III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-1841)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con la Fundación Privada Instituto de Salud Global Barcelona, para apoyar el Observatorio de Salud del Mediterráneo con base en Marruecos y para la ejecución de un proyecto en Bolivia y Paraguay en la lucha contra la enfermedad de chagas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Sábado 21 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 8855

En todo caso, la AECID pone a disposición el apoyo y colaboración de sus
Unidades de Cooperación en el Exterior y, en concreto, de su Centro de
Formación en Santa Cruz de la Sierra y de sus Oficinas Técnicas de Cooperación
en La Paz, Asunción y Rabat.
En el caso de Marruecos, el desembolso segundo y siguientes se realizarán
contra la presentación por ISGlobal de un Informe económico sobre los gastos
realmente realizados, con el máximo anual reflejado en el cuadro. En el caso de
Paraguay y Bolivia, se procederá del mismo modo para el desembolso tercero y
siguientes. En caso de que alguna anualidad no llegue a ser desembolsada
íntegramente, la AECID procederá a realizar un reajuste automático de
anualidades, sin necesidad de adenda, incorporando al ejercicio siguiente el
remanente no desembolsado.»
Segunda.

Modificación de la cláusula cuarta del convenio.

La cláusula cuarta del convenio queda sustituida por la redacción siguiente:
«Cuarta.

Compromisos de ISGlobal.

Con carácter general, ISGlobal se encargará de la coordinación de las
actividades que se desarrollen al amparo del presente convenio. En particular,
coordinará aquellas actividades que deban implementarse de forma conjunta con
socios y/o entidades locales y que podrán consistir, de forma enunciativa pero no
limitativa, en:
– Recogida y análisis de datos;
– transferencia de conocimiento;
– creación de redes de personas expertas;
– impulso para la realización de estudios técnicos;
– realización de campañas de sensibilización e información pública;
– apoyo a las contrapartes locales para realizar las actividades previstas y la
consecución de los objetivos identificados;
– cualesquiera otras acciones que sean necesarias para asegurar el
cumplimiento de los objetivos del convenio.

a) Personal de ISGlobal en sede: Se entiende el personal de coordinación,
gestión y administración vinculado al presente convenio. ISGlobal asumirá
el 100 % de los gastos de su personal en sede. La aportación de AECID indicada
en la cláusula tercera no podrá ser destinada a este fin.
b) Personal de ISGlobal en terreno: Coordinador/a del proyecto. ISGlobal
asumirá el 100 % de los gastos de su personal en terreno. La aportación de AECID
indicada en la cláusula tercera no podrá ser destinada a este fin.
c) Personal experto de ISGlobal que se dedican con exclusividad a las
actividades del presente convenio, por un tiempo determinado: ISGlobal asumirá
el 20 % de los gastos de los expertos que ejecutan el Plan de trabajo indicado en
el anexo I. AECID asumirá el 80 % de dichos gastos.
d) Personal externo: Expertos y expertas, vinculados por un contrato de
servicios, tanto en España como a terreno, que ejecutan las actividades previstas

cve: BOE-A-2023-1841
Verificable en https://www.boe.es

Además, ISGlobal aportará una financiación para la consecución de los
objetivos del presente convenio por valor de trescientos mil euros (300.000) a
través de un porcentaje de dedicación de personal en sede que dará apoyo a las
actividades previstas; un porcentaje de dedicación de personal que ejecuta el Plan
de trabajo, tal y como se detalla a continuación, y las infraestructuras en terreno
(Marruecos, Bolivia y Paraguay). Los porcentajes de financiación del personal
vinculado con el convenio son los siguientes: