II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CORTES GENERALES. Cuerpo de Letrados de las Cortes Generales. (BOE-A-2023-1219)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, conjunta de las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se convoca oposición para el Cuerpo de Letrados de las Cortes Generales por los turnos libre, restringido y de discapacidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15
Miércoles 18 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 6529
– El segundo ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener como
mínimo 10 puntos para aprobarlo.
– El tercer ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener como
mínimo 10 puntos para aprobarlo.
– El ejercicio de idiomas se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para
aprobarlo una nota mínima de 5 puntos, teniendo en cuenta que la traducción del primer
idioma se calificará sobre 5 puntos, la traducción del segundo idioma, sobre 3 puntos y la
conversación, sobre 2 puntos, siendo necesario obtener en cada una de las pruebas la
mitad de la puntuación sobre la que se realiza la calificación.
Cuarta.
Calificación final.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los cuatro ejercicios de la oposición.
Quinta. Empates.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º
2.º
3.º
4.º
lugar.
Novena.
La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
La mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
La mayor puntuación obtenida en la traducción de la lengua elegida en primer
Propuesta del Tribunal.
1. El Tribunal no podrá proponer un número superior de aspirantes al de plazas
convocadas.
2. El Tribunal publicará en la página web de cada Cámara, la relación de aspirantes
que, siguiendo el orden de la puntuación total alcanzada, y con indicación de la misma,
hayan obtenido plaza. Dicha relación, una vez comprobada la documentación a que se
refiere la base décima de la presente convocatoria, será elevada a través del Letrado
Mayor de las Cortes Generales a las Presidencias de ambas Cámaras, en unión de la
correspondiente propuesta de nombramiento, acompañando el expediente de la
oposición con todos los ejercicios y las actas de las reuniones del Tribunal.
Décima. Presentación de documentación y adquisición de la condición de personal
funcionario de las Cortes Generales.
a) Título original al que se refiere la base Segunda, punto 1.b) de esta convocatoria.
b) Documento Nacional de Identidad.
c) Quienes hubieran optado por el cupo de reserva de discapacidad deberán
presentar certificación original del órgano competente que acredite su condición legal de
persona con discapacidad con grado igual o superior al treinta y tres por ciento, así como
su capacidad funcional para desempeñar las tareas propias del Cuerpo de Letrados, si
no lo hubieren aportado anteriormente.
d) Declaración responsable de reunir el requisito previsto en la base Segunda,
punto 1.c) de la convocatoria de no hallarse en situación de inhabilitación para el
ejercicio de las funciones públicas por sentencia firme.
cve: BOE-A-2023-1219
Verificable en https://www.boe.es
1. Los aspirantes propuestos por el Tribunal para ocupar plaza deberán entregar en
la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del
Congreso de los Diputados, dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la notificación de la propuesta de nombramiento, la documentación
acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria, junto con los documentos
siguientes:
Núm. 15
Miércoles 18 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 6529
– El segundo ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener como
mínimo 10 puntos para aprobarlo.
– El tercer ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener como
mínimo 10 puntos para aprobarlo.
– El ejercicio de idiomas se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para
aprobarlo una nota mínima de 5 puntos, teniendo en cuenta que la traducción del primer
idioma se calificará sobre 5 puntos, la traducción del segundo idioma, sobre 3 puntos y la
conversación, sobre 2 puntos, siendo necesario obtener en cada una de las pruebas la
mitad de la puntuación sobre la que se realiza la calificación.
Cuarta.
Calificación final.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los cuatro ejercicios de la oposición.
Quinta. Empates.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º
2.º
3.º
4.º
lugar.
Novena.
La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
La mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
La mayor puntuación obtenida en la traducción de la lengua elegida en primer
Propuesta del Tribunal.
1. El Tribunal no podrá proponer un número superior de aspirantes al de plazas
convocadas.
2. El Tribunal publicará en la página web de cada Cámara, la relación de aspirantes
que, siguiendo el orden de la puntuación total alcanzada, y con indicación de la misma,
hayan obtenido plaza. Dicha relación, una vez comprobada la documentación a que se
refiere la base décima de la presente convocatoria, será elevada a través del Letrado
Mayor de las Cortes Generales a las Presidencias de ambas Cámaras, en unión de la
correspondiente propuesta de nombramiento, acompañando el expediente de la
oposición con todos los ejercicios y las actas de las reuniones del Tribunal.
Décima. Presentación de documentación y adquisición de la condición de personal
funcionario de las Cortes Generales.
a) Título original al que se refiere la base Segunda, punto 1.b) de esta convocatoria.
b) Documento Nacional de Identidad.
c) Quienes hubieran optado por el cupo de reserva de discapacidad deberán
presentar certificación original del órgano competente que acredite su condición legal de
persona con discapacidad con grado igual o superior al treinta y tres por ciento, así como
su capacidad funcional para desempeñar las tareas propias del Cuerpo de Letrados, si
no lo hubieren aportado anteriormente.
d) Declaración responsable de reunir el requisito previsto en la base Segunda,
punto 1.c) de la convocatoria de no hallarse en situación de inhabilitación para el
ejercicio de las funciones públicas por sentencia firme.
cve: BOE-A-2023-1219
Verificable en https://www.boe.es
1. Los aspirantes propuestos por el Tribunal para ocupar plaza deberán entregar en
la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del
Congreso de los Diputados, dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la notificación de la propuesta de nombramiento, la documentación
acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria, junto con los documentos
siguientes: