I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Personas con discapacidad. (BOE-A-2023-1779)
Ley 10/2022, de 19 de diciembre, de incremento del importe de la cantidad mensual garantizada de las personas usuarias de las viviendas tuteladas del sector de personas con discapacidad en la Región de Murcia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18
Sábado 21 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 8779
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
1779
Ley 10/2022, de 19 de diciembre, de incremento del importe de la cantidad
mensual garantizada de las personas usuarias de las viviendas tuteladas del
sector de personas con discapacidad en la Región de Murcia.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea
Regional ha aprobado la Ley de incremento del importe de la cantidad mensual
garantizada de las personas usuarias de las viviendas tuteladas del sector de personas
con discapacidad en la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en
nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
La Convención de la ONU de 13 de diciembre de 2006 sobre los derechos de las
personas con discapacidad, recoge el derecho de las personas con discapacidad a vivir
en la comunidad en igualdad de condiciones a las demás, así como la obligación de los
Estados partes a adoptar medidas efectivas para que las personas con discapacidad
puedan lograr la máxima independencia y la inclusión y participación plena en todos los
aspectos de la vida. La Convención busca hacer efectiva una realidad mediante la
existencia de recursos que se deben poner a disposición de las personas con
discapacidad para que puedan configurar su vida de acuerdo a sus propias prioridades y
objetivos.
Asimismo, el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con
Discapacidad reconoce expresamente el respeto a la autonomía de las personas con
discapacidad.
El desarrollo de un proyecto de vida con autonomía e independencia está vinculado
directamente con la capacidad de la persona para el acceso tanto a las necesidades
básicas de comida, vestido, salud como a las de ocio, que permitan la participación y la
relación con el entorno.
Actualmente, tras la redacción dada al artículo 10.1.a) del Decreto 126/2010, de 28
de mayo, por la Ley 6/2013, de 8 de julio, la cantidad para dinero de bolsillo de que
disponen las personas usuarias de las viviendas tuteladas las sitúa en una difícil
situación económica, que no les permite llevar una vida normalizada, de inclusión en la
sociedad, siendo esta además una de las causas que dificultan la adaptación de los
usuarios de los servicios residenciales y causa consecuencia muchas personas los
acaban abandonando a pesar de ser el recurso que más se adapta a sus necesidades.
Si se pretende que las personas con discapacidad lleven una vida realmente incluida
en la sociedad, resulta más que evidente que precisan alcanzar un nivel económico que
los equipare en oportunidades al resto de la población. Al aumentar el dinero disponible
para las personas con discapacidad que residen en las viviendas tuteladas, se pretende
lograr el ejercicio efectivo de su autonomía.
Esta iniciativa legislativa es otro paso en el camino de la inclusión de las personas
con discapacidad, como ha ocurrido recientemente con la reforma de la Orden de la
Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, de 27 de junio de 2011, por la
Ley 1/2022, de 24 de enero, para que cuando un usuario del servicio de atención
residencial realice una actividad laboral remunerada, se establezca una bonificación en
cve: BOE-A-2023-1779
Verificable en https://www.boe.es
PREÁMBULO
Núm. 18
Sábado 21 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 8779
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
1779
Ley 10/2022, de 19 de diciembre, de incremento del importe de la cantidad
mensual garantizada de las personas usuarias de las viviendas tuteladas del
sector de personas con discapacidad en la Región de Murcia.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea
Regional ha aprobado la Ley de incremento del importe de la cantidad mensual
garantizada de las personas usuarias de las viviendas tuteladas del sector de personas
con discapacidad en la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en
nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
La Convención de la ONU de 13 de diciembre de 2006 sobre los derechos de las
personas con discapacidad, recoge el derecho de las personas con discapacidad a vivir
en la comunidad en igualdad de condiciones a las demás, así como la obligación de los
Estados partes a adoptar medidas efectivas para que las personas con discapacidad
puedan lograr la máxima independencia y la inclusión y participación plena en todos los
aspectos de la vida. La Convención busca hacer efectiva una realidad mediante la
existencia de recursos que se deben poner a disposición de las personas con
discapacidad para que puedan configurar su vida de acuerdo a sus propias prioridades y
objetivos.
Asimismo, el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con
Discapacidad reconoce expresamente el respeto a la autonomía de las personas con
discapacidad.
El desarrollo de un proyecto de vida con autonomía e independencia está vinculado
directamente con la capacidad de la persona para el acceso tanto a las necesidades
básicas de comida, vestido, salud como a las de ocio, que permitan la participación y la
relación con el entorno.
Actualmente, tras la redacción dada al artículo 10.1.a) del Decreto 126/2010, de 28
de mayo, por la Ley 6/2013, de 8 de julio, la cantidad para dinero de bolsillo de que
disponen las personas usuarias de las viviendas tuteladas las sitúa en una difícil
situación económica, que no les permite llevar una vida normalizada, de inclusión en la
sociedad, siendo esta además una de las causas que dificultan la adaptación de los
usuarios de los servicios residenciales y causa consecuencia muchas personas los
acaban abandonando a pesar de ser el recurso que más se adapta a sus necesidades.
Si se pretende que las personas con discapacidad lleven una vida realmente incluida
en la sociedad, resulta más que evidente que precisan alcanzar un nivel económico que
los equipare en oportunidades al resto de la población. Al aumentar el dinero disponible
para las personas con discapacidad que residen en las viviendas tuteladas, se pretende
lograr el ejercicio efectivo de su autonomía.
Esta iniciativa legislativa es otro paso en el camino de la inclusión de las personas
con discapacidad, como ha ocurrido recientemente con la reforma de la Orden de la
Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, de 27 de junio de 2011, por la
Ley 1/2022, de 24 de enero, para que cuando un usuario del servicio de atención
residencial realice una actividad laboral remunerada, se establezca una bonificación en
cve: BOE-A-2023-1779
Verificable en https://www.boe.es
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