I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2023-1599)
Acuerdo administrativo entre el Programa Mundial de Alimentos y el Reino de España, representado por la Secretaria de Estado de Cooperación y el Organismo Público Puertos del Estado, relativo al uso por el Programa Mundial de Alimentos de oficinas e instalaciones ubicadas en Las Palmas de Gran Canaria, hecho en Washington y Madrid el 20, 28 y 29 de julio de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17

Viernes 20 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 7683

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
1599

Acuerdo administrativo entre el Programa Mundial de Alimentos y el Reino de
España, representado por la Secretaria de Estado de Cooperación y el
Organismo Público Puertos del Estado, relativo al uso por el Programa
Mundial de Alimentos de oficinas e instalaciones ubicadas en Las Palmas de
Gran Canaria, hecho en Washington y Madrid el 20, 28 y 29 de julio de 2022.

Acuerdo Administrativo entre el Programa Mundial de Alimentos y el Reino
de España, representado por la Secretaría de Estado de Cooperación
y el Organismo Público Puertos del Estado, relativo al uso por el Programa Mundial
de Alimentos de oficinas e instalaciones ubicadas en las Palmas de Gran Canaria
Considerando que el Reino de España (denominado en lo sucesivo el «Reino
de España» o «España») y el Programa Mundial de Alimentos (denominado en lo
sucesivo el «PMA»), denominados en lo sucesivo los «Signatarios», formalizaron el 19
de julio de 2012 un «Acuerdo entre el Reino de España y el Programa Mundial
de Alimentos para el establecimiento de oficinas del Programa Mundial de Alimentos
en España», (denominado en lo sucesivo el «Acuerdo»), publicado en el «Boletín Oficial
del Estado» núm. 220, de fecha 12 de septiembre de 2012, por el que se rige la
condición jurídica en España del PMA, las instalaciones puestas a disposición del PMA,
así como la condición jurídica del personal del PMA asignado a esas instalaciones;
Considerando que en el artículo 3.1 del Acuerdo se prevé que, inicialmente, el PMA
tenía previsto establecer, entre otras oficinas del PMA en España, una antena
del UNHRD y unas instalaciones de Transbordo y Preposicionamiento de Alimentos,
ambas en Las Palmas de Gran Canaria;
Considerando que en el artículo 3.3 del Acuerdo se prevé la conclusión de acuerdos
administrativos complementarios, denominados «acuerdos administrativos», para regular
otros asuntos relacionados con las oficinas del PMA en España;

Considerando que los Signatarios desean continuar dando cumplimiento al Acuerdo y
a la puesta a disposición y el uso de las correspondientes instalaciones respecto a la
antena del UNHRD y a las instalaciones de Transbordo y Preposicionamiento
de Alimentos en el Puerto de Las Palmas de Gran Canaria mediante la conclusión del
presente acuerdo administrativo (denominado en lo sucesivo el «Acuerdo Administrativo»);
Considerando que el sistema portuario español de titularidad estatal se integra
por Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias, adscritos al Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, correspondiendo al primero la coordinación y el control de
eficiencia de dicho sistema, y que la Autoridad Portuaria de Las Palmas posee personalidad
jurídica propia y gestiona el Puerto de Las Palmas en régimen de autonomía funcional y de
gestión, correspondiéndole en particular la gestión del dominio público portuario;

cve: BOE-A-2023-1599
Verificable en https://www.boe.es

Considerando que con base en el artículo 3.3 del Acuerdo anteriormente
mencionado, los Signatarios formalizaron el 10 de abril de 2014 un Acuerdo
Administrativo relativo al uso por el Programa Mundial de Alimentos de oficinas e
instalaciones ubicadas en Las Palmas de Gran Canaria, el cual fue extendido del modo
establecido en el artículo 5.1 de dicho Acuerdo Administrativo y mediante un Acuerdo de
extensión con fecha 3 y 9 de abril de 2019;