EU»). Este Instrumento Europeo de Recuperación, implicará para España unos 140.000
millones de euros en forma de transferencias y préstamos para el periodo 2021-2023. La
instrumentación de la ejecución de los recursos financieros del Fondo Europeo de
Recuperación se realizará a través del Plan de Recuperación Transformación y
Resiliencia. Los proyectos que constituyen dicho Plan permitirán la realización de
reformas estructurales los próximos años, mediante cambios normativos e inversiones, y,
por lo tanto, permitirán un cambio del modelo productivo para la recuperación de la
economía tras la pandemia causada por el COVID 19 y además una transformación
hacia una estructura más resiliente que permita que nuestro modelo sepa enfrentar con
éxito otras posibles crisis o desafíos en el futuro.
Que, en el marco del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social del
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones participa en el Componente 23
«Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo»,
encuadrado en el área política VII «Nueva economía de los cuidados y políticas de
empleo».
Entre las reformas e inversiones propuestas en este Componente 23 se incluye la
inversión C23.I7 Fomento del Crecimiento Inclusivo mediante la vinculación de las
cve: BOE-A-2023-1949
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.