II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CORTES GENERALES. Cuerpo Técnico-Administrativo de las Cortes Generales. (BOE-A-2023-1220)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, conjunta de las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se convoca oposición para el Cuerpo Técnico-Administrativo de las Cortes Generales por los turnos libre, restringido y de discapacidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15

Miércoles 18 de enero de 2023

Sec. II.B. Pág. 6558

6. El Tribunal queda facultado para resolver todas las dudas que pudieran surgir en
la aplicación de estas bases, así como para la resolución de aquellas cuestiones no
previstas en las mismas.
Segunda.

Requisitos para concurrir.

1. Para tomar parte en la oposición será necesario, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 9.2 y 10.5 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, reunir los
requisitos siguientes, que deberán cumplirse en el momento en que expire el plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento, en su caso, de la toma de
posesión:
a) Poseer la nacionalidad española y ser mayor de edad.
b) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario u otro equivalente, o en
condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de
solicitudes.
Quienes concurran con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
c) No hallarse en situación de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas
por sentencia firme.
d) Reunir las condiciones psicofísicas requeridas para el desempeño de las
funciones correspondientes.
2. Si en algún momento del proceso selectivo el Tribunal tuviera conocimiento de
que cualquier aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, o de la documentación aportada resultara que su solicitud adolece de
errores o falsedades que imposibiliten su acceso al Cuerpo Técnico-Administrativo de las
Cortes Generales, podrá acordar la exclusión de dicha persona una vez evacuado el
correspondiente trámite de audiencia.
Solicitudes y plazo de presentación.

Las solicitudes para tomar parte en la oposición se presentarán en el plazo de quince
días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La solicitud deberá presentarse por vía electrónica a través de las páginas web del
Congreso de los Diputados (www.congreso.es) o del Senado (www.senado.es). La
presentación por esta vía permitirá cumplimentar en línea el modelo oficial de solicitud,
anexar documentos y realizar el registro electrónico de la solicitud. En caso de que se
produzca alguna incidencia técnica en la presentación electrónica de la solicitud, se
estará a lo que se establece en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En dicha solicitud se consignarán el nombre y dos apellidos, número del documento
nacional de identidad, fecha de nacimiento, domicilio a efectos de notificaciones,
teléfono, correo electrónico y título exigido en la presente convocatoria con su
denominación oficial completa y centro que lo expidió, la opción de idiomas, en su caso,
de acuerdo con lo señalado en la base Octava, apartado 6, así como el turno libre,
restringido o de discapacidad por el que se opte.
Asimismo, se hará declaración expresa de reunir todos y cada uno de los requisitos
que se señalan en la base Segunda de la convocatoria y de asumir el compromiso de
tomar posesión dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la
notificación del nombramiento.
Cada aspirante únicamente podrá presentarse por uno de los turnos: libre, restringido
o de discapacidad. La contravención de esta norma supondrá la exclusión, en todos los
turnos solicitados, de quienes no la hayan observado.

cve: BOE-A-2023-1220
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.