I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2023-1400)
Real Decreto 1041/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece un certificado de profesionalidad, de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas, que se incluye en el Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16
Jueves 19 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 6930
vigilancia. Listas de materiales. Listas de comprobación. Circuitos, retos y plataformas en
parques de aventura en altura. Protocolos de actuación. Equipo de protección individual.
Sistemas de almacenaje. Vestimenta apropiada. Croquis e información sobre circuitos y
parque de aventura en altura.
Productos y resultados
Revisión del estado de las instalaciones, medios y equipos de protección individual según
el protocolo del parque de aventura en altura. Verificación del estado de los circuitos según
el protocolo y especificaciones técnicas del parque de aventura en altura. Selección de
los equipos de protección individual y medios de rescate. Vigilancia de la progresión
de los usuarios en los circuitos. Rescate de usuarios en situación de emergencia en
los circuitos del parque de aventura en altura. Manejo de cuerdas para realizar las
intervenciones de rescate. Realización de las operaciones auxiliares que permitan
generar un entorno seguro en situaciones de emergencia y evacuación. Atención inicial
previa en situaciones de emergencia prestada. Realización de operaciones de apoyo en
situaciones de emergencia a los facultativos y técnicos de primeros auxilios.
Información utilizada o generada
Manuales y protocolos de prevención, vigilancia y evacuación. Planos de la zona de
vigilancia. Normativa aplicable sobre instalaciones naturales. Normativa aplicable de
protección y acceso al medio natural. Normativa aplicable sobre responsabilidad civil.
Planes de emergencia de las Comunidades Autónomas. Bibliografía especifica. Revistas
especializadas. Partes de actuación. Partes e información meteorológica de la zona.
Unidad de competencia 4
Denominación: ASISTIR COMO PRIMER INTERVINIENTE EN CASO DE ACCIDENTE
O SITUACIÓN DE EMERGENCIA
Nivel: 2
Código: UC0272_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización
CR1.1 La señalización y el balizamiento según lo establecido, se realizan utilizando
los elementos disponibles para acotar el lugar de la emergencia.
CR1.2 La información sobre el estado del accidentado y las causas del accidente
se recaba, estableciendo comunicación cuando es posible, con el mismo o con los
posibles testigos y asistentes ocasionales al suceso, para valorar la situación inicial.
CR1.3 Las técnicas de valoración con ligeros zarandeos en los hombros y toques
en las mejillas, se efectúan, para valorar el nivel de consciencia del accidentado.
CR1.4 La observación de los movimientos del pecho y la emisión de sonidos
y aliento acercándose a su cara, se efectúa, para comprobar la respiración del
accidentado.
CR1.5 El estado de la circulación sanguínea se comprueba, mediante la
observación del ritmo respiratorio del accidentado y movimientos de sus miembros.
CR1.6 Los mecanismos de producción del traumatismo se identifican para buscar
las posibles lesiones asociadas.
CR1.7 Los equipos de protección individual se utilizan para prevenir riesgos
laborales durante la asistencia al accidentado.
CR1.8 El servicio de atención de emergencias, se contacta, para informar de los
resultados de la valoración inicial realizada, comunicando la información recabada,
consultando las maniobras que se vayan a aplicar y solicitando otros recursos que
pudiesen ser necesarios.
cve: BOE-A-2023-1400
Verificable en https://www.boe.es
RP1: Buscar signos de alteraciones orgánicas según los protocolos establecidos, para
la valoración inicial del accidentado, como primer interviniente.
Núm. 16
Jueves 19 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 6930
vigilancia. Listas de materiales. Listas de comprobación. Circuitos, retos y plataformas en
parques de aventura en altura. Protocolos de actuación. Equipo de protección individual.
Sistemas de almacenaje. Vestimenta apropiada. Croquis e información sobre circuitos y
parque de aventura en altura.
Productos y resultados
Revisión del estado de las instalaciones, medios y equipos de protección individual según
el protocolo del parque de aventura en altura. Verificación del estado de los circuitos según
el protocolo y especificaciones técnicas del parque de aventura en altura. Selección de
los equipos de protección individual y medios de rescate. Vigilancia de la progresión
de los usuarios en los circuitos. Rescate de usuarios en situación de emergencia en
los circuitos del parque de aventura en altura. Manejo de cuerdas para realizar las
intervenciones de rescate. Realización de las operaciones auxiliares que permitan
generar un entorno seguro en situaciones de emergencia y evacuación. Atención inicial
previa en situaciones de emergencia prestada. Realización de operaciones de apoyo en
situaciones de emergencia a los facultativos y técnicos de primeros auxilios.
Información utilizada o generada
Manuales y protocolos de prevención, vigilancia y evacuación. Planos de la zona de
vigilancia. Normativa aplicable sobre instalaciones naturales. Normativa aplicable de
protección y acceso al medio natural. Normativa aplicable sobre responsabilidad civil.
Planes de emergencia de las Comunidades Autónomas. Bibliografía especifica. Revistas
especializadas. Partes de actuación. Partes e información meteorológica de la zona.
Unidad de competencia 4
Denominación: ASISTIR COMO PRIMER INTERVINIENTE EN CASO DE ACCIDENTE
O SITUACIÓN DE EMERGENCIA
Nivel: 2
Código: UC0272_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización
CR1.1 La señalización y el balizamiento según lo establecido, se realizan utilizando
los elementos disponibles para acotar el lugar de la emergencia.
CR1.2 La información sobre el estado del accidentado y las causas del accidente
se recaba, estableciendo comunicación cuando es posible, con el mismo o con los
posibles testigos y asistentes ocasionales al suceso, para valorar la situación inicial.
CR1.3 Las técnicas de valoración con ligeros zarandeos en los hombros y toques
en las mejillas, se efectúan, para valorar el nivel de consciencia del accidentado.
CR1.4 La observación de los movimientos del pecho y la emisión de sonidos
y aliento acercándose a su cara, se efectúa, para comprobar la respiración del
accidentado.
CR1.5 El estado de la circulación sanguínea se comprueba, mediante la
observación del ritmo respiratorio del accidentado y movimientos de sus miembros.
CR1.6 Los mecanismos de producción del traumatismo se identifican para buscar
las posibles lesiones asociadas.
CR1.7 Los equipos de protección individual se utilizan para prevenir riesgos
laborales durante la asistencia al accidentado.
CR1.8 El servicio de atención de emergencias, se contacta, para informar de los
resultados de la valoración inicial realizada, comunicando la información recabada,
consultando las maniobras que se vayan a aplicar y solicitando otros recursos que
pudiesen ser necesarios.
cve: BOE-A-2023-1400
Verificable en https://www.boe.es
RP1: Buscar signos de alteraciones orgánicas según los protocolos establecidos, para
la valoración inicial del accidentado, como primer interviniente.