III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-1750)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Ecoforest.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Viernes 20 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 8345
Comprende a título orientativo los siguientes puestos de trabajo:
–
–
–
–
–
–
–
–
Comercial de tienda (
Team leader (aprovisionamientos, expediciones, producción).
Técnico/a de marketing.
Técnico/a de calidad.
Técnico/a de compras.
Técnico/a de contabilidad.
Técnico/a SAT con idiomas.
Técnico/a comercial.
Nivel/Grupo V.
Criterios generales:
– Son personas trabajadoras que realizan tareas bajo la dependencia de mandos o
de profesionales de más alta cualificación dentro del esquema de la empresa,
normalmente con alto grado de revisión, pero con ciertos conocimientos profesionales.
– Formación: conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión o
escolares sin titulación o de técnico auxiliar con formación específica en el puesto de
trabajo o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión.
– Las tareas a realizar dependen y se ejecutan todas ellas bajo las órdenes de un
mando superior. Entre estas tareas se encuentran, las administrativas desarrolladas con
aplicaciones informáticas, las tareas administrativas de registro, cálculo, facturación y
archivo, las tareas electrónicas, de soldadura, de pintura, las tareas de venta y
comercialización de productos, tareas de mando directo al frente de un grupo de
operarios de producción.
Comprende los siguientes puestos de trabajo:
–
–
–
–
–
–
–
–
Técnico/a administrativo (administración, comercial, expediciones).
Técnico/a de SAT.
Técnico/a de laboratorio (trabajo asociado a ensayo o desarrollo de producto).
Técnico/a I+D senior.
Técnico/a construcción de prototipos.
Soldador/a de producción ciclo frigorífico.
Soldador/a de prototipos (desarrollo de proyectos).
Encargado/a.
Nivel/ Grupo VI.
– Son personas trabajadoras que realizan tareas con un alto grado de dependencia,
claramente establecido, con instrucciones específicas. Pueden requerir esfuerzo físico,
con o conocimientos elementales, que ocasionalmente pueden precisar un pequeño
periodo de adaptación.
– Formación: Enseñanza secundaria obligatoria o técnico auxiliar, carnet o
autorización profesional expedida por la administración correspondiente, así como
conocimientos adquiridos para el desempeño de su profesión.
– Entre las tareas a realizar se encuentran: los trabajos repetitivos que requieren del
análisis o interpretación de resultados, resolución de problemas asociados a la validación
de producto en la bomba o caldera automática, las tareas de instalación (carnet de
instalador de edificaciones térmicas de edificios), tareas de aprovisionamientos y
expediciones.
cve: BOE-A-2023-1750
Verificable en https://www.boe.es
Criterios generales:
Núm. 17
Viernes 20 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 8345
Comprende a título orientativo los siguientes puestos de trabajo:
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Comercial de tienda (
Técnico/a de marketing.
Técnico/a de calidad.
Técnico/a de compras.
Técnico/a de contabilidad.
Técnico/a SAT con idiomas.
Técnico/a comercial.
Nivel/Grupo V.
Criterios generales:
– Son personas trabajadoras que realizan tareas bajo la dependencia de mandos o
de profesionales de más alta cualificación dentro del esquema de la empresa,
normalmente con alto grado de revisión, pero con ciertos conocimientos profesionales.
– Formación: conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión o
escolares sin titulación o de técnico auxiliar con formación específica en el puesto de
trabajo o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión.
– Las tareas a realizar dependen y se ejecutan todas ellas bajo las órdenes de un
mando superior. Entre estas tareas se encuentran, las administrativas desarrolladas con
aplicaciones informáticas, las tareas administrativas de registro, cálculo, facturación y
archivo, las tareas electrónicas, de soldadura, de pintura, las tareas de venta y
comercialización de productos, tareas de mando directo al frente de un grupo de
operarios de producción.
Comprende los siguientes puestos de trabajo:
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Técnico/a administrativo (administración, comercial, expediciones).
Técnico/a de SAT.
Técnico/a de laboratorio (trabajo asociado a ensayo o desarrollo de producto).
Técnico/a I+D senior.
Técnico/a construcción de prototipos.
Soldador/a de producción ciclo frigorífico.
Soldador/a de prototipos (desarrollo de proyectos).
Encargado/a.
Nivel/ Grupo VI.
– Son personas trabajadoras que realizan tareas con un alto grado de dependencia,
claramente establecido, con instrucciones específicas. Pueden requerir esfuerzo físico,
con o conocimientos elementales, que ocasionalmente pueden precisar un pequeño
periodo de adaptación.
– Formación: Enseñanza secundaria obligatoria o técnico auxiliar, carnet o
autorización profesional expedida por la administración correspondiente, así como
conocimientos adquiridos para el desempeño de su profesión.
– Entre las tareas a realizar se encuentran: los trabajos repetitivos que requieren del
análisis o interpretación de resultados, resolución de problemas asociados a la validación
de producto en la bomba o caldera automática, las tareas de instalación (carnet de
instalador de edificaciones térmicas de edificios), tareas de aprovisionamientos y
expediciones.
cve: BOE-A-2023-1750
Verificable en https://www.boe.es
Criterios generales: