III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1850)
Resolución de 3 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Labraza de 40 MW y de una parte de su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Oyón en la provincia de Álava y Aguilar de Codés en la provincia de Navarra".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18
Sábado 21 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 8914
separado del camino por unos metros, evitando los aerogeneradores existentes y sus
circuitos de conexión.
El PE se localiza en las estribaciones sur de la Sierra de Marañón, en el que los
aerogeneradores se localizan en el término municipal de Oyón en la provincia de Álava,
y las zanjas por las que discurren las redes de 30 kV y la ampliación de la SET Las
Llanas en Aguilar de Codés en la provincia de Navarra.
2.
Tramitación del procedimiento
El 24 de marzo de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el anuncio por el
que se somete a Información Pública la solicitud de declaración de impacto ambiental y
de autorización administrativa previa del proyecto. Asimismo, con fechas de 15 y 18 de
marzo de 2021 se publicó, respectivamente, en el Boletín Oficial del Territorio Histórico
de Álava, y en el Boletín Oficial de la provincia de Navarra. Durante el trámite se
recibieron numerosas alegaciones de particulares, así como de diferentes
organizaciones. Según el Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Álava, se recibieron aproximadamente 6.916 alegaciones, muchas de las
cuales responden a un mismo modelo de alegación, elaborada por la plataforma
ecologista Arabako Mendiak Aske y presentada por diferentes personas u organismos:
– 6192 Alegaciones recibidas el 6 de mayo de 2021.
– 696 Alegaciones recibidas el 2 de junio de 2021.
Asimismo, indica que al responder al mismo modelo de alegación, sólo se ha
escaneado la primera alegación de cada envío, remitiéndose todas ellas a la
Subdirección General de Energía Eléctrica. No consta la remisión de todas estas al
órgano ambiental.
– Además, 18 alegaciones de particulares y organismos recibidas en diferentes
fechas.
–
–
–
–
–
Estudio paisajístico.
Estudio botánico de detalle.
Estudio acústico.
Estudio de afección al ocio y al turismo.
Estudio de avifauna y quiropterofauna.
Con fecha 28 de octubre de 2021 tiene entrada la solicitud de inicio de procedimiento
de evaluación de impacto ambiental del proyecto y el expediente.
Una vez revisado el expediente, en virtud del artículo 40.1 de la Ley de evaluación
ambiental se requiere al órgano sustantivo para que subsane ciertas carencias formales
cve: BOE-A-2023-1850
Verificable en https://www.boe.es
Durante este trámite también indica que se han recibido alegaciones de SEO/
BirdLife, Junta Administrativa de Lasierra, Junta Administrativa de Trokoniz,
Eguzkizaleak, SECEMU, Equo-Berdeak, EH Bildu, Podemos-Ahal dugu y la
Denominación de Origen Calificada Rioja. Por otro lado, desde el Área de Industria y
Energía de la Delegación del Gobierno en Navarra informan que han contestado dos
organismos no consultados, Sustrai Erakuntza y Ecologistas en Acción Sangüesa.
Conforme a lo establecido en el artículo 37 de la Ley 21/2013, el órgano sustantivo
trasladó consultas a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas
recogidas en el Anexo I. Los informes y alegaciones recibidos fueron remitidos por el
órgano sustantivo al promotor para su consideración. Como consecuencia de los
informes de la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco y
las Direcciones de Medio Ambiente y Agricultura de la Diputación Foral de Álava, el
Promotor incluyó el documento «Aclaraciones al estudio de impacto ambiental» que
ampliaba sustancialmente la información que contenía el estudio de impacto ambiental
(en adelante EsIA), incluyendo los siguientes apéndices de información adicional:
Núm. 18
Sábado 21 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 8914
separado del camino por unos metros, evitando los aerogeneradores existentes y sus
circuitos de conexión.
El PE se localiza en las estribaciones sur de la Sierra de Marañón, en el que los
aerogeneradores se localizan en el término municipal de Oyón en la provincia de Álava,
y las zanjas por las que discurren las redes de 30 kV y la ampliación de la SET Las
Llanas en Aguilar de Codés en la provincia de Navarra.
2.
Tramitación del procedimiento
El 24 de marzo de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el anuncio por el
que se somete a Información Pública la solicitud de declaración de impacto ambiental y
de autorización administrativa previa del proyecto. Asimismo, con fechas de 15 y 18 de
marzo de 2021 se publicó, respectivamente, en el Boletín Oficial del Territorio Histórico
de Álava, y en el Boletín Oficial de la provincia de Navarra. Durante el trámite se
recibieron numerosas alegaciones de particulares, así como de diferentes
organizaciones. Según el Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Álava, se recibieron aproximadamente 6.916 alegaciones, muchas de las
cuales responden a un mismo modelo de alegación, elaborada por la plataforma
ecologista Arabako Mendiak Aske y presentada por diferentes personas u organismos:
– 6192 Alegaciones recibidas el 6 de mayo de 2021.
– 696 Alegaciones recibidas el 2 de junio de 2021.
Asimismo, indica que al responder al mismo modelo de alegación, sólo se ha
escaneado la primera alegación de cada envío, remitiéndose todas ellas a la
Subdirección General de Energía Eléctrica. No consta la remisión de todas estas al
órgano ambiental.
– Además, 18 alegaciones de particulares y organismos recibidas en diferentes
fechas.
–
–
–
–
–
Estudio paisajístico.
Estudio botánico de detalle.
Estudio acústico.
Estudio de afección al ocio y al turismo.
Estudio de avifauna y quiropterofauna.
Con fecha 28 de octubre de 2021 tiene entrada la solicitud de inicio de procedimiento
de evaluación de impacto ambiental del proyecto y el expediente.
Una vez revisado el expediente, en virtud del artículo 40.1 de la Ley de evaluación
ambiental se requiere al órgano sustantivo para que subsane ciertas carencias formales
cve: BOE-A-2023-1850
Verificable en https://www.boe.es
Durante este trámite también indica que se han recibido alegaciones de SEO/
BirdLife, Junta Administrativa de Lasierra, Junta Administrativa de Trokoniz,
Eguzkizaleak, SECEMU, Equo-Berdeak, EH Bildu, Podemos-Ahal dugu y la
Denominación de Origen Calificada Rioja. Por otro lado, desde el Área de Industria y
Energía de la Delegación del Gobierno en Navarra informan que han contestado dos
organismos no consultados, Sustrai Erakuntza y Ecologistas en Acción Sangüesa.
Conforme a lo establecido en el artículo 37 de la Ley 21/2013, el órgano sustantivo
trasladó consultas a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas
recogidas en el Anexo I. Los informes y alegaciones recibidos fueron remitidos por el
órgano sustantivo al promotor para su consideración. Como consecuencia de los
informes de la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco y
las Direcciones de Medio Ambiente y Agricultura de la Diputación Foral de Álava, el
Promotor incluyó el documento «Aclaraciones al estudio de impacto ambiental» que
ampliaba sustancialmente la información que contenía el estudio de impacto ambiental
(en adelante EsIA), incluyendo los siguientes apéndices de información adicional: