II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CORTES GENERALES. Cuerpo de Letrados de las Cortes Generales. (BOE-A-2023-1219)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, conjunta de las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se convoca oposición para el Cuerpo de Letrados de las Cortes Generales por los turnos libre, restringido y de discapacidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15
Miércoles 18 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 6528
Para la realización del ejercicio cada aspirante tendrá a su disposición el expediente
y colecciones legislativas que, en su caso, entregue el Tribunal para su resolución, así
como cualquier otro material que el propio Tribunal estime oportuno aportar.
Cuarto ejercicio. Ejercicio de idiomas, para el cual cada aspirante hará constar en
su solicitud la elección de dos idiomas entre inglés, francés y alemán, indicando el orden
de preferencia. Consistirá en las siguientes pruebas:
a) Traducción directa, con ayuda de diccionario, de un texto jurídico o de actualidad
política, igual para todos los idiomas, que se entregará en la lengua elegida en primer
lugar. El tiempo para efectuar la traducción será de una hora.
b) Traducción directa, con ayuda de diccionario, de un texto jurídico o de actualidad
política, igual para todos los idiomas, que se entregará en la lengua elegida en segundo
lugar. El tiempo para efectuar la traducción será de una hora.
c) Conversación con el Tribunal sobre el texto de la traducción a que se refiere la
prueba del apartado a), en el mismo idioma en que esta se haya realizado.
7. Los ejercicios primero, tercero y cuarto se realizarán por escrito y, una vez que la
totalidad de opositores haya terminado de escribir, cada aspirante introducirá las hojas
de examen en un sobre, cuya solapa firmará, junto con la persona que ejerza la función
de Secretaría del Tribunal. Los sobres quedarán bajo la custodia de la Secretaría del
Tribunal y, cuando corresponda, de acuerdo con el apartado 3 de esta base Octava,
serán abiertos por cada aspirante ante el Tribunal para proceder a la lectura de su
examen, momento en el que, en su presencia, se procederá a realizar una copia de su
ejercicio, que quedará en poder del Tribunal durante la lectura del mismo. Tanto la
lectura de los ejercicios escritos, como las exposiciones orales, serán grabadas en audio.
8. Los ejercicios de la oposición se calificarán de acuerdo con las siguientes
normas:
Primera.
Criterios de valoración de los ejercicios:
– En los tres primeros ejercicios serán criterios de valoración el rigor y conocimiento
de los temas y en particular de la Constitución Española, de las normas, conceptos e
instituciones jurídicas, de las teorías doctrinales y de la jurisprudencia. Asimismo, se
valorará la calidad de la exposición y defensa del ejercicio, y en particular la claridad,
coherencia, sistematización, fluidez y precisión de la terminología empleada. En el
ejercicio práctico se valorará además, el razonamiento analítico y sintético de la cuestión
o cuestiones que se planteen, así como el tiempo dedicado a cada una de ellas en
relación a su importancia.
– En el cuarto ejercicio serán criterios de valoración el conocimiento y la precisión
lingüística, la comprensión de las ideas y conceptos al efectuar la traducción; y la fluidez
y naturalidad de la comunicación en la conversación.
Deliberación y calificación.
Tras la necesaria deliberación de los miembros del Tribunal, la calificación de los
ejercicios de cada aspirante se hará mediante papeletas con su nombre, una por cada
miembro del Tribunal, que contendrán el nombre de este y su firma, el nombre del
aspirante, el desglose de las puntuaciones en aplicación de los criterios de valoración y
corrección y la puntuación total.
La calificación del Tribunal será el cociente de dividir la suma de los puntos
consignados en las papeletas por el número de papeletas emitidas.
Tercera.
Puntuación de los ejercicios:
– El primer ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener como
mínimo 5 puntos en cada tema del ejercicio para aprobarlo.
cve: BOE-A-2023-1219
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 15
Miércoles 18 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 6528
Para la realización del ejercicio cada aspirante tendrá a su disposición el expediente
y colecciones legislativas que, en su caso, entregue el Tribunal para su resolución, así
como cualquier otro material que el propio Tribunal estime oportuno aportar.
Cuarto ejercicio. Ejercicio de idiomas, para el cual cada aspirante hará constar en
su solicitud la elección de dos idiomas entre inglés, francés y alemán, indicando el orden
de preferencia. Consistirá en las siguientes pruebas:
a) Traducción directa, con ayuda de diccionario, de un texto jurídico o de actualidad
política, igual para todos los idiomas, que se entregará en la lengua elegida en primer
lugar. El tiempo para efectuar la traducción será de una hora.
b) Traducción directa, con ayuda de diccionario, de un texto jurídico o de actualidad
política, igual para todos los idiomas, que se entregará en la lengua elegida en segundo
lugar. El tiempo para efectuar la traducción será de una hora.
c) Conversación con el Tribunal sobre el texto de la traducción a que se refiere la
prueba del apartado a), en el mismo idioma en que esta se haya realizado.
7. Los ejercicios primero, tercero y cuarto se realizarán por escrito y, una vez que la
totalidad de opositores haya terminado de escribir, cada aspirante introducirá las hojas
de examen en un sobre, cuya solapa firmará, junto con la persona que ejerza la función
de Secretaría del Tribunal. Los sobres quedarán bajo la custodia de la Secretaría del
Tribunal y, cuando corresponda, de acuerdo con el apartado 3 de esta base Octava,
serán abiertos por cada aspirante ante el Tribunal para proceder a la lectura de su
examen, momento en el que, en su presencia, se procederá a realizar una copia de su
ejercicio, que quedará en poder del Tribunal durante la lectura del mismo. Tanto la
lectura de los ejercicios escritos, como las exposiciones orales, serán grabadas en audio.
8. Los ejercicios de la oposición se calificarán de acuerdo con las siguientes
normas:
Primera.
Criterios de valoración de los ejercicios:
– En los tres primeros ejercicios serán criterios de valoración el rigor y conocimiento
de los temas y en particular de la Constitución Española, de las normas, conceptos e
instituciones jurídicas, de las teorías doctrinales y de la jurisprudencia. Asimismo, se
valorará la calidad de la exposición y defensa del ejercicio, y en particular la claridad,
coherencia, sistematización, fluidez y precisión de la terminología empleada. En el
ejercicio práctico se valorará además, el razonamiento analítico y sintético de la cuestión
o cuestiones que se planteen, así como el tiempo dedicado a cada una de ellas en
relación a su importancia.
– En el cuarto ejercicio serán criterios de valoración el conocimiento y la precisión
lingüística, la comprensión de las ideas y conceptos al efectuar la traducción; y la fluidez
y naturalidad de la comunicación en la conversación.
Deliberación y calificación.
Tras la necesaria deliberación de los miembros del Tribunal, la calificación de los
ejercicios de cada aspirante se hará mediante papeletas con su nombre, una por cada
miembro del Tribunal, que contendrán el nombre de este y su firma, el nombre del
aspirante, el desglose de las puntuaciones en aplicación de los criterios de valoración y
corrección y la puntuación total.
La calificación del Tribunal será el cociente de dividir la suma de los puntos
consignados en las papeletas por el número de papeletas emitidas.
Tercera.
Puntuación de los ejercicios:
– El primer ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener como
mínimo 5 puntos en cada tema del ejercicio para aprobarlo.
cve: BOE-A-2023-1219
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.