I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Organización. (BOE-A-2023-1605)
Ley 9/2022, de 30 de noviembre, de la Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17

Viernes 20 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 8056

los usuarios, y fomentará la cooperación con otras organizaciones que realicen
actividades en materia de docencia, investigación e innovación, en especial con la
Universidad de Oviedo.
4. La Consejería competente en materia de sanidad, en colaboración con la
Consejería con competencias en materia de investigación, desarrollo tecnológico e
innovación, fomentará la constitución de los organismos y estructuras necesarios
para favorecer la investigación y la innovación en materia de Ciencias de la Salud.»
Dos.
sigue:

Se modifica el apartado primero del artículo 102, que queda redactado como

«1. La Consejería competente en materia de sanidad, actuando en
colaboración con el departamento competente en materia de universidad y para el
ámbito de sus competencias, procurará la adecuada gestión del conocimiento como
instrumento fundamental para la calidad y eficiencia de los servicios sanitarios.»
Tres. Se modifica el apartado primero del artículo 106, que queda redactado como
sigue:
«1. En la formación de los recursos humanos necesarios para el
funcionamiento del sistema sanitario, se establecerá la colaboración permanente
entre la Consejería competente en materia de sanidad y el resto de las
Consejerías, en particular las competentes en materia educativa, universitaria y de
investigación, a efectos de garantizar la docencia práctica de las profesiones
sanitarias y de las enseñanzas técnico‑profesionales relacionadas.»
Cuatro. Se modifica el artículo 110, que queda redactado en los siguientes términos:
Coordinación y cooperación.

1. Las Consejerías con competencias en materia de sanidad y con
competencias en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación
actuarán coordinadamente en el desarrollo de las políticas de investigación e
innovación en el ámbito de la salud, sin perjuicio de la coordinación con el resto de
Consejerías, y fomentarán la cooperación en materia de investigación sanitaria con
otras instituciones públicas o privadas, de ámbito autonómico, nacional e
internacional.
2. Para el ejercicio de las actuaciones de investigación en Ciencias de la
Salud, las Consejerías con competencias en materia de sanidad y con
competencias en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación
colaborarán con la Universidad de Oviedo y con otras instituciones públicas y
privadas a fin de crear centros, servicios u organismos dedicados a dar apoyo
científico y técnico al sistema sanitario, que podrán estar dotados de personalidad
jurídica propia.
3. A través del Instituto de Investigación Sanitaria del Principado de Asturias,
como centro integrado de investigación biomédica, en colaboración con la
Universidad de Oviedo y con instituciones públicas y privadas, se apoyará la
investigación en el ámbito sanitario al máximo nivel y de acuerdo con los criterios
de calidad establecidos a nivel estatal e internacional.»
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea de aplicación esta Ley,
coadyuven a su cumplimiento, así como a todos los Tribunales y Autoridades que la
guarden y la hagan guardar.
Oviedo, 30 de noviembre de 2022.–El Presidente del Principado de Asturias, Adrián
Barbón Rodríguez.
(Publicada en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» número 245, de 23 de diciembre de 2022)

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