III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-1755)
Resolución de 10 de enero de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., por la que se publica el Convenio educativo con la Universidad de Salamanca, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17

Viernes 20 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 8437

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
legal necesaria para suscribir el presente convenio y
EXPONEN
Uno. Que es voluntad de las partes colaborar en la formación práctica de los estudiantes
a través prácticas académicas externas cuyo objetivo es contribuir a una formación integral de
los estudiantes de la Universidad de Salamanca, complementando los conocimientos
adquiridos en su formación académica y favoreciendo la adquisición de competencias
que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, a través del conocimiento
del funcionamiento de una empresa o institución, sus métodos de trabajo y organización.
Dos. Que de acuerdo con el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, las
universidades y, en su caso, las entidades gestoras de prácticas a ellas vinculadas,
suscribirán convenios educativos con las entidades colaboradoras previstas y
fomentarán que estas sean accesibles para la realización de prácticas de estudiantes
con discapacidad procurando la disposición de los recursos humanos, materiales y
tecnológicos necesarios que aseguren la igualdad de oportunidades.
Tres. Que es de aplicación la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. Publicado en: BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015, disposiciones
generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público, en el capítulo VI
que hace referencia a los convenios.
Asimismo, es de aplicación el Reglamento de prácticas académicas externas de
la Universidad de Salamanca, acordado por el Consejo de Gobierno en su sesión de
mayo de 2013.
CLÁUSULAS
Primera. Finalidad.
Este convenio tiene por objeto regular las condiciones en que estudiantes de
la Universidad de Salamanca realizarán prácticas académicas externas de cualquier
enseñanza impartida por la Universidad de Salamanca tanto oficiales como propias. Este
convenio dará cobertura a todas las prácticas que los estudiantes de la Universidad
de Salamanca realicen en cualquiera de los centros, servicios, delegaciones, etc.,
dependientes orgánicamente de la entidad colaboradora firmante, tengan o no la misma
personalidad jurídica.
Las condiciones particulares de cada práctica amparada por el presente convenio se
establecen en el anexo I, cuyo modelo figura al final de este convenio.
Segunda.

Duración de las prácticas.

Las prácticas externas curriculares tendrán la duración que establezca el plan de
estudios correspondiente y las prácticas externas extracurriculares tendrán una duración
no superior al cincuenta por ciento del curso académico correspondiente.

La colaboración de este convenio se concretará en un proyecto formativo por
estudiante, que constará como documento anexo, y será firmado por la persona designada
por el centro académico responsable de la titulación implicada, el estudiante y la persona
designada por la entidad colaboradora. En este anexo se recogerán las condiciones
particulares de las prácticas (fechas de comienzo y finalización, horario, lugar de desarrollo
y contenido específico de las prácticas), los datos identificativos del estudiante, así como las
tareas, actividades y los objetivos educativos que se establecerán considerando las
competencias genéricas y/o específicas que ha de desarrollar el estudiante.

cve: BOE-A-2023-1755
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Programa formativo (detalles de las prácticas).