III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-1597)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consejería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se incoa el procedimiento para declarar bien de interés cultural el conjunto parroquial de San Martiño de Barcia de Mera, situado en el término municipal de Covelo (Pontevedra).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16
Jueves 19 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 7668
delimitación y a lo descrito en los anexos de esta resolución y proceder con los trámites
para su declaración.
Segundo.
Incoar simultáneamente el procedimiento para incluir en el Catálogo del patrimonio
cultural de Galicia el conjunto de bienes muebles recogidos en el anexo III de esta
resolución, localizados en el conjunto monumental.
Tercero.
Ordenar que se anote esta incoación de forma preventiva en el Registro de Bienes
de Interés Cultural de Galicia y en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia y que se
le comunique a la Administración general del Estado a efectos de su anotación en el
Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado.
Cuarto.
Aplicar de forma inmediata y provisional el régimen de protección que establece la
Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, para los bienes de interés
cultural y los bienes catalogados. El expediente deberá resolverse en el plazo máximo de
veinticuatro (24) meses, dieciocho (18) meses para el procedimiento de catalogación,
desde la fecha de esta resolución, o se producirá su caducidad y el final del régimen
provisional establecido.
Quinto.
Ordenar la publicación de esta resolución en el «Diario Oficial de Galicia» y en el
«Boletín Oficial del Estado».
Sexto.
Notificar esta resolución a las personas interesadas y al Ayuntamiento de Covelo,
que deberá suspender la tramitación de las correspondientes licencias municipales de
parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas (debiendo ser notificadas
las solicitudes a la consellería competente en materia del patrimonio cultural), así como
de los efectos de las ya otorgadas, a excepción de las de mantenimiento y conservación.
Las intervenciones establecidas en el artículo 45 de la LPCG que se promuevan en los
entornos de protección delimitados de manera provisional requerirán de la autorización
por parte de la consellería competente en materia de patrimonio cultural (artículo 19.1 de
la LPCG).
Abrir un período de información pública durante el plazo de un mes, que se
comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación en el «Diario Oficial de
Galicia», con el fin de que las personas que puedan tener interés examinen el
expediente y aleguen lo que consideren conveniente. La consulta se realizará en las
dependencias administrativas de la Subdirección General de Conservación y
Restauración de Bienes Culturales de la Consellería de Cultura, Educación, Formación
Profesional y Universidades, situada en el Edificio Administrativo de San Caetano, s/n,
bloque 3, piso 2, Santiago de Compostela, después de la correspondiente petición de la
cita, o en el Servicio de Patrimonio Cultural de la Jefatura Territorial de la Consellería de
Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades en Pontevedra (avenida M.ª
Victoria Moreno, n.º 43, 36071 Pontevedra).
cve: BOE-A-2023-1597
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.
Núm. 16
Jueves 19 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 7668
delimitación y a lo descrito en los anexos de esta resolución y proceder con los trámites
para su declaración.
Segundo.
Incoar simultáneamente el procedimiento para incluir en el Catálogo del patrimonio
cultural de Galicia el conjunto de bienes muebles recogidos en el anexo III de esta
resolución, localizados en el conjunto monumental.
Tercero.
Ordenar que se anote esta incoación de forma preventiva en el Registro de Bienes
de Interés Cultural de Galicia y en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia y que se
le comunique a la Administración general del Estado a efectos de su anotación en el
Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado.
Cuarto.
Aplicar de forma inmediata y provisional el régimen de protección que establece la
Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, para los bienes de interés
cultural y los bienes catalogados. El expediente deberá resolverse en el plazo máximo de
veinticuatro (24) meses, dieciocho (18) meses para el procedimiento de catalogación,
desde la fecha de esta resolución, o se producirá su caducidad y el final del régimen
provisional establecido.
Quinto.
Ordenar la publicación de esta resolución en el «Diario Oficial de Galicia» y en el
«Boletín Oficial del Estado».
Sexto.
Notificar esta resolución a las personas interesadas y al Ayuntamiento de Covelo,
que deberá suspender la tramitación de las correspondientes licencias municipales de
parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas (debiendo ser notificadas
las solicitudes a la consellería competente en materia del patrimonio cultural), así como
de los efectos de las ya otorgadas, a excepción de las de mantenimiento y conservación.
Las intervenciones establecidas en el artículo 45 de la LPCG que se promuevan en los
entornos de protección delimitados de manera provisional requerirán de la autorización
por parte de la consellería competente en materia de patrimonio cultural (artículo 19.1 de
la LPCG).
Abrir un período de información pública durante el plazo de un mes, que se
comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación en el «Diario Oficial de
Galicia», con el fin de que las personas que puedan tener interés examinen el
expediente y aleguen lo que consideren conveniente. La consulta se realizará en las
dependencias administrativas de la Subdirección General de Conservación y
Restauración de Bienes Culturales de la Consellería de Cultura, Educación, Formación
Profesional y Universidades, situada en el Edificio Administrativo de San Caetano, s/n,
bloque 3, piso 2, Santiago de Compostela, después de la correspondiente petición de la
cita, o en el Servicio de Patrimonio Cultural de la Jefatura Territorial de la Consellería de
Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades en Pontevedra (avenida M.ª
Victoria Moreno, n.º 43, 36071 Pontevedra).
cve: BOE-A-2023-1597
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.