III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-1569)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16
Jueves 19 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 7524
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
1569
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el V Convenio colectivo de Servicios Logísticos de
Combustibles de Aviación, SL.
Visto el texto del V Convenio colectivo de la empresa Servicios Logísticos de
Combustibles de Aviación, SL (SLCA), con código de convenio n.º 90017742012009, que
fue suscrito con fecha 12 de septiembre de 2022, de una parte por los designados por la
Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por las Secciones
sindicales UGT-FICA e Industria-CC.OO., en representación de los trabajadores
afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero: Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo: Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 9 de enero de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
V CONVENIO COLECTIVO DE SERVICIOS LOGÍSTICOS DE COMBUSTIBLES
DE AVIACIÓN, SL
TÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Ámbito territorial.
El presente convenio colectivo será de aplicación a la totalidad de los Centros de
Trabajo repartidos en toda la geografía nacional de la compañía Servicios Logísticos de
Combustibles de Aviación, SL (en adelante, SLCA).
El convenio colectivo afecta al personal que presta sus servicios en la actualidad en
la compañía SLCA, SL y a los que ingresen durante su vigencia. Se exceptúa de esta
aplicación general aquellos empleados incluidos dentro del Grupo Profesional de
Técnicos que con carácter voluntario pacten con la Dirección de la empresa estar en
situación de excluidos de la aplicación del convenio a los exclusivos efectos de los
conceptos salariales retributivos, incluidos dentro de Título IV del presente texto.
cve: BOE-A-2023-1569
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2. Ámbito personal.
Núm. 16
Jueves 19 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 7524
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
1569
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el V Convenio colectivo de Servicios Logísticos de
Combustibles de Aviación, SL.
Visto el texto del V Convenio colectivo de la empresa Servicios Logísticos de
Combustibles de Aviación, SL (SLCA), con código de convenio n.º 90017742012009, que
fue suscrito con fecha 12 de septiembre de 2022, de una parte por los designados por la
Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por las Secciones
sindicales UGT-FICA e Industria-CC.OO., en representación de los trabajadores
afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero: Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo: Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 9 de enero de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
V CONVENIO COLECTIVO DE SERVICIOS LOGÍSTICOS DE COMBUSTIBLES
DE AVIACIÓN, SL
TÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Ámbito territorial.
El presente convenio colectivo será de aplicación a la totalidad de los Centros de
Trabajo repartidos en toda la geografía nacional de la compañía Servicios Logísticos de
Combustibles de Aviación, SL (en adelante, SLCA).
El convenio colectivo afecta al personal que presta sus servicios en la actualidad en
la compañía SLCA, SL y a los que ingresen durante su vigencia. Se exceptúa de esta
aplicación general aquellos empleados incluidos dentro del Grupo Profesional de
Técnicos que con carácter voluntario pacten con la Dirección de la empresa estar en
situación de excluidos de la aplicación del convenio a los exclusivos efectos de los
conceptos salariales retributivos, incluidos dentro de Título IV del presente texto.
cve: BOE-A-2023-1569
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2. Ámbito personal.