III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1387)
Resolución de 3 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas Elawan Tordesillas I, Elawan Tordesillas II y Elawan Tordesillas III, de 50,064 MWp cada una, en la provincia de Valladolid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 18 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 6880

eriales. La zona donde inicialmente se proyectaba la planta fotovoltaica Elawan III es
donde se han producido mayor número de avistamientos.
Ecologistas en acción y la asociación Saxífraga alegan la incompatibilidad del
proyecto con la adecuada conservación de la avifauna presente en la zona. Ambas
asociaciones basan su alegación en un estudio elaborado por dos investigadores del
Grupo de Ecología y Conservación de Aves del Museo Nacional de Ciencias NaturalesCSIC en el que se incluyen las siguientes consideraciones. Respecto a la avutarda, el
área de campeo identificada, situada al sur de Villalar de los Comuneros, constituye la
zona más importante para la conservación de la avutarda en esta comarca debido a su
función en la reproducción, invernada y dispersión de la especie. La zona donde
inicialmente se proyectaba la planta fotovoltaica Elawan I solapa con un centro de
actividad reproductor de esta especie. Asimismo, el estudio indica que la zona de
implantación de los proyectos representa un área importante para la ganga ortega por la
existencia de una población invernante y de algunas parejas reproductoras. La zona
donde inicialmente se proyectaba la planta fotovoltaica Elawan III solapa con un centro
de actividad reproductor de esta especie.
Desde el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid de le Junta de Castilla y
León se indica que no existe coincidencia del proyecto con ámbitos de aplicación de
planes de recuperación o conservación de especies protegidas. Asimismo, se concluye
que el proyecto no supondrá una afección a la integridad de las especies de fauna
presentes, siempre y cuando se cumplan una serie de condiciones recogidas en la
presente resolución, entre las que se incluye la compensación de hábitat de la avifauna
esteparia, así como las medidas preventivas y correctoras recogidas en el EsIA.
De acuerdo con las conclusiones del informe de la Subdirección General de
Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO, para evitar impactos significativos del
proyecto por la ocupación directa de zonas de reproducción de avutarda y ganga ortega,
se requirió, información adicional al promotor para que valorara alternativas de ubicación
de las plantas fotovoltaicas Elawan I y Elawan III.
Asimismo, en el citado requerimiento se indicaba la necesidad de establecer una
compensación de hábitat para la avifauna esteparia, así como un plan de conservación
para su adecuada gestión, de acuerdo con las conclusiones recogidas en los informes
remitidos por la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO y
por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid.
Entre las cuestiones tratadas en la Adenda, se incluye una nueva alternativa de
ubicación para las plantas fotovoltaicas Elawan I y Elawan III, así como una valoración
de la incidencia de las nuevas ubicaciones propuestas sobre los resultados del estudio
de avifauna del proyecto que concluye que éstas evitan la afección a las zonas de
reproducción de avutarda y de presencia de ganga detectadas. Asimismo, la nueva
ubicación evita la afección a los centros de actividad reproductor de avutarda y ganga
indicados en el estudio elaborado por dos investigadores del Grupo de Ecología y
Conservación de Aves del Museo Nacional de Ciencias Naturales-CSIC.
La adenda incluye, a su vez, como medida compensatoria del proyecto, el
compromiso de desarrollar un plan de conservación de esteparias en el que constan
diversas medidas y propuestas de gestión del hábitat estepario, en una superficie igual
al 60 % de la superficie afectada por las plantas fotovoltaicas.
El proyecto, tanto en su fase de obra como de funcionamiento, puede generar
perturbaciones, desplazamientos e incluso incremento de la mortalidad para
determinados grupos faunísticos. Para evitarlo, el promotor incluye una serie de medidas
preventivas y correctoras entre las que figuran la prospección previa al inicio de las obras
para verificar la ausencia de zonas de refugio o reproducción de especies de fauna, el
señalamiento y jalonamiento de zonas de interés ambiental, la adaptación del
cronograma de las obras para evitar molestias durante el periodo reproductivo de las
especies presentes o la adecuación y señalización del vallado perimetral de la
instalación y la inclusión de dispositivos de escape.

cve: BOE-A-2023-1387
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Núm. 15